Ley 1723

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1723<br /> QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A TRASLADAR LOS FERIADOS NACIONALES AL<br /> DIA LUNES.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a trasladar anualmente los<br /> feriados nacionales, establecidos en la Ley N° 8 del 6 de junio de 1990 y<br /> la Ley N° 1601 del 28 de setiembre de 2000, al día lunes.<br /> Artículo 2º.- Quedan exceptuados de la normativa anterior y, por lo<br /> tanto deberán ser fijados en sus respectivas fechas, los siguientes<br /> feriados:<br /> . 1 de enero, Año Nuevo;<br /> . 15 de mayo, día de la Independencia Nacional;<br /> . 8 de diciembre, día de la Virgen de Caacupé;<br /> . 25 de diciembre, día de la Natividad del Señor; y<br /> . Jueves y Viernes Santos.<br /> Artículo 3º.- El Decreto que establezca el calendario anual de<br /> feriados nacionales deberá fijarse con seis meses de antelación al año para<br /> el cual debe regir.<br /> El que fije los feriados para el año 2001, se dictará quince días<br /> después de la promulgación de la presente ley.<br /> Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil uno, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a catorce días del mes de junio del año dos mil uno,<br /> quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.<br /> |Cándido Carmelo Vera | |Juan Roque Galeano Villalba |<br /> |Bejarano | |Presidente |<br /> |Presidente | |H. Cámara de Senadores |<br /> |H. Cámara de Diputados | | |<br /> | | | |<br /> | | |Alicia Jové Dávalos |<br /> |Sonia Leonor Deleón Franco | |Secretaria Parlamentaria |<br /> |Secretaria Parlamentaria | | |<br /> Asunción, 29 de junio de 2001<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Julio César Fanego Arellano<br /> Ministro del Interior