Ley 2557

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 2557/2005<br /> QUE APRUEBA LOS CONTRATOS DE PRESTAMOS N°S 9736/2001 Y 9737/2001 PARA<br /> LA EJECUCION DE PROYECTOS, SUSCRITOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA<br /> DEL PARAGUAY - LA ADMINISTRACION NACIONAL DE ELECTRICIDAD (ANDE) Y EL<br /> KREDITANSTALT FÜR WIEDERAUFBAU DE ALEMANIA (KFW) POR LOS MONTOS DE<br /> 2.505.000 EUROS (DOS MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL EUROS) Y 14.195.000<br /> EUROS (CATORCE MILLONES CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL EUROS)<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Apruébanse los "Contratos de Préstamos N°s 9736/2001 y<br /> 9737/2001 para la ejecución de proyectos, suscritos entre el Gobierno de la<br /> República del Paraguay - la Administración Nacional de Electricidad (ANDE)<br /> y el Kreditanstalt Für Wiederaufbau de Alemania (KFW) por los montos de<br /> 2.505.000 euros, (Dos millones quinientos cinco mil euros) y 14.195.000<br /> euros (Catorce millones ciento noventa y cinco mil euros)", celebrados para<br /> el financiamiento de suministros de un Compensador Estático de Reactivos y<br /> servicios relacionados con el citado suministro, cuyos textos son como<br /> sigue:<br /> "C O N T R A T O D E P R E S T A M O<br /> Celebrado el 26 de setiembre de 2001<br /> entre<br /> KREDITANSTALT FÜR WIEDERAUFBAU,<br /> Frankfurt am Main, ("KfW")<br /> y la<br /> ADMINISTRACION NACIONAL DE ELECTRICIDAD (ANDE)<br /> ("Prestatario")<br /> por el valor en EUR 2.505.000<br /> Préstamo N° 9736<br /> INDICE<br /> Preámbulo<br /> Artículo 1. Monto y Finalidad del Préstamo<br /> Artículo 2. Desembolso<br /> Artículo 3. Comisiones<br /> Artículo 4. Intereses<br /> Artículo 5. Amortización y Prepago<br /> Artículo 6. Forma de Cálculo y Pagos en General<br /> Artículo 7. Impuestos y Gastos, Indemnización<br /> Artículo 8. Obligaciones de No Hacer y Pari Passu<br /> Artículo 9. Obligaciones de Hacer<br /> Artículo 10. Casos de Incumplimiento<br /> Artículo 11. Condiciones necesarias para el Desembolso<br /> Artículo 12. Disposiciones Jurídicas Generales<br /> Artículo 13. Declaraciones y Notificaciones<br /> Anexos Modelos de los siguientes documentos:<br /> Anexo 1 Solicitud de Desembolso<br /> Anexo 2 Confirmación de Disponibilidad para la Operación<br /> Anexo 3 Opinión legal del Asesor Jurídico del Prestatario<br /> Anexo 4 Nombramiento del Agente autorizado para recibir Notificaciones<br /> y Carta de Aceptación<br /> Anexo 5 Contrato de Arbitraje<br /> PREAMBULO<br /> Con fecha 26 de setiembre de 2001, el Prestatario suscribió un contrato<br /> ("Contrato de Suministro") con el Consorcio Siemens AG-C.I.E. S.A.<br /> ("Contratista"), para el suministro de un compensador estático de<br /> reactivos ("Equipamiento") y servicios relacionados con el mismo (el<br /> conjunto de suministros y servicios se llamará en lo sucesivo<br /> "Proyecto").<br /> El precio total de los bienes y servicios a ser suministrados por el<br /> Contratista en base al Contrato de Suministro y que deberán ser pagados<br /> en euros ("Precio Total") asciende a EUR 15.300.000 incluyendo EUR<br /> 13.909.700 para suministros y servicios procedentes de fuera del Paraguay<br /> ("Parte Externa") y EUR 1.390.300 para gastos locales susceptibles de<br /> ser cubiertos por la agencia oficial alemana de seguros de crédito a la<br /> exportación HERMES Kreditversicherungs-AG ("Parte Local susceptible de<br /> Cobertura"). Los gastos del seguro HERMES de hasta EUR 1.400.000 ("Gastos<br /> de HERMES") son pagaderos por el Prestatario de acuerdo al Contrato de<br /> Suministro.<br /> El Precio Total y los Gastos de HERMES se pagarán como sigue:<br /> 15% de la Parte Externa y la Parte Local susceptible de<br /> Cobertura correspondiente a anticipos y pagos intermedios,<br /> a ser pagado de acuerdo al Contrato de Suministro con cargo<br /> al presente Préstamo del KfW N° 9736 sin cobertura de<br /> HERMES ("Componente de Crédito");<br /> 15% de los Gastos de HERMES con cargo al presente Préstamo del<br /> KfW N° 9736 sin cobertura de HERMES;<br /> 85% de la Parte Externa y la Parte Local susceptible de<br /> Cobertura, a ser pagado de acuerdo al Contrato de<br /> Suministro con cargo al Préstamo N° 9737 con cobertura de<br /> HERMES;<br /> 85 % de los Gastos de HERMES con cargo al Préstamo N° 9737 con<br /> cobertura de HERMES.<br /> Con objeto de asegurar el financiamiento del 100 % del Precio Total y del<br /> 100 % de los Gastos de HERMES, el presente Préstamo a ser otorgado por el<br /> KfW habrá de servir al Prestatario para pagar al Contratista 15 % de la<br /> Parte Externa y 15 % de la Parte Local susceptible de Cobertura y 15 % de<br /> los Gastos de HERMES (en conjunto "Elemento de Crédito").<br /> Artículo 1<br /> Monto y Finalidad del Préstamo<br /> 1.1 En base a los términos y las condiciones de este Contrato, el<br /> KfW concede al Prestatario un préstamo por valor de EUR 2.505.000 (dos<br /> millones quinientos cinco mil euros) ("Préstamo") dividido en los<br /> siguientes tramos:<br /> Tramo A: 2.086.455 euros correspondientes a la porción del Componente<br /> de Crédito asignada al pago de la Parte Externa;<br /> Tramo B: 208.545 euros correspondientes a la porción del Componente de<br /> Crédito asignada al pago de la Parte Local susceptible de Cobertura;<br /> Tramo C: como máximo de 210.000 euros asignados al pago del 15 % de<br /> los Gastos de HERMES.