Decreto 1566

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Asunción, 23 de Febrero de 2009<br /> VISTO: La presentación radicada por la Secretaria Nacional de<br /> Turismo por la cual solicita se deje sin efecto el Decreto N°<br /> 8.327 del 14 de abril de 2000 "Por el cual se establece la<br /> estructura orgánica y funciones de la Secretaría Nacional de<br /> Turismo y se deroga N° 4.835 del 23 de agosto de 1999"; y<br /> CONSIDERANDO: Que el Artículo 238, Numeral 1), faculta a quien ejerce la<br /> Presidencia de la República a dirigir la<br /> administración general del país.<br /> Que por razones de mejor servicio y de acuerdo a las leyes vigentes y<br /> con el objetivo de adecuar la Política Nacional en<br /> materia de Turismo, resulta necesario la<br /> reestructuración orgánica y funcional de la<br /> Secretaría Nacional de Turismo, a fin de modernizar<br /> los procesos de la administración y la ampliación de<br /> los niveles de calificación del personal, y darle una<br /> dinámica funcional a la institución, por medio de<br /> procesos prácticos en la toma de decisiones.<br /> Que por Dictamen N° 202 del 21 de octubre de 2008, la Asesoría<br /> Jurídica de la Presidencia de la República no<br /> encuentra objeción en la promulgación del Decreto<br /> respectivo.<br /> POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY<br /> DECRETA:<br /> Art. 1°.- Déjase sin efecto el Decreto N° 8.327 del 14 de abril de 2000<br /> "Por el cual se establece la estructura orgánica y funciones de la<br /> Secretaría Nacional de Turismo y se deroga el Decreto N° 4.835 del<br /> 23 de agosto de 1999.<br /> Art. 2°.- Facúltese a la Ministra-Secretaria Ejecutiva de la Secretaría<br /> Nacional de Turismo, a aprobar, por Resolución, la Estructura<br /> Orgánica y Funcional de la Secretaría Nacional de Turismo.<br /> Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del<br /> Interior.<br /> Art. 4°.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.