Ley 1933

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 1933<br /> QUE MODIFICA PARCIALMENTE EL ARTICULO 8° DE LA LEY N° 371/94 "QUE<br /> APRUEBA LOS CONTRATOS DE PRESTAMOS PARA LA LECTRICI DE PROYECTOS<br /> SUSCRITOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY, LA<br /> LECTRICIDADN NACIONAL DE LECTRICIDAD (ANDE) Y EL KREDITANSTALT FÜR<br /> WIEDERAUFBAU DE ALEMANIA (KFW) POR LOS MONTOS DE DM 8.000.000 (MARCOS<br /> ALEMANES OCHO MILLONES) Y DM 40.000.000 (MARCOS ALEMANES CUARENTA<br /> MILLONES)"<br /> EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Modifícase parcialmente el Artículo 8º, numeral 3,<br /> inciso c) de la Ley N° 371/94, que aprueba los Contratos de Préstamos para<br /> la Ejecución de Proyectos, por los montos DM 8.000.000 (marcos alemanes<br /> ocho millones) y DM 40.000.000 (marcos alemanes cuarenta millones),<br /> suscritos entre la República del Paraguay, la Administración Nacional de<br /> Electricidad (ANDE) y el Kreditanstalt Für Wiederaufbau (KFW) de Alemania,<br /> para financiar los Proyectos de Electrificación del Chaco Central, a ser<br /> ejecutados por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE),<br /> formalizados en fecha 16 de diciembre de 1993, quedando redactado como<br /> sigue:<br /> "c- Durante los primeros quince años del servicio eléctrico<br /> suministrado a los usuarios del Chaco Central a través de las<br /> instalaciones construidas con este financiamiento, la KFW y la ANDE<br /> podrán concordar los niveles de recargo tarifario a ser aplicados a<br /> dichos usuarios".<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a<br /> veinticinco días del mes de abril del año dos mil dos, quedando sancionado<br /> el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a seis días del mes de junio<br /> del año dos mil dos, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la<br /> Constitución Nacional.<br /> Juan Darío Monges Espínola Juan Roque Galeano<br /> Villalba<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Juan José Vázquez Vázquez Alicia Jové<br /> Dávalos Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, 21 de junio de 2002<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> James Spalding<br /> Ministro de Hacienda