Ley 1374

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1374<br /> QUE CREA EL DIA NACIONAL DE LA VACUNACION E INSTITUYE LA MENCION "MERITO<br /> CIUDADANO POR LA SALUD"<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1o.- Declárase DIA NACIONAL DE LA VACUNACION el primer<br /> sábado del mes de abril de cada año, día en el cual se realizará en todo el<br /> territorio de la República una JORNADA NACIONAL DE VACUNACION.<br /> Artículo 2o.- El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social será<br /> la institución encargada de la organización y movilización de recursos,<br /> promoción, ejecución y evaluación de la campaña nacional de vacunación, de<br /> acuerdo con las normas técnicas vigentes y con la participación de las<br /> entidades públicas y de las organizaciones intermedias y privadas de la<br /> sociedad.<br /> Artículo 3o.- Institúyese la mención "MERITO CIUDADANO POR LA SALUD",<br /> la cual será concedida cada año en el Día Nacional de la Vacunación a las<br /> personas u organizaciones que hubiesen contribuido eficazmente con sus<br /> acciones solidarias para la valorización de la prevención en la salud como<br /> un bien público y un derecho social. Dicha mención será discernida por un<br /> jurado de tres miembros que serán designados por el Presidente del<br /> Congreso.<br /> Artículo 4o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a un día<br /> del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y ocho, y por la<br /> Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de noviembre del<br /> año un mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de<br /> conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución<br /> Nacional.<br /> Walter Hugo Bower Montalto Luis A. González Macchi<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores<br /> Sonia Leonor Deleón Franco Ilda Mayeregger<br /> Secretaria Parlamentaria Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, 15 de diciembre de 1998.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el<br /> Registro Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Raúl Cubas Grau<br /> Carmen Frutos Albospino de Almada<br /> Ministra de Salud Pública y Bienestar Social