Ley 1097

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1.097<br /> QUE AUTORIZA A LA INDUSTRIA NACIONAL DEL CEMENTO (INC) A VENDER Y<br /> TRANSFERIR BIENES DE SU ACTIVO FIJO<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1o.- Autorízase a la Industria Nacional del Cemento (INC) a<br /> vender y transferir tierras de su patrimonio y obras de infraestructura en<br /> ella existentes (caminos, red eléctrica y otros) que forman parte de su<br /> activo fijo, que se desprenden de la Finca N° 1.011 del Distrito de San<br /> Lázaro, Departamento de Concepción, en una superficie de 29.582 hás.<br /> (veinte y nueve mil quinientos ochenta y dos hectáreas), de conformidad al<br /> informe pericial siguiente:<br /> Línea 1-a: Con rumbo magnético S- 89º 27' 19" -E (Sur, ochenta<br /> y nueve grados, veintisiete minutos, diecinueve segundos, Este) mide<br /> 14.887,50 ms. (catorce mil ochocientos ochenta y siete metros con cincuenta<br /> centímetros), linda con derechos de Manuel Cattaneo, María Ugarte de<br /> Ramírez y Luis M. Ramírez Boettner;<br /> Línea a-b: Con rumbo magnético N- 22° 47' 19" -W (Norte,<br /> veintidós grados, cuarenta y siete minutos, diecinueve segundos, Oeste)<br /> mide 4.360,17 ms. (cuatro mil trescientos sesenta metros con diecisiete<br /> centímetros), linda con derechos de CIPASA;<br /> Línea b-c: Con rumbo magnético N- 23º 23' 25" -W (Norte,<br /> veintitrés grados, veintitrés minutos, veinticinco segundos, Oeste) mide<br /> 1.677,70 ms. (mil seiscientos setenta y siete metros con setenta<br /> centímetros), linda con derechos de CIPASA;<br /> Línea c-d: Con rumbo magnético N- 23º 18' 27" -W (Norte,<br /> veintitrés grados, dieciocho minutos, veintisiete segundos, Oeste) mide<br /> 4.131,30 ms. (cuatro mil ciento treinta y un metros con treinta<br /> centímetros), linda con derechos de CIPASA;<br /> Línea d-e: Con rumbo magnético N- 22° 25' 53" -W (Norte,<br /> veintidós grados, veinticinco minutos, cincuenta y tres segundos, Oeste)<br /> mide 4.147 ms. (cuatro mil ciento cuarenta y siete metros), linda con<br /> derechos de CIPASA;<br /> Línea e-f: Con rumbo magnético N- 22º 16' 28" -W (Norte,<br /> veintidós grados, dieciséis minutos, veintiocho segundos, Oeste) mide 1.624<br /> ms. (mil seiscientos veinticuatro metros), linda con derechos de CIPASA;<br /> Línea f-g: Con rumbo magnético N- 19º 24' 53" -W (Norte,<br /> diecinueve grados, veinticuatro minutos, cincuenta y tres segundos, Oeste)<br /> mide 1.754 ms. (mil setecientos cincuenta y cuatro metros), linda con<br /> derechos de CIPASA;<br /> Línea g-h: Con rumbo magnético N- 67º 51' -W (Norte, sesenta y<br /> siete grados, cincuenta y un minutos, Oeste) mide 1.140 ms. (mil ciento<br /> cuarenta metros), linda con el Río Apa;<br /> Línea h-i: Con rumbo magnético S- 41º 44' -W (Sur, cuarenta y<br /> un grados, cuarenta y cuatro minutos, Oeste) mide 4.125 ms. (cuatro<br /> mil ciento veinticinco metros), linda con el Río Apa;<br /> Línea i-j: Con rumbo magnético N- 38º 32' -W (Norte, treinta y<br /> ocho grados, treinta y dos minutos, Oeste) mide 4.920 ms. (cuatro mil<br /> novecientos veinte metros), linda con el Río Apa;<br /> Línea j-k: Con rumbo magnético S- 61º 06' -W (Sur, sesenta y un<br /> grados, seis minutos, Oeste) mide 3.405 ms. (tres mil cuatrocientos<br /> cinco metros), linda con el Río Apa;<br /> Línea k-l: Con rumbo magnético S- 55º 16' -W (Sur, cincuenta y<br /> cinco grados, dieciséis minutos, Oeste) mide 3.230 ms. (tres mil<br /> doscientos treinta metros), linda con el Río Apa;<br /> Línea l-m: Con rumbo magnético N- 83º 57' -W (Norte, ochenta y<br /> tres grados, cincuenta y siete minutos, Oeste) mide 4.245 