Ley 1281

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1.281<br /> QUE MODIFICA EL ARTICULO 25 DE LA LEY Nº 635/95 "QUE REGLAMENTA LA JUSTICIA<br /> ELECTORAL"<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 25 del Capítulo VI de la Ley Nº<br /> 635/95 "QUE REGLAMENTA LA JUSTICIA ELECTORAL", cuyo texto queda redactado<br /> de la siguiente manera:<br /> "Art. 25.- Del Registro Electoral. Composición y designación.<br /> 1. Créase en forma permanente el Consejo de la Dirección del<br /> Registro Electoral. La designación de los miembros del Consejo la hará<br /> el Tribunal Superior de Justicia Electoral a propuesta de los partidos<br /> políticos con representación parlamentaria en ambas Cámaras del<br /> Congreso Nacional.<br /> 2. El Tribunal Superior de Justicia Electoral designará de<br /> entre los miembros del Consejo instituido en el numeral anterior, un<br /> Director y un Vice-Director.<br /> Las decisiones del Consejo serán adoptadas por unanimidad de<br /> sus miembros".<br /> Artículo 2º.- Deróganse los Artículos 84 y 85 del Capítulo IX,<br /> Disposiciones Comunes de la Ley Nº 635/95 "QUE REGLAMENTA LA JUSTICIA<br /> ELECTORAL".<br /> Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a cuatro<br /> días del mes de junio del año un mil novecientos noventa y ocho, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a once días del mes de junio del año un mil<br /> novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad<br /> con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> |Atilio Martínez Casado | |Rodrigo Campos Cervera |<br /> |Presidente | |Presidente |<br /> |H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |<br /> | | | |<br /> | | | |<br /> | | | |<br /> |Patricio Miguel Franco | |Juan Manuel Peralta |<br /> |Secretario Parlamentario | |Secretario Parlamentario |<br /> Asunción, 22 de junio de 1998.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Juan Manuel Morales<br /> Ministro de Justicia y Trabajo