Ley 1701

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1.701<br /> QUE CREA LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1o.- Créase la Universidad Iberoamericana, entidad privada<br /> que adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley No. 136<br /> del 29 de marzo de 1993 "De Universidades" y en la Ley No. 1264 del 26 de<br /> mayo de 1998 "General de Educación".<br /> Artículo 2o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a<br /> veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil, y por la Honorable<br /> Cámara de Diputados, a ocho días del mes de mayo del año dos mil uno,<br /> quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> |Cándido Carmelo Vera | |Juan Roque Galeano Villalba |<br /> |Bejarano | |Presidente |<br /> |Presidente | |H. Cámara de Senadores |<br /> |H. Cámara de Diputados | | |<br /> | | | |<br /> | | |Ilda Mayeregger |<br /> |Sonia Leonor Deleón Franco | |Secretaria Parlamentaria |<br /> |Secretaria Parlamentaria | | |<br /> Asunción, 23 de mayo de 2001<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Darío Zárate Arellano<br /> Ministro de Educación y Cultura