<br /> 1.2 El Préstamo se utilizará exclusivamente para financiar el<br /> Componente de Crédito, entendiéndose que la financiación de cada<br /> porción de dicho Componente según el Artículo 1.1 se limitará al valor<br /> del respectivo Tramo y los Gastos de HERMES. En caso de que la Parte<br /> Externa o la Parte Local susceptible de Cobertura o los Gastos de<br /> HERMES se reduzcan antes del desembolso total de los fondos, el KfW<br /> reducirá el Préstamo en un 15% del importe en que el total de la Parte<br /> Externa, la Parte Local susceptible de Cobertura y los Gastos de<br /> HERMES se hubieran disminuido, reduciéndose también el respectivo<br /> Tramo. En caso de que la Parte Externa o la Parte Local susceptible de<br /> Cobertura o los Gastos de HERMES se reduzcan después del desembolso<br /> total de los fondos, el Prestatario reembolsará inmediatamente al KfW<br /> el 15% del importe en que el total de la Parte Externa, la Parte Local<br /> susceptible de Cobertura y los Gastos de HERMES se hubieran<br /> disminuido, junto con la Prima de Prepago calculada según el Artículo<br /> 5.5.2 de este Contrato.<br /> Artículo 2<br /> Desembolso<br /> 2.1.1 El Tramo A será desembolsado como sigue:<br /> Después del cumplimiento de todas las condiciones previas al<br /> desembolso según el Artículo 11 de este Contrato el KfW desembolsará<br /> el Préstamo al Contratista de acuerdo a las disposiciones del Contrato<br /> de Suministro.<br /> El KfW desembolsará los fondos cuando le sean presentadas Solicitudes<br /> de Desembolso debidamente firmadas por representantes autorizados del<br /> Contratista en conformidad con el modelo adjunto (Anexo 1). Las<br /> Solicitudes de Desembolso serán dirigidas por el Contratista con por<br /> lo menos 15 días de antelación a la fecha de valor solicitada por fax<br /> al Prestatario y simultáneamente al KfW, agregándose al fax al KfW el<br /> informe de envío del fax al Prestatario.<br /> El KfW confirmará al Prestatario la recepción de la respectiva<br /> Solicitud de Desembolso indicando su número, la fecha de recepción, el<br /> monto a ser desembolsado, la fecha de valor y la fecha límite para la<br /> recepción por el KfW de cualesquiera objeciones del Prestatario al<br /> desembolso de fondos.<br /> Las Solicitudes de Desembolso serán numeradas de forma continua.<br /> A menos que reciba una objeción del Prestatario al respectivo<br /> desembolso por fax por lo menos cinco Días Hábiles de Bancos en<br /> Frankfurt am Main antes de la fecha de valor de la Solicitud de<br /> Desembolso, el KfW quedará automáticamente autorizado a desembolsar<br /> los fondos solicitados al Contratista.<br /> En caso de objeción a una Solicitud de Desembolso el KfW recibirá la<br /> comunicación correspondiente del Prestatario por fax al menos cinco<br /> Días Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main antes de la fecha de valor<br /> solicitada, comunicación en que el Prestatario deberá confirmar los<br /> montos no objetados y aprobados para el desembolso (indicando el<br /> número de la Solicitud de Desembolso).<br /> Al mismo tiempo el Prestatario informará al Contratista sobre la<br /> objeción al desembolso indicando los motivos de la misma. En tal caso<br /> se desembolsarán sólo los montos no objetados y aprobados por el<br /> Prestatario.<br /> Los montos objetados quedarán pendientes de desembolso hasta que se<br /> logre un acuerdo entre el Prestatario y el Contratista. En caso de que<br /> el Prestatario apruebe su desembolso se incluirán en la próxima<br /> Solicitud de Desembolso en lo posible.<br /> Si el KfW recibe Solicitudes de Desembolso con menos de quince Días<br /> Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main de antelación a la fecha de<br /> valor solicitada para el desembolso, estará autorizado a desembolsar<br /> los fondos correspondientes en cualquier otra fecha siguiente, pero a<br /> más tardar 15 días después de la fecha de recepción de la respectiva<br /> Solicitud de Desembolso por él. En tal caso el KfW informará al<br /> Prestatario y al Contratista de manera correspondiente.<br /> 2.1.2 El Tramo B será desembolsado como sigue:<br /> Después del cumplimiento de todas las condiciones previas al<br /> desembolso según el Artículo 11 de este Contrato el KfW desembolsará<br /> el Préstamo al Contratista de acuerdo a las disposiciones del Contrato<br /> de Suministro.<br /> El KfW desembolsará los fondos cuando le sean presentadas Solicitudes<br /> de Desembolso debidamente firmadas por representantes autorizados del<br /> Contratista en conformidad con el modelo adjunto (Anexo 1). Las<br /> Solicitudes de Desembolso serán dirigidas por el Contratista con por<br /> lo menos 15 días de antelación a la fecha de valor solicitada por fax<br /> al Prestatario y simultáneamente al KfW, agregándose al fax al KfW el<br /> informe de envío del fax al Prestatario.