Ley 1194

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[pic]<br /> CAMARA DE REPRESENTANTES<br /> LEY N° 1194<br /> QUE DISPONE LA TRANSFERENCIA DE CERTIFICADO DE OBRAS A FAVOR DE LA<br /> MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL.<br /> La Honorable Cámara de Representantes de la Nación Paraguaya,<br /> sanciona con fuerza de<br /> LEY:<br /> Art. 1°. - La Municipalidad de Lambaré transferirá a favor de la<br /> Municipalidad de la Capital, los Certificados de Obras<br /> correspondientes a los inmuebles ubicados en la franja Sur de toda<br /> la extensión de la Avenida "Dr. Fernando de la Mora", que se hallen<br /> afectados por las obras de urbanización y pavimentación que realice<br /> la Municipalidad de la Capital. Las liquidaciones de costos de obras<br /> serán realizadas por la Municipalidad de la Capital.<br /> Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Dada en la sala de sesiones de la Honorable Cámara de Representantes<br /> de la Nación, a treinta y uno de agosto del año un mil novecientos<br /> sesenta y seis.<br /> Pedro C. Gauto Samudio<br /> J. Eulojio Estigarribia<br /> Secretario<br /> Presidente de la H.C.R.<br /> Asunción, 31 de agosto de 1966.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> Edgar L. Insfrán Alfredo Stroessner