Ley 1163

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 1163/1985<br /> QUE CREAN PARQUES "PAZ DEL CHACO" EN TODO EL PAIS.<br /> EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Art. 1º.- Créanse Parques Nacionales con la denominación "Paz del Chaco"<br /> en Asunción y uno, por lo menos, en cada Departamento del país.<br /> Art. 2°.- Los Parques Paz del Chaco tendrán como objetivo la recordación<br /> permanente del objetivo La recordación permanente del trascendente<br /> acontecimiento que dio fin a la Guerra del Chaco, como así mismo,<br /> la promoción y conservación de los Recursos Naturales, y la<br /> obtención de un medio ambiente favorable para las comunidades<br /> circundantes.<br /> Art. 3º.- Créase una Comisión Nacional para el cumplimiento de esta Ley,<br /> que será integrada con representantes de los Ministerios de Defensa<br /> Nacional, de Obras Publicas y Comunicaciones, del Interior y de<br /> Agricultura y Ganadería; de la Organización Paraguaya de<br /> Cooperación Intermunicipal (OPACI), y de la Unión de Veteranos de<br /> la Guerra del Chaco.<br /> La integración será ampliada con un representante de la<br /> Municipalidad donde se instale el Parque "Paz del Chaco", por el<br /> tiempo que dure esta instalación.<br /> La Comisión será presidida por el Representante del Ministerio de<br /> Defensa Nacional.<br /> Art. 4º.- Eríjase un monumento a la Paz del Chaco en cada Parque que se<br /> instale en cumplimento de esta ley.<br /> Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-<br /> DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO NACIONAL A LOS VEINTE Y UN<br /> DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y<br /> CINCO.<br /> J. AUGUSTO SALDIVAR <br /> JUAN RAMON CHAVES<br /> PRESIDENTE CAMARA DE DIPUTADOS PRESIDENTE CAMARA DE<br /> SENADORES<br /> RUBEN O. FANEGO <br /> CARLOS MARIA OCAMPOS ARBO<br /> SECRETARIO PARLAMENTARIO <br /> SECRETARIO GENERAL<br /> Asunción, 3 de diciembre de 1985<br /> TENGASE POR LEY DE LA REPUBLICA, PUBLIQUESE E INSERTESE EN EL REGISTRO<br /> OFICIAL.<br /> SABINO A. MONTANARO GRAL. DE EJERCITO<br /> ALFREDO STROESSNER<br /> MINISTRO DEL INTERIOR<br /> PRESIDENTE DE LA REPUBLICA