<br /> El KfW confirmará al Prestatario la recepción de la respectiva<br /> Solicitud de Desembolso indicando su número, la fecha de recepción, el<br /> monto a ser desembolsado, la fecha de valor y la fecha límite para la<br /> recepción por el KfW de cualesquiera objeciones del Prestatario al<br /> desembolso de fondos.<br /> Las Solicitudes de Desembolso serán numeradas de forma continua.<br /> A menos que reciba una objeción del Prestatario al respectivo<br /> desembolso por fax por lo menos cinco Días Hábiles de Bancos en<br /> Frankfurt am Main antes de la fecha de valor de la Solicitud de<br /> Desembolso el KfW quedará automáticamente autorizado a desembolsar los<br /> fondos solicitados al Contratista.<br /> En caso de objeción a una Solicitud de Desembolso el KfW recibirá la<br /> comunicación correspondiente del Prestatario por fax al menos cinco<br /> Días Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main antes de la fecha de valor<br /> solicitada, comunicación en que el Prestatario deberá confirmar los<br /> montos no objetados y aprobados para el desembolso (indicando el<br /> número de la Solicitud de Desembolso).<br /> Al mismo tiempo el Prestatario informará al Contratista sobre la<br /> objeción al desembolso indicando los motivos de la misma. En tal caso<br /> se desembolsarán sólo los montos no objetados y aprobados por el<br /> Prestatario.<br /> Los montos objetados quedarán pendientes de desembolso hasta que se<br /> logre un acuerdo entre el Prestatario y el Contratista. En caso de que<br /> el Prestatario apruebe su desembolso se incluirán en la próxima<br /> Solicitud de Desembolso en lo posible.<br /> Si el KfW recibe Solicitudes de Desembolso con menos de quince Días<br /> Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main de antelación a la fecha de<br /> valor solicitada para el desembolso estará autorizado a desembolsar<br /> los fondos correspondientes en cualquier otra fecha siguiente, pero a<br /> más tardar 15 días después de la fecha de recepción de la respectiva<br /> Solicitud de Desembolso por él. En tal caso el KfW informará al<br /> Prestatario y al Contratista de manera correspondiente.<br /> 2.1.3 El Tramo C será desembolsado como sigue:<br /> En virtud del presente Contrato, el Prestatario da instrucciones<br /> irrevocables al KfW para que - después de cumplidas todas las<br /> condiciones previas al desembolso según el Artículo 11 y una vez que<br /> el KfW o el Contratista haya recibido de HERMES una factura preliminar<br /> sobre los Gastos de HERMES - efectúe el pago con cargo a este Préstamo<br /> 15% del monto indicado en la factura preliminar. El KfW contabilizará<br /> este desembolso en la cuenta del Prestatario. No se requiere una<br /> Solicitud de Desembolso o el consentimiento del Prestatario en<br /> cualquier otra forma para poder efectuar este desembolso.<br /> Inmediatamente después de haber realizado el desembolso, el KfW<br /> informará por escrito al Prestatario sobre el monto desembolsado y le<br /> enviará una copia de la factura preliminar sobre los Gastos de HERMES.<br /> La factura final de los Gastos de HERMES será liquidada conforme al<br /> Artículo 3.3 de este Contrato de Préstamo.<br /> 2.2 El KfW no estará obligado a efectuar más de un desembolso por importe<br /> inferior a EUR 100.000 por mes calendario, excepto en caso del<br /> último desembolso.<br /> 2.3 El KfW podrá negarse a efectuar desembolsos cuando éstos sean<br /> solicitados después del 30 de agosto de 2003. Sin embargo, en caso de<br /> demorarse la implementación del Contrato de Suministro, el KfW<br /> estudiará la posibilidad y las condiciones para una prórroga de este<br /> plazo.<br /> 2.4 El Prestatario no podrá renunciar al desembolso del Préstamo sin<br /> previo consentimiento del KfW, salvo rescisión del Contrato de<br /> Suministro que deberá ser confirmada previamente por las partes del<br /> Contrato de Suministro en forma escrita.<br /> Artículo 3<br /> Comisiones<br /> 1. El Prestatario pagará al KfW una sola vez y dentro de un plazo de 30<br /> días contados a partir de la firma del Contrato de Préstamo, pero en<br /> todo caso antes del primer desembolso, una comisión de administración<br /> (management fee) no reembolsable del 1.25 % (uno punto veinticinco por<br /> ciento) flat a cancelar en euros sobre EUR 2.505.000.<br /> 2. El Prestatario pagará al KfW, al término de cada trimestre calendario,<br /> una comisión de compromiso (commitment fee) no reembolsable del 0.25%<br /> (cero punto veinticinco por ciento) anual a cancelar en euros sobre el<br /> monto no desembolsado del Préstamo, la cual se devengará desde la<br /> fecha de suscripción del presente Contrato de Préstamo por parte del<br /> KfW hasta la fecha del último desembolso con cargo al mismo.