ms. (cuatro<br /> mil doscientos cuarenta y cinco metros), linda con el Río Apa;<br /> Línea m-n: Con rumbo magnético N- 13º 58' -W (Norte, trece<br /> grados, cincuenta y ocho minutos, Oeste) mide 925 ms. (novecientos<br /> veinticinco metros), linda con el Río Apa;<br /> Línea n-8: Con rumbo magnético S- 74º 06' -W (Sur, setenta y<br /> cuatro grados, seis minutos, Oeste) mide 1.860 ms. (mil ochocientos<br /> sesenta metros), linda con el Distrito de San Lázaro;<br /> Línea 8-9: Con rumbo magnético S- 70º -E (Sur, setenta grados,<br /> Este) mide 140 ms. (ciento cuarenta metros), linda con la Fracción<br /> "B";<br /> Línea 9-10: Con rumbo magnético S- 53º 30' -E (Sur, cincuenta y<br /> tres grados, treinta minutos, Este) mide 100 ms. (cien metros), linda<br /> con la Fracción "B";<br /> Línea 10-11: Con rumbo magnético S- 22º 50' -E (Sur, veintidós<br /> grados, cincuenta minutos, Este) mide 114,70 ms. (ciento catorce<br /> metros con setenta centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 11-12: Con rumbo magnético S- 03º 30' -W (Sur, tres<br /> grados, treinta minutos, Oeste) mide 978,38 ms. (novecientos setenta y<br /> ocho metros con treinta y ocho centímetros), linda con la Fracción<br /> "B";<br /> Línea 12-13: Con rumbo magnético S- 35º -E (Sur, treinta y<br /> cinco grados, Este) mide 1.676,81 ms. (mil seiscientos setenta y seis<br /> metros con ochenta y un centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 13-14: Con rumbo magnético S- 27º -W (Sur, veintisiete<br /> grados, Oeste) mide 633 ms. (seiscientos treinta y tres metros), linda<br /> con la Fracción "B";<br /> Línea 14-15: Con rumbo magnético S- 15º -E (Sur, quince grados,<br /> Este) mide 1.926,60 ms. (mil novecientos veintiséis metros con sesenta<br /> centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 15-16: Con rumbo magnético N- 86º -W (Norte, ochenta y<br /> seis grados, Oeste) mide 119,90 ms. (ciento diecinueve metros con<br /> noventa centímetros), linda con la fracción "B";<br /> Línea 16-17: Con rumbo magnético S- 71º -W (Sur, setenta y un<br /> grados, Oeste) mide 134,50 ms. (ciento treinta y cuatro metros con<br /> cincuenta centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 17-18: Con rumbo magnético S- 04º 30' -E (Sur, cuatro<br /> grados, treinta minutos, Este) mide 340,50 ms. (trescientos cuarenta<br /> metros con cincuenta centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 18-19: Con rumbo magnético S- 81º -W (Sur, ochenta y un<br /> grados, Oeste) mide 234 ms. (doscientos treinta y cuatro metros),<br /> linda con la fracción "B";<br /> Línea 19-20: Con rumbo magnético S- 10º 30' -E (Sur, diez<br /> grados, treinta minutos, Este) mide 2.319,76 ms. (dos mil trescientos<br /> diecinueve metros con setenta y seis centímetros), linda con la<br /> Fracción "B";<br /> Línea 20-21: Con rumbo magnético S- 12º -W (Sur, doce grados,<br /> Oeste) mide 95,06 ms. (noventa y cinco metros con seis centímetros),<br /> linda con la Fracción "B";<br /> Línea 21-22: Con rumbo magnético S- 23º -E (Sur, veintitrés<br /> grados, Este) mide 1.573,30 ms. (mil quinientos setenta y tres metros<br /> con treinta centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 22-23: Con rumbo magnético S- 35º -E (Sur, treinta y<br /> cinco grados, Este) mide 94,85 ms. (noventa y cuatro metros con<br /> ochenta y cinco centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 23-24: Con rumbo magnético S- 14º 30' -E (Sur, catorce<br /> grados, treinta minutos, Este) mide 357 ms. (trescientos cincuenta y<br /> siete metros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 24-25: Con rumbo magnético S- 26º 30' -E (Sur, veintiséis<br /> grados, treinta minutos, Este) mide 41,85 ms. (cuarenta y un metros<br /> con ochenta y cinco centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 25-26: Con rumbo magnético S- 48º -E (Sur, cuarenta y<br /> ocho grados, Este) mide 3.117,56 ms. (tres mil ciento diecisiete<br /> metros con cincuenta y seis centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 26-27: Con rumbo magnético S- 32º -E (Sur treinta y dos<br /> grados, Este) mide 1.762,88 ms. (mil setecientos sesenta y dos metros<br /> con ochenta y ocho centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 27-28: Con rumbo magnético S- 83º -E (Sur, ochenta y tres<br /> grados, Este) mide 1.463,75 ms. (mil cuatrocientos sesenta y tres<br /> metros con setenta y cinco centímetros), linda con la fracción "B";<br /> Línea 28-29: Con rumbo magnético S- 82º -E (Sur, ochenta y dos<br /> grados, Este) mide 1.368,50 ms. (mil trescientos sesenta y ocho metros<br /> con cincuenta centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 29-30: Con rumbo magnético S- 48º -E (Sur, cuarenta y<br /> ocho grados, Este) mide 370 ms. (trescientos setenta metros), linda<br /> con la Fracción "B";<br /> Línea 30-31: Con rumbo magnético S- 81º 30' -E (Sur, ochenta y<br /> un grados, treinta minutos, Este) mide 2.026 ms. (dos mil veintiséis<br /> metros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 31-32: Con rumbo magnético S- 01º -E (Sur, un grado,<br /> Este) mide 2.443 ms. (dos mil cuatrocientos cuarenta y tres metros),<br /> linda con la Fracción "B";<br /> Línea 32-33: Con rumbo magnético S- 86º -E (Sur, ochenta y seis<br /> grados, Este) mide 200,50 ms. (doscientos metros con cincuenta<br /> centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Línea 33-1: Con rumbo magnético S- 00º 57' 31" -W (Sur, cero<br /> grado, cincuenta y siete minutos, treinta y un segundos, Oeste) mide<br /> 1.784,10 ms. (mil setecientos ochenta y cuatro metros con diez<br /> centímetros), linda con la Fracción "B";<br /> Superficie Poligonal: Son 29.059 has., 8.751 ms2., 3.330 cms2.<br /> (veintinueve mil cincuenta y nueve hectáreas, ocho mil setecientos<br /> cincuenta y un metros cuadrados con tres mil trescientos treinta<br /> centímetros cuadrados).<br /> Superficie Extra-poligonal: Son 727 has., 6.575 ms2.<br /> (setecientos veintisiete hectáreas, seis mil quinientos setenta y<br /> cinco metros cuadrados).<br /> Superficie Intra-poligonal: Son 205 has., 4.739 ms2.<br /> (doscientos cinco hectáreas, cuatro mil setecientos treinta y nueve<br /> metros cuadrados).<br /> Superficie líquida: Son 29.582 has., 587 ms2., 3.330 cms2.<br /> (veintinueve mil quinientos ochenta y dos hectáreas, quinientos<br /> ochenta y siete metros cuadrados, tres mil trescientos treinta<br /> centímetros cuadrados).<br /> Artículo 2o.- Las tierras así deslindadas serán transferidas al<br /> Instituto de Bienestar Rural (IBR) y, una vez parceladas, vendidas de<br /> conformidad a las disposiciones de las Leyes Nºs. 622 del 19 de agosto de<br /> 1960, DE COLONIZACIONES Y URBANIZACIONES DE HECHO y 854 del 29 de marzo de<br /> 1963, QUE ESTABLECE EL ESTATUTO AGRARIO.<br /> Artículo 3o.- El precio de la venta será establecido de conformidad<br /> con las disposiciones mencionadas en el Artículo anterior y en ningún caso<br /> será inferior al valor fiscal de las mismas. Lo producido de las ventas<br /> deberá ser aplicado por el Instituto de Bienestar Rural (IBR) para el<br /> desarrollo de Vallemí.<br /> Artículo 4o.