Ley 1955

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1.955<br /> QUE EXCEPTÚA AL FERROCARRIL PRESIDENTE CARLOS ANTONIO LÓPEZ DE LA<br /> VIGENCIA DE LA LEY N° 1932 "QUE SUSPENDE LA APLICACIÓN DE LA LEY N°<br /> 1615/2000, GENERAL DE REORGANIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE ENTIDADES<br /> PÚBLICAS DESCENTRALIZADAS Y DE REFORMA Y MODERNIZACIÓN DE ORGANISMOS<br /> DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL".<br /> Artículo 1°.- Exceptúase al Ferrocarril Presidente Carlos Antonio<br /> López de los efectos de la Ley N° 1932 "QUE SUSPENDE LA APLICACIÓN DE LA<br /> LEY N° 1615/2000, GENERAL DE REORGANIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE ENTIDADES<br /> PÚBLICAS DESCENTRALIZADAS Y DE REFORMA Y MODERNIZACIÓN DE ORGANISMOS DE LA<br /> ADMINISTRACIÓN CENTRAL" y, por tanto, dispónese la continuidad del proceso<br /> de transformación de dicha Institución en Sociedad Anónima, tendiente al<br /> otorgamiento de su concesión, en el marco de la Ley N° 1615/2000.<br /> Artículo 2°.- Los estatutos de la nueva entidad, así como sus<br /> ampliaciones, modificaciones y cualquier otro acto que requiera<br /> formalización ante notario, serán realizados por la Escribanía Mayor de<br /> Gobierno.<br /> Artículo 3°.- Una vez inscripta la Sociedad Anónima, todo el proceso<br /> de precalificación y Licitación Pública para la concesión estará sometido a<br /> la verificación y control de la Contraloría General de la República.<br /> Artículo 4°.- El Presidente de la Sociedad Anónima debe informar<br /> sobre la marcha del proceso, a las Cámaras del Congreso Nacional cada seis<br /> meses.<br /> Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> veintisiete días del mes de junio del año dos mil dos, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a dieciocho días del mes de julio del año dos mil dos,<br /> quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Alberto González Daher Juan Carlos<br /> Galaverna D.<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Juan José Vázquez Vázquez Alicia Jové<br /> Dávalos<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, 30 de julio de 2002<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> James Spalding<br /> Ministro de Hacienda