<br /> 3.3 Dado que los Gastos de HERMES mencionados en el Artículo 2.1.3 se<br /> basan en informaciones preliminares enviadas a HERMES, el monto<br /> correspondiente deberá ser revisado por HERMES, sobre todo debido a<br /> cambios en cuanto al plazo y monto del Préstamo. Si después de esta<br /> revisión por parte de HERMES resulta que el monto a pagar con cargo a<br /> este Préstamo excede la cantidad que ya ha sido pagada por concepto de<br /> Gastos de HERMES en base a los cálculos preliminares de HERMES, el<br /> Prestatario autoriza irrevocablemente al KfW para desembolsar la suma<br /> correspondiente a la diferencia con cargo al Tramo C de este Préstamo.<br /> Si después de la revisión por parte de HERMES resulta que el monto que<br /> ya ha sido pagado por concepto de Gastos de HERMES con cargo a este<br /> Préstamo excede la cantidad de los Gastos de HERMES a pagar después de<br /> haber efectuado la revisión, y suponiendo que HERMES haya devuelto al<br /> KfW la diferencia para su libre disposición, dicha diferencia será<br /> utilizada para prepagar el Tramo C de este Préstamo.<br /> En caso de que el monto disponible del Tramo C no sea suficiente para<br /> pagar la diferencia, el Prestatario pagará el monto adicional al KfW a<br /> primera solicitud de éste.<br /> Artículo 4<br /> Intereses<br /> 4.1 El Prestatario pagará intereses al KfW conforme al Artículo 4.3, a<br /> ser cancelados en euros en la forma y las fechas mencionadas a<br /> continuación ("Fechas de Pago"):<br /> (a) antes de la fecha de vencimiento de la primera cuota de<br /> amortización: el 30 de junio y 30 de diciembre de cada año;<br /> (b) en la fecha de vencimiento de la primera cuota de amortización:<br /> junto con esta cuota; y<br /> (c) después, en las fechas de vencimiento de las siguientes cuotas<br /> de amortización (conforme a lo establecido en los Artículo 5.1 y 5.2).<br /> 2. Los intereses se devengarán a partir de la fecha de adeudo de las<br /> cantidades desembolsadas y hasta la fecha de abono de las respectivas<br /> cuotas de amortización en la cuenta del KfW mencionada en el Artículo<br /> 6.3.<br /> 4.3.1 El Prestatario pagará sobre el Préstamo una tasa de interés a<br /> ser fijada por el KfW en la fecha de desembolso de la porción<br /> correspondiente del Préstamo, sobre la base del costo efectivo de<br /> refinanciación del KfW en el mercado de capitales denominado en euros<br /> con plazos lo más cercanos al de la porción del préstamo a ser<br /> desembolsada, más un margen del 3.50% anual (tres punto cincuenta por<br /> ciento anual). La tasa así determinada será vinculante durante toda la<br /> vida de la respectiva porción del Préstamo.<br /> 4.3.2 En caso de que se hubiera efectuado más de un desembolso, el KfW<br /> podrá a su discreción consolidar las tasas fijadas en una sola tasa de<br /> interés equivalente al promedio ponderado de estas tasas, redondeada<br /> al 1/10.000 inferior, si el quinto decimal a ser omitido es inferior a<br /> 5, o al 1/10.000 superior, si el quinto decimal a ser suprimido es<br /> cinco o mayor.<br /> 4.3.3 El KfW comunicará inmediatamente al Prestatario las tasas de interés<br /> fijadas conforme al Artículo 4.3.1 o 4.3.2. La tasa así determinada<br /> será vinculante a partir de la fecha indicada en la comunicación<br /> correspondiente.<br /> Artículo 5<br /> Amortización y Prepago<br /> 1. El Prestatario amortizará el Préstamo al KfW en 12 cuotas semestrales<br /> iguales y consecutivas pagaderas en euros, de las cuales la primera<br /> vencerá el 30 de noviembre de 2003 o en una fecha determinada en<br /> conformidad con el Artículo 5.2, según cuál de las dos fechas ocurra<br /> primero. Previamente al pago de la primera cuota, el KfW enviará al<br /> Prestatario un plan de amortización que pasará a formar parte<br /> integrante de este Contrato de Préstamo.<br /> 2. En caso de que la fecha de disponibilidad del Equipamiento para entrar<br /> en operación ("Disponibilidad para la Operación") sea una fecha<br /> anterior al 30 de mayo de 2003 el plan de amortización se ajustará de<br /> forma tal que el Prestatario pagará al KfW la primera cuota semestral<br /> seis meses después de la fecha de Disponibilidad para la Operación. La<br /> fecha de Disponibilidad para la Operación deberá ser notificada al KfW<br /> mediante una confirmación conforme al Anexo 2 que el Prestatario<br /> deberá enviar al KfW inmediatamente después de que el Proyecto esté<br /> plenamente disponible para la operación.<br /> 5.3 Los montos del Préstamo que no hayan sido desembolsados serán<br /> deducidos de la(s) cuota(s) de amortización en orden inverso al de su<br /> exigibilidad.<br /> 5.4 En caso del Artículo 5.2 o 5.3, el KfW enviará al Prestatario por<br /> carta certificada aérea o por correo especial un plan de amortización<br /> revisado que pasará a formar parte integrante de este Contrato de<br /> Préstamo, sustituyendo el plan de amortización precedente.