Ley 2515

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 2515<br /> QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 70 DE LA LEY Nº 1535/99 "DE ADMINISTRACION<br /> FINANCIERA DEL ESTADO".<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 70 de la Ley N° 1535/99 "DE<br /> ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO", que queda redactado como sigue:<br /> "Artículo 70.- Tratamiento por el Congreso Nacional.<br /> A los efectos mencionados en el artículo anterior, y a fin de<br /> dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 282 de la<br /> Constitución Nacional, las Cámaras de Senadores y de Diputados<br /> conformarán una Comisión Bicameral integrada con cinco senadores y<br /> cinco diputados. La Comisión Bicameral así constituida tendrá un<br /> plazo máximo e improrrogable de cuarenta y cinco días para expedirse<br /> sobre el informe presentado por el Presidente de la República conforme<br /> a la presente Ley, a cuyo efecto podrá solicitar todos los informes<br /> adicionales que requiera, tanto a los organismos y entidades del<br /> Estado, como a la Contraloría General de la República. Cada Cámara<br /> del Congreso tendrá un plazo de treinta días para aprobar o rechazar<br /> el informe del Presidente de la República. Si las Cámaras disintieran,<br /> se estará a lo dispuesto por el Artículo 206 de la Constitución<br /> Nacional, pero los plazos serán de quince días por Cámara."<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> nueve días del mes de setiembre del año dos mil cuatro, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a nueve días del mes de noviembre del<br /> año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con<br /> lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 2 de la Constitución<br /> Nacional.<br /> Juan Bartolomé Ramírez Brizuela Enrique<br /> González Quintana<br /> Vicepresidente 1° en<br /> Vicepresidente 1° en<br /> Ejercicio de la Presidencia<br /> Ejercicio de la Presidencia<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Luciano Cabrera Palacios<br /> Mirtha Vergara de Franco<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, 24 de noviembre de 2004.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Dionisio Borda<br /> Ministro de Hacienda