Ley 1499

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1.499<br /> QUE CREA UN REGIMEN ESPECIAL PARA EL REFINANCIAMIENTO DE LA CARTERA<br /> MOROSA DEL SECTOR PRODUCTIVO DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO (BNF)<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1o.- Facúltase al Banco Nacional de Fomento (BNF) a aplicar<br /> un régimen excepcional, a su Cartera de Crédito de Desarrollo y<br /> Agropecuario, por el término de doscientos cuarenta días, a partir de la<br /> entrada en vigencia de la presente ley. Bajo este régimen no se aplicará lo<br /> establecido en el Artículo 54, inciso d) de la Ley No. 861 del 24 de junio<br /> de 1996 "GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CREDITO",<br /> facilitando la refinanciación de los créditos a clientes que sean técnica y<br /> financieramente factibles.<br /> Artículo 2o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a catorce<br /> días del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y nueve, y por<br /> la Honorable Cámara de Diputados, a veintiún días del mes de octubre del<br /> año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de<br /> conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 2) de la<br /> Constitución Nacional.<br /> |Pedro Efraín Alegre Sasiain | |Juan Carlos Galaverna D. |<br /> |Presidente | |Presidente |<br /> |H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |<br /> | | | |<br /> | | | |<br /> | | | |<br /> |Eudardo Acuña | |Ilda Mayeregger |<br /> |Secretario Parlamentario | |Secretaria Parlamentaria |<br /> Asunción, 25 de octubre de 1999<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Federico A. Zayas Chirife<br /> Ministro de Hacienda