<br /> 5.5 Si el Prestatario quisiera prepagar todo o parte del Préstamo<br /> ("prepagar"; "Prepago"), se aplicará lo siguiente:<br /> 5.5.1 En caso de que el Prestatario quiera prepagar total o parcialmente<br /> montos del Préstamo, deberá notificárselo al KfW. La notificación<br /> correspondiente deberá ser irrevocable, confirmar la fecha y el monto<br /> del Prepago previsto y ser enviada con por lo menos 30 días de<br /> anticipación a la fecha mencionada. Para cualquier Prepago conforme a<br /> este Artículo 5.5.1, el Prestatario deberá pagar al KfW la cantidad<br /> necesaria para indemnizar eventuales pérdidas o gastos causados al KfW<br /> como consecuencia de este Prepago ("Prima de Prepago"); esta Prima<br /> será equivalente al valor actual de la diferencia entre:<br /> - los intereses que el KfW hubiera recibido si el respectivo monto<br /> no hubiera sido prepagado, y,<br /> - los intereses que el KfW pudiera obtener al invertir los montos<br /> prepagados durante el resto del plazo del Préstamo según los Artículos<br /> 5.1 hasta 5.4;<br /> y será calculada por el KfW y comunicada al Prestatario con el detalle<br /> adecuado.<br /> 5.5.2 Los Prepagos se deducirán de las cuotas del principal pendientes de<br /> amortización en orden inverso al de su exigibilidad y deberán tener un<br /> valor de por lo menos EUR 500.000, excepto cuando el saldo pendiente<br /> del Préstamo sea inferior.<br /> 5.5.3 La Prima de Prepago será abonada junto con el respectivo Prepago.<br /> 5.5.4 Si por cualquier razón el Prestatario efectuara un Prepago en una<br /> fecha distinta a una Fecha de Pago, deberá indemnizar al KfW por<br /> cualquier costo financiero adicional.<br /> Artículo 6<br /> Forma de Cálculo y Pagos en General<br /> 6.1 Los intereses, la comisión de compromiso y los eventuales recargos<br /> por mora (Artículos 6.6 y 6.7) así como la Prima de Prepago serán<br /> calculados sobre la base de 360 días/año y 30 días/mes.<br /> 6.2 Si un pago a efectuar en virtud de este Contrato venciera en una<br /> fecha que no fuera Día Hábil de Bancos en Frankfurt am Main, este pago<br /> deberá realizarse el siguiente Día Hábil de Bancos en Frankfurt am<br /> Main del mismo mes (si este día existe) o el anterior Día Hábil de<br /> Bancos en Frankfurt am Main (si este día no existe). A los efectos de<br /> este Contrato, Días Hábiles de Bancos son todos los días excepto<br /> sábados, domingos y festivos en los que en general operen los Bancos<br /> en Frankfurt am Main.<br /> En caso de un ajuste de las fechas de vencimiento establecidas en<br /> este Contrato:<br /> (i) el respectivo período de intereses se ajustará en la forma<br /> correspondiente;<br /> (ii) se aplicará la tasa de interés pagadera en la fecha<br /> original de vencimiento; y,<br /> (iii) el siguiente período de intereses comenzará al término del<br /> período de intereses ajustado.<br /> 6.3 El lugar de cumplimiento para las obligaciones de pago en euros<br /> será Frankfurt am Main. El Prestatario deberá realizar todos los<br /> pagos libres de deducciones por concepto de gastos, derechos o<br /> impuestos y sin ningún tipo de retenciones, exclusivamente en euros<br /> libremente convertibles mediante transferencia a la cuenta N°<br /> 2401424483 en el Kreditanstalt für Wiederaufbau (Código bancario 500<br /> 204 00).<br /> El Prestatario sólo será liberado de sus obligaciones de pago en euros<br /> derivadas de este Contrato si y en la medida en que las respectivas<br /> cantidades hayan sido acreditadas en la cuenta arriba mencionada a<br /> libre disposición del KfW antes de las 10:00 a.m. (hora de Frankfurt<br /> am Main).<br /> 4. El KfW podrá aplicar, a su discreción, cualquier monto recibido a<br /> cualquier obligación de pago vencida en virtud de este Contrato de<br /> Préstamo o eventuales otros contratos o documentos suscritos entre el<br /> KfW y el Prestatario. En todo caso, la aplicación deberá hacerse en<br /> orden directo al de los vencimientos excepto lo estipulado en el<br /> Artículo 5.5.2.<br /> 6.5 El Prestatario no tendrá derecho de retención, compensación o<br /> reclamación contra obligaciones de pago derivadas de este Contrato,<br /> salvo que este derecho haya sido establecido con fuerza legal<br /> vinculante o no haya sido impugnado por el KfW.<br /> 6.6 El KfW podrá - sin más aviso - aumentar la tasa de interés para<br /> cuotas de capital atrasadas (incluyendo Prepagos notificados y en<br /> atraso) en un 2% anual durante el período de atraso, pero por lo menos<br /> hasta un 2% anual sobre la tasa Euribor válida en la fecha de<br /> vencimiento de la respectiva cuota, durante un período que el KfW<br /> podrá determinar en cada caso. Los intereses sobre cuotas de capital o<br /> Prepagos atrasados deberán ser pagados sin demora a primera solicitud<br /> del KfW.<br /> 6.7 El KfW podrá - sin más aviso - exigir sobre cantidades atrasadas<br /> distintas a cuotas de capital una indemnización:<br /> - en euros equivalente a un 2 % anual sobre la tasa EURIBOR<br /> vigente durante el período de atraso, para períodos sucesivos de tres<br /> meses o períodos más cortos que el KfW podrá determinar en cada caso.<br /> Esta indemnización deberá ser pagada sin demora a primera solicitud<br /> del KfW.<br /> 6.8 Salvo error manifiesto, el cálculo de las cantidades mencionadas en<br /> este Contrato constituye prueba prima facie.<br /> Artículo 7<br /> Impuestos y Gastos, Indemnización<br /> 7.1 Antes del primer desembolso, el Prestatario comprobará, a<br /> satisfacción del KfW, que el KfW está exento del pago de impuestos y<br /> costos similares en el Paraguay sobre los pagos efectuados por el<br /> Prestatario en virtud de este Contrato de Préstamo.