Ley 108

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LEY Nº 108/1991<br /> QUE CREA LA SECRETARIA NACIONAL ANTIDROGA (SENAD)<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONAL CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1º. Créase la Secretaría Nacional Antidroga (SENAD), que<br /> coordinará las acciones entre los entes gubernamentales que trabajan en<br /> programas de lucha contra el narcotráfico y la drogadicción.<br /> Artículo 2º. La Secretaría mencionada en el Artículo 1º dependerá<br /> directamente de la Presidencia de la República y estará a cargo de un<br /> Secretario Ejecutivo y un Secretario Adjunto, nombrados por el Poder<br /> Ejecutivo.<br /> Artículo 3º. Modifícase el Artículo 58 de la Ley 1340/88 que queda<br /> redactado de la siguiente manera: "A los efectos de la aplicación de esta<br /> Ley, créase la Dirección Nacional de Narcóticos (DINAR), dependiente de la<br /> Secretaría Nacional Antidroga (SENAD)".<br /> Artículo 4º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado por la H. Cámara de Diputados a ventiocho días del mes de<br /> noviembre del año un mil novecientos nventa y uno y por la H. Cámara de<br /> Senadores, sancionándose la Ley, a trece días del mes de diciembre del año<br /> un mil novecientos noventa y uno.<br /> José A. Moreno Ruffinelli Gustavo Díaz de Vivar<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores<br /> Luis Guanes Gondra Artemio Vera<br /> Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 27 de diciembre de 1991.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Andrés Rodriguez<br /> Orlando Machuca Vargas María Cynthia Prieto Conti<br /> Ministro del Interior Ministra de Salud Pública y Bien.<br /> Social<br /> -----------------------<br /> [pic]