- Autorízase a la Industria Nacional del Cemento (INC) a<br /> vender y transferir al Instituto de Bienestar Rural (IBR) los inmuebles y<br /> mejoras introducidas en las mismas, que conforman el casco urbano de la<br /> ciudad de Vallemí y de las Colonias Santa Elena, Pagani, Tres Cerros y<br /> Cerro Morado, que son parte de las Fincas Nºs. 1.011, 1.013 y 4 del<br /> Distrito de San Lázaro, Departamento de Concepción y autorízase al<br /> Instituto de Bienestar Rural (IBR), una vez parceladas, a vender<br /> preferentemente a sus ocupantes respetando las normas básicas de urbanismo,<br /> las ocupaciones que existan y un posible crecimiento. Las superficies<br /> afectadas para estos objetivos serán determinadas conjuntamente por el<br /> Consejo de Administración de la Industria Nacional del Cemento (INC) y el<br /> Instituto de Bienestar Rural (IBR) cuando se traten de tierras ubicadas<br /> fuera de la superficie deslindada en el Artículo 1º, así como la fracción<br /> de terreno ocupada por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE)<br /> para asiento de la Sub Estación Eléctrica de salida para la electrificación<br /> del Chaco Central.<br /> Artículo 5o.- La franja de terreno que se encuentra al Oeste de la<br /> línea divisoria, orientación general norte-sur, de conformidad al informe<br /> pericial siguiente, que constituye la fracción de reserva minera,<br /> permanecerá en propiedad de la Industria Nacional del Cemento (INC), con<br /> excepción de las áreas ocupadas por los núcleos urbanos y la fracción de<br /> terreno para la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), ella es a<br /> saber:<br /> Línea 1-2: Con rumbo magnético N- 89º 27' 19" -W (Norte,<br /> ochenta y nueve grados, veintisiete minutos, diecinueve segundos,<br /> Oeste) mide 4.079 ms. (cuatro mil setenta y nueve metros), linda con<br /> derechos de Manuel Cantero;<br /> Línea 2-3: Con rumbo magnético N- 11º 25' -W (Norte, once<br /> grados, veinticinco minutos, Oeste) mide 1.372 ms. (mil trescientos<br /> setenta y dos metros), linda con el Río Paraguay;<br /> Línea 3-4: Con rumbo magnético S- 86º 12' -W (Sur, ochenta y<br /> seis grados, doce minutos, Oeste) mide 6.540,50 ms. (seis mil<br /> quinientos cuarenta metros con cincuenta centímetros), linda con el<br /> Río Paraguay;<br /> Línea 4-5: Con rumbo magnético N- 11º 51' -W (Norte, once<br /> grados, cincuenta y un minutos, Oeste) mide 8.150 ms. (ocho mil ciento<br /> cincuenta metros), linda con el Río Paraguay;<br /> Línea 5-6: Con rumbo magnético N- 18º 26' -E (Norte, dieciocho<br /> grados, veintiséis minutos, Este) mide 7.361 ms. (siete mil<br /> trescientos sesenta y un metros), linda con el Río Paraguay;<br /> Línea 6-7: Con rumbo magnético N- 28º 39' -W (Norte, veintiocho<br /> grados, treinta y nueve minutos, Oeste) mide 2.595 ms. (dos mil<br /> quinientos noventa y cinco metros), linda con el Río Paraguay;<br /> Línea 7-8: Con rumbo magnético N- 74º 06' -E (Norte, setenta y<br /> cuatro grados, seis minutos, Este) mide 850 ms. (ochocientos cincuenta<br /> metros), linda con el distrito de San Lázaro;<br /> Línea 8-9: Con rumbo magnético S- 70º -E (Sur, setenta grados,<br /> Este) mide 140 ms. (ciento cuarenta metros), linda con la fracción<br /> "A";<br /> Línea 9-10: Con rumbo magnético S- 53º 30' -E (Sur, cincuenta y<br /> tres grados, treinta minutos, Este) mide 100 ms. (cien metros), linda<br /> con la fracción "A";<br /> Línea 10-11: Con rumbo magnético S- 22º 50' -E (Sur, veintidós<br /> grados, cincuenta minutos, Este) mide 114,70 ms. (ciento catorce<br /> metros con setenta centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 11-12: Con rumbo magnético S- 03º 30' -W (Sur, tres<br /> grados, treinta minutos, Oeste) mide 978,38 ms. (novecientos setenta y<br /> ocho metros con treinta y ocho centímetros), linda con la fracción<br /> "A";<br /> Línea 12-13: Con rumbo magnético S- 35º -E (Sur, treinta y<br /> cinco grados, Este) mide 1.676,81 ms. (mil seiscientos setenta y seis<br /> metros con ochenta y un centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 13-14: Con rumbo magnético S- 27º -W (Sur, veintisiete<br /> grados, Oeste) mide 633 ms. (seiscientos treinta y tres metros), linda<br /> con la fracción "A";<br /> Línea 14-15: Con rumbo magnético S- 15º -E (Sur, quince grados,<br /> Este) mide 1.926,60 ms. (mil novecientos veintiséis metros con<br /> sesenta centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 15-16: Con rumbo magnético N- 86º -W (Norte, ochenta y<br /> seis grados, Oeste) mide 119,90 ms. (ciento diecinueve metros con<br /> noventa centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 16-17: Con rumbo magnético S- 71º -W (Sur, setenta y un<br /> grados, Oeste) mide 134,50 ms. (ciento treinta y cuatro metros con<br /> cincuenta centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 17-18: Con rumbo magnético S- 04º 30' -E (Sur, cuatro<br /> grados, treinta minutos, Este) mide 340,50 ms. (trescientos cuarenta<br /> metros con cincuenta centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 18-19: Con rumbo magnético S- 81º -W (Sur, ochenta y un<br /> grados, Oeste) mide 234 ms. (doscientos treinta y cuatro metros),<br /> linda con la fracción "A";<br /> Línea 19-20: Con rumbo magnético S- 10º 30' -E (Sur, diez<br /> grados, treinta minutos, Este) mide 2.319,76 ms. (dos mil trescientos<br /> diecinueve metros con setenta y seis centímetros), linda con la<br /> fracción "A";<br /> Línea 20-21: Con rumbo magnético S- 12º -W (Sur, doce grados,<br /> Oeste) mide 95,06 ms. (noventa y cinco metros con seis centímetros),<br /> linda con la fracción "A";<br /> Línea 21-22: Con rumbo magnético S- 23º -E (Sur, veintitrés<br /> grados, Este) mide 1.573,30 ms. (mil quinientos setenta y tres metros<br /> con treinta centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 22-23: Con rumbo magnético S- 35º -E (Sur, treinta y<br /> cinco grados, Este) mide 94,85 ms. (noventa y cuatro metros con<br /> ochenta y cinco centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 23-24: Con rumbo magnético S- 14º 30' -E (Sur, catorce<br /> grados, treinta minutos, Este) mide 357 ms. (trescientos cincuenta y<br /> siete metros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 24-25: Con rumbo magnético S- 26º 30' -E (Sur, veintiséis<br /> grados, treinta minutos, Este) mide 41,85 ms. (cuarenta y un metros<br /> con ochenta y cinco centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 25-26: Con rumbo magnético S- 48º -E (Sur, cuarenta y<br /> ocho grados, Este) mide 3.117,56 ms. (tres mil ciento diecisiete<br /> metros con cincuenta y seis centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 26-27: Con rumbo magnético S- 32º -E (Sur, treinta y dos<br /> grados, Este) mide 1.762,88 ms. (mil setecientos sesenta y dos metros<br /> con ochenta y ocho centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 27-28: Con rumbo magnético S- 83º -E (Sur, ochenta y tres<br /> grados, Este) mide 1.463,75 ms. (mil cuatrocientos sesenta y tres<br /> metros con setenta y cinco centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 28-29: Con rumbo magnético S- 82º -E (Sur, ochenta y dos<br /> grados, Este) mide 1.368,50 ms. (mil trescientos sesenta y ocho metros<br /> con cincuenta centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 29-30: Con rumbo magnético S- 48º -E (Sur, cuarenta y<br /> ocho grados, Este) mide 370 ms. (trescientos setenta metros), linda<br /> con la fracción "A";<br /> Línea 30-31: Con rumbo magnético S- 81º 30' -E (Sur, ochenta y<br /> un grados, treinta minutos, Este) mide 2.026 ms. (dos mil veintiséis<br /> metros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 31-32: Con rumbo magnético S- 01º -E (Sur, un grado,<br /> Este) mide 2.443 ms. (dos mil cuatrocientos cuarenta y tres metros),<br /> linda con la fracción "A";<br /> Línea 32-33: Con rumbo magnético S- 86º -E (Sur, ochenta y seis<br /> grados, Este) mide 200,50 ms. (doscientos metros con cincuenta<br /> centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Línea 33-1: Con rumbo magnético S- 00º 57' 31" -W (Sur, cero<br /> grado, cincuenta y siete minutos, treinta y un segundos, Oeste) mide<br /> 1.784,10 ms. (mil setecientos ochenta y cuatro metros con diez<br /> centímetros), linda con la fracción "A";<br /> Superficie Poligonal: Son 8.300 has., 7.014 ms2. (ocho mil<br /> trescientos hectáreas, siete mil catorce metros cuadrados).<br /> Superficie Intra-poligonal: Son 454 has., 9.095 ms2.<br /> (cuatrocientos cincuenta y cuatro hectáreas, nueve mil noventa y cinco<br /> metros cuadrados).<br /> Superficie Extra-poligonal: Son 76 has., 1.990 ms2. (setenta y<br /> seis hectáreas, mil novecientos noventa metros cuadrados).<br /> Superficie líquida: Son 7.921 has., 9.909 ms2. (siete mil<br /> novecientos veintiún hectáreas, nueve mil novecientos nueve metros<br /> cuadrados).<br /> Artículo 6o.- La Industria Nacional del Cemento en compensación a los<br /> bienes de su activo fijo transferidos en los Artículos 1º y 4º, recibirá de<br /> la Dirección del Tesoro Nacional, en concepto de aporte de capital del<br /> Estado Paraguayo la suma equivalente a la deuda contraída con el Tesoro<br /> Nacional para la construcción de la fábrica y la ciudad de Vallemí.<br /> Artículo 7o.- Autorízase a la Dirección del Tesoro Nacional a<br /> transferir a la Industria Nacional del Cemento el aporte de capital de<br /> conformidad al Artículo anterior y a la Industria Nacional del Cemento a<br /> capitalizar la suma resultante a la fecha de la promulgación de la presente<br /> ley.<br /> Artículo 8o.- La Industria Nacional del Cemento (INC) y el Instituto<br /> de Bienestar Rural (IBR) deberán establecer un área de reserva consistente<br /> en una franja de defensa ecológica de los núcleos urbanos, a lo largo de la<br /> línea divisoria entre las fracciones "A" y "B" a ser trazados sobre la<br /> Fracción "B", conforme al mapa anexo que forma parte de la presente ley.<br /> Artículo 9o.- La Industria Nacional del Cemento (INC) en ningún caso<br /> está autorizada a transferir fracciones del inmueble mencionado en los que<br /> se encuentren yacimientos mineros, que en todos los casos debe quedar libre<br /> y en usufructo de la misma.<br /> Artículo 10.- El Consejo de Administración de la Industria Nacional<br /> del Cemento (INC) rendirá cuenta a la Contraloría General de la República,<br /> de la ejecución de lo dispuesto en la presente Ley.<br /> Artículo 11.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el diez y nueve de junio del<br /> año un mil novecientos noventa y siete y por la Honorable Cámara de<br /> Diputados, sancionándose la Ley, el veinticinco de julio del año un mil<br /> novecientos noventa y siete.<br /> |Atilio Martínez Casado |Rodrigo Campos Cervera |<br /> |Presidente H. Cámara de Diputados |Presidente H. Cámara de |<br /> | |Senadores |<br /> |Heinrich Ratzlaff Epp | |<br /> |Secretario Parlamentario |Elba Recalde |<br /> | |Secretaria Parlamentaria |<br /> Asunción, 21 de agosto de 1997<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Atilio R. Fernández<br /> Ministro de Industria y Comercio