<br /> 7.2 Todos los pagos del Prestatario en virtud de este Contrato deberán<br /> realizarse libres de deducciones o retenciones. Si el Prestatario<br /> fuese requerido por ley o de otra manera a efectuar cualquier<br /> deducción o retención con respecto a cualquier suma pagadera al KfW,<br /> el Prestatario pagará el monto adicional necesario para asegurar que<br /> el KfW reciba un monto neto igual a la suma que hubiese recibido si<br /> dicha deducción o retención no se hubiera realizado.<br /> 7.3 Todos los impuestos, derechos, tributos, timbres y costos similares<br /> causados fuera de la República Federal de Alemania en relación con la<br /> conclusión y ejecución de este Contrato de Préstamo serán de cargo del<br /> Prestatario. Cualquier costo devengado por tales conceptos en la<br /> República Federal de Alemania, deberá ser pagado por el Prestatario en<br /> caso de que sea causado por él. Si un costo a cargo del Prestatario es<br /> pagado por el KfW, el Prestatario deberá reembolsarlo inmediatamente a<br /> solicitud del KfW.<br /> 7.4 Todos los costos razonables y debidamente justificados, incluyendo<br /> costes legales, resultantes de o en relación con la preparación,<br /> negociación, conclusión, registro, implementación, modificación o<br /> ejecución de este Contrato de Préstamo, los derechos derivados del<br /> mismo o las garantías o documentos pertinentes, serán de cargo del<br /> Prestatario. Si cualquiera de estos costos fuera pagado por el KfW, el<br /> Prestatario deberá reembolsarlo inmediatamente a solicitud del KfW.<br /> 7.5 Si debido:<br /> (a) al cumplimiento de requisitos o regulaciones de un Banco Central<br /> u otra autoridad fiscal o monetaria que sean posteriores a la fecha de<br /> suscripción de este Contrato de Préstamo; o<br /> (b) a un cambio en la ley o en su interpretación o aplicación;<br /> o<br /> (c) a la introducción, terminación o renegociación de cualquier<br /> tratado o convenio bilateral o multilateral, particularmente sobre<br /> doble tributación, el KfW incurriera en mayores costos o pérdidas o no<br /> pudiera obtener el margen acordado sobre sus costos de refinanciación<br /> resultantes del otorgamiento de este Préstamo ("Mayores Costos"), el<br /> KfW se lo comunicará al Prestatario y éste indemnizará al KfW a<br /> primera solicitud. La solicitud del KfW deberá estar acompañada de una<br /> nota del KfW indicando los conceptos en que se basa la solicitud y<br /> explicando con suficiente detalle la forma en que se ha calculado el<br /> monto correspondiente.<br /> Artículo 8<br /> Obligaciones de No Hacer y Pari Passu<br /> 8.1 En caso de que el Prestatario conceda a un tercero garantías u otros<br /> derechos que permitan a éste una satisfacción preferente de sus<br /> créditos con cargo a activos, propiedades o ingresos del Prestatario,<br /> el Prestatario informará de ello inmediatamente al KfW y, a su<br /> solicitud, otorgará al KfW garantías equivalentes y proporcionales<br /> para sus créditos exigibles bajo este Contrato de Préstamo.<br /> 2. La disposición precedente no se aplicará para (i) derechos de garantía<br /> constituidos sobre activos en el momento de su adquisición como<br /> caución para el pago del precio de compra o el financiamiento de<br /> dichos activos y (ii) prestamistas nacionales con respecto a deudas en<br /> moneda local.<br /> 3. Dentro del ámbito de la ley aplicable, el Prestatario se compromete a<br /> que sus obligaciones derivadas de este Contrato de Préstamo participen<br /> al menos pari passu con sus demás obligaciones de pago, presentes y<br /> futuras, y que serán pagadas como tales.<br /> Artículo 9<br /> Obligaciones de Hacer<br /> Por el presente Contrato, el Prestatario se obliga con el KfW a:<br /> (a) preparar, implementar y operar el Proyecto de acuerdo con<br /> principios comerciales, financieros y técnicos sólidos;<br /> (b) asegurar el financiamiento total del Proyecto;<br /> (c) preparar, implementar y operar el Proyecto de acuerdo con las<br /> leyes aplicables, especialmente en lo relativo a leyes y normas<br /> ambientales;<br /> (d) asegurar que ni el Prestatario ni ninguno de sus asociados,<br /> funcionarios, directores, empleados o agentes que actúen por su<br /> encargo, ofrezcan, entreguen, insistan en recibir, reciban o soliciten<br /> ningún pago ilegal o ninguna ventaja indebida con el propósito de<br /> influenciar la actuación de cualquier persona en relación con el<br /> Proyecto y el Prestatario, por la presente, manifiesta y asegura que<br /> según su mejor conocimiento y creencia no ha ocurrido hasta la fecha<br /> de la firma de este Contrato de Préstamo ninguno de los actos<br /> indebidos o ilegales arriba mencionados;<br /> (e) informar inmediatamente al KfW de cualquier evento que pueda<br /> impedir o poner en peligro la implementación del Contrato de<br /> Suministro o de cualquier otro contrato importante, la construcción u<br /> operación del Proyecto, el