Decreto 9063

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Asunción, 27 de febrero de 2007<br /> VISTO: La Ley N° 3000 del 12 de setiembre de 2006 "Que crea el<br /> Municipio Teniente Esteban Martínez en el XV Departamento de<br /> Presidente Hayes y una Municipalidad con asiento en el pueblo<br /> de Teniente Esteban Martínez"; y<br /> CONSIDERANDO: Que es imperiosa la necesidad de clasificar a la<br /> municipalidad mencionada en el grupo correspondiente<br /> conforme lo establece el Artículo 10 de la Ley N°<br /> 1294/87, "Orgánica Municipal", que expresa: "Las<br /> Municipalidades del país, a excepción de la de<br /> Asunción, serán agrupadas según sean los montos de<br /> los respectivos Presupuestos Generales de Gastos y<br /> Cálculos de Recursos anuales"<br /> POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPÚUUCA DEL PARAGUAY<br /> DECRET A<br /> Art. 1°.- Dispóngase la inclusión del Municipio de Teniente Esteban<br /> Martínez, del XV Departamento de Presidente Hayes, creado por<br /> la Ley N° 3000/06, en el Cuarto Grupo en la clasificación de<br /> Municipalidades.<br /> Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro del<br /> Interior<br /> Art. 3°.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro oficial.