Decreto 6046

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DECRETO Nº 6046/2005<br /> QUE DEROGA EL DECRETO Nº 16183 DEL 20 DE ENERO DE 1993, "POR EL CUAL SE<br /> DETERMINA QUE LAS OBRAS PÚBLICAS FINANCIADAS POR ACUERDOS O CONVENIOS<br /> INTERNACIONALES INTEGRAN LAS LEYES PARTICULARES DE OBRAS PÚBLICAS PREVISTAS<br /> EN EL ARTÍCULOS 255 DE LA LEY Nº 125/91"<br /> Asunción, 22 de julio de 2005<br /> VISTO: La Ley Nº 125/91, "Que establece el Nuevo Régimen Tributario", testo<br /> actualizado; la Ley Nº 2421/2004, "De Reordenamiento Administrativo y<br /> Adecuación Fiscal" (Expediente M.H. Nº 11.771/2005); y<br /> CONSIDERANDO: Que las exoneraciones fiscales han adquirido extraordinaria<br /> complejidad en los últimos años, al amparo de la profusión de normas que<br /> crean situaciones diferentes entre los sujetos obligados.<br /> Que resulta necesario adecuar el régimen de las obras públicas financiadas<br /> por acuerdos o convenios internacionales dentro del alcance de la Ley Nº<br /> 2421/2004, teniendo en cuenta la nueva política económica del Gobierno<br /> Nacional que pretende el reordenamiento fiscal y administrativo.<br /> Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los<br /> términos del Dictamen Nº 626 del 6 de junio.<br /> POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY<br /> DECRETA:<br /> Artículo 1º.- Derógase el Decreto Nº 16183 del 20 de enero de 1993, "Por el<br /> cual se determina que las obras públicas financiadas por acuerdos o<br /> convenios internacionales integran las leyes particulares de obras públicas<br /> previstas en el Artículo 255 de la Ley Nº 125/91", en todo su contenido y<br /> alcance.<br /> Artículo 2º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1 de<br /> enero de 2006, debiendo los distintos entes e instituciones afectados<br /> adecuar sus presentes presupuestos para el ejercicio 2006.<br /> Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de<br /> Hacienda.<br /> Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.<br /> NICANOR DUARTE FRUTOS<br /> Ernst F. Bergen