cumplimiento de las obligaciones del<br /> Prestatario derivadas de este Contrato de Préstamo, y que sea<br /> relevante para la concesión o el mantenimiento de la garantía de la<br /> República Federal de Alemania. A solicitud del KfW, el Prestatario<br /> facilitará informaciones sobre la situación financiera del Prestatario<br /> y sobre el Proyecto;<br /> (f) acordar, sólo con previo consentimiento por escrito del KfW,<br /> modificaciones y/o enmiendas al Contrato de Suministro que pudieran<br /> afectar la terminación o la operación prevista del Proyecto, el<br /> volumen de los bienes y servicios, el Precio Total, las condiciones de<br /> pago, las garantías u otras disposiciones del Contrato de Suministro;<br /> (g) proporcionar al KfW, en cuanto sea factible pero no más de seis<br /> meses después de terminado el respectivo ejercicio, sus estados<br /> financieros auditados, incluyendo balance y estado de resultados<br /> certificados, junto con las notas aclaratorias a los mismos;<br /> (h) permitir a los representantes del KfW, sus agentes y personas<br /> designadas en cualquier momento la inspección del Proyecto y de todas<br /> las instalaciones relacionadas con el mismo;<br /> (i) informar al KfW inmediatamente y por escrito de la ocurrencia o<br /> potencial ocurrencia de cualquier Caso de Incumplimiento (según<br /> definición del Artículo 10.1).<br /> Artículo 10<br /> Casos de Incumplimiento<br /> 10.1 El KfW estará facultado, sin necesidad de recurrir a ninguna clase de<br /> procedimiento legal, para suspender los desembolsos o dar por<br /> terminado el Préstamo y exigir el pago inmediato de todas las sumas<br /> adeudadas en virtud de este Contrato de Préstamo, si ocurriere<br /> cualquier evento considerado como causa importante según las leyes<br /> alemanas ("Caso de Incumplimiento"), especialmente si:<br /> (a) el Prestatario no cumple cualquier obligación de pago con<br /> el KfW;<br /> (b) el Prestatario no cumple cualquier otra obligación con el<br /> KfW;<br /> (c) el Prestatario está en atraso con los pagos en virtud de un<br /> contrato de préstamo, garantía u otro instrumento relativo a dinero<br /> prestado;<br /> (d) cualesquier declaraciones, confirmaciones, informaciones,<br /> representaciones o garantías, que en opinión del KfW sean esenciales<br /> para otorgar y mantener el Préstamo, prueben ser incorrectas,<br /> engañosas o incompletas;<br /> (e) el Contrato de Suministro fuera cancelado, rescindido o<br /> terminado por cualquier causa distinta a su ejecución o su vigencia<br /> cesara por cualquier razón o surgieran eventos que impidan o amenacen<br /> seriamente la conclusión o la operación prevista del Proyecto;<br /> (f) una ley, regulación, sentencia, directiva o acto de autoridad u<br /> orden de cualquier tribunal impide la debida ejecución y cumplimiento<br /> o afecta la validez de este Contrato de Préstamo o de cualquier<br /> garantía constituida bajo el mismo;<br /> (g) se produce cualquier alteración en el estatus legal, el control,<br /> la naturaleza o el volumen de negocios del Prestatario con respecto a<br /> la situación en la fecha de suscripción de este Contrato de Préstamo<br /> que bajo juicio razonable del KfW perjudique sustancialmente los<br /> intereses del KfW;<br /> (h) el Prestatario se viera afectado por una de las siguientes<br /> circunstancias: designación de un Síndico de Quiebras, declaración de<br /> una moratoria para cualquiera de sus deudas, quiebra, cese del<br /> negocio, insolvencia, liquidación forzosa o voluntaria, venta de una<br /> parte sustancial de sus activos o cualquier otro evento similar;<br /> (i) a juicio razonable del KfW, la situación financiera del<br /> Prestatario se deteriora o sus activos estén en peligro o se produzcan<br /> otras circunstancias excepcionales que pongan en peligro, retrasen o<br /> impidan el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este Contrato<br /> de Préstamo.<br /> 10.2 Si se produjera una de las circunstancias mencionadas en el Artículo<br /> 10.1 (a) o (b), el KfW podrá rescindir el presente Contrato y exigir<br /> el reembolso inmediato sólo si dicha circunstancia no fuera eliminada<br /> en un plazo de 5 días (en caso del Artículo 10.1 (a)) o 30 días (en<br /> caso del Artículo 10.1 (b)), desde que se refiera a obligaciones<br /> diferentes de las establecidas en el Artículo 9.1 (d) en cuyo caso no<br /> se aplicará ningún plazo para remediar la respectiva circunstancia<br /> después de una reclamación del KfW.<br /> En caso de que el KfW termine el Contrato de Préstamo debido a un<br /> Caso de Incumplimiento, los Artículos 6.6 y 6.7 se aplicarán mutatis<br /> mutandis para las cantidades a repagar anticipadamente.<br /> 10.3 Si se efectuara un repago anticipado conforme al Artículo 10.1 o<br /> 10.2, el Prestatario indemnizará al KfW de las pérdidas o gastos en<br /> que el KfW incurra como consecuencia de ello. En este caso habrá lugar<br /> a una Prima de Prepago o gastos por suspensión del financiamiento, que<br /> serán calculados conforme al Artículo 5.5.