Decreto Legislativo Del 27 Ed Abril De 1878.prorrógase Hasta El Treinta De Setiembre Próximo El Plazo Para La Explotación De Los Yerbales

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El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Paraguaya<br /> DECRETAN:<br /> Art. 1°.- Prorrógase hasta el treinta de Setiembre próximo el plazo<br /> para la explotación de los yerbales.<br /> Art. 2°.- Esta disposición solo regirá en el presente año.<br /> Art. 3°.- Comuníquese al P.E.<br /> Dado en la sala de sesiones del Congreso Legislativo, á los 26 días<br /> del mes de Abril de 1878.<br /> JOSÉ FALCÓN<br /> JOSÉ DEL R. MIRANDA<br /> Presidente del Senado<br /> Presidente de la C. de D.D.<br /> Pascual Gomez<br /> Clímaco Valdovinos<br /> Secretario<br /> Secretario<br /> Asunción, 27 de abril de 1878<br /> Téngase por ley, publíquese y dése al R.O.<br /> BERNARDINO CABALLERO<br /> URIARTE