<br /> 10.4 Cualquier declaración del KfW en virtud del párrafo precedente deberá<br /> ser hecha y se considerará recibida según el Artículo 13.2 de este<br /> Contrato.<br /> Artículo 11<br /> Condiciones necesarias para el Desembolso<br /> La obligación del KfW de efectuar desembolsos con cargo a este<br /> Contrato de Préstamo está sujeta al cumplimiento satisfactorio de las<br /> siguientes condiciones:<br /> 11.1 Haberse presentado gratuitamente al KfW, a más tardar dos meses<br /> después de la firma de este Contrato de Préstamo pero como mínimo 14<br /> días hábiles antes de la fecha del primer desembolso, los siguientes<br /> documentos aceptados por el KfW como satisfactorios en cuanto a forma<br /> y contenido:<br /> (a) una opinión legal satisfactoria para el KfW, a ser emitida por<br /> el asesor jurídico del Prestatario en la forma mencionada en el (Anexo<br /> 3) de este Contrato y acompañada de los documentos requeridos<br /> razonablemente por el KfW;<br /> (b) copia de los documentos sobre la constitución del Prestatario<br /> incluyendo eventuales enmiendas (Memorandum y Artículos de<br /> Asociación/Estatutos), en la forma actualmente vigente y certificados<br /> por el Jefe del Departamento Jurídico del Prestatario;<br /> (c) copia(s) de la(s) resolución(es) del órgano (u órganos)<br /> competente(s) del Prestatario o, en su caso, de todos los demás<br /> documentos necesarios para autorizar la contratación del Préstamo y<br /> otorgar poderes a las personas firmantes para poder ejecutar el<br /> Contrato de Préstamo en representación del Prestatario; todas las<br /> copias deberán estar certificadas por el Jefe del Departamento<br /> Jurídico del Prestatario;<br /> (d) especímen(es) de firma(s) de la(s) persona(s) autorizada(s)<br /> conforme al párrafo (c); estos especímenes deberán estar certificados<br /> por el Jefe del Departamento Jurídico del Prestatario;<br /> (e) copias de todos los documentos emitidos por las autoridades<br /> competentes con objeto de autorizar irrevocablemente al Prestatario<br /> para recibir y ejecutar el Contrato de Préstamo y transferir al KfW<br /> todos los montos vencidos en la moneda acordada a este efecto; todas<br /> las copias deberán estar certificadas por el Jefe del Departamento<br /> Jurídico del Prestatario;<br /> (f) un certificado del Prestatario incluyendo los nombres y los<br /> especímenes de firmas de las personas autorizadas para firmar en<br /> nombre y representación del Prestatario las Solicitudes de Desembolso<br /> así como todos los demás documentos y declaraciones relacionados con<br /> este Contrato de Préstamo. El Prestatario actualizará este certificado<br /> en caso de cualquier cambio de las personas o sus poderes;<br /> (g) aceptación del Agente autorizado para recibir Notificaciones<br /> según el Artículo 12.4, conforme al Anexo 4;<br /> (h) confirmación escrita del Prestatario de que el Contrato de<br /> Suministro ha entrado en vigor y que el Prestatario ha obtenido todos<br /> los permisos y autorizaciones necesarios para la compra e importación<br /> del Equipamiento así como la implementación y operación del Proyecto;<br /> (i) comprobación conforme al Artículo 7.1; y<br /> (j) cualquier otro documento relacionado con este Contrato de<br /> Préstamo que el KfW pudiera razonablemente solicitar.<br /> 11.2 No haberse producido un Caso de Incumplimiento conforme al Artículo<br /> 10 u otro evento o condición que con el envío de un aviso o en el<br /> transcurso del tiempo constituiría un Caso de Incumplimiento.<br /> 3. El KfW haya recibido la suma completa de todos los pagos vencidos en<br /> virtud del Artículo 3.<br /> Artículo 12<br /> Disposiciones Jurídicas Generales<br /> 12.1 Este Contrato se regirá por las leyes de la República Federal de<br /> Alemania.<br /> 12.2 El lugar de cumplimiento para las obligaciones de pago en EUR será<br /> Frankfurt am Main.<br /> 12.3 Cualesquiera controversias resultantes de o relacionadas con este<br /> Contrato de Préstamo, incluyendo las controversias sobre su validez,<br /> serán resueltas exclusiva y definitivamente de acuerdo con lo<br /> estipulado en el Contrato de Arbitraje incluido en el Anexo 5 que será<br /> firmado separadamente.<br /> Alternativamente, el KfW se reserva el derecho de promover acciones o<br /> procedimientos legales relacionados con este Contrato de Préstamo ante<br /> cualquier tribunal competente en Asunción o el Tribunal Regional en<br /> Frankfurt am Main, República Federal de Alemania, o cualquier otro<br /> tribunal con jurisdicción sobre el Prestatario o sus activos. Por el<br /> presente Contrato, el Prestatario se somete irrevocablemente a la<br /> jurisdicción de cada uno de estos tribunales.<br /> 12.4 Para recibir las notificaciones en caso de acciones ante un tribunal<br /> en la República Federal de Alemania, el Prestatario nombrará un Agente<br /> aceptable para el KfW con domicilio en Frankfurt am Main y lo<br /> mantendrá hasta que el Préstamo haya sido amortizado totalmente. Con<br /> la debida anticipación al primer desembolso con cargo al Préstamo, el<br /> Prestatario enviará al KfW la carta de aceptación de este Agente<br /> conforme al Anexo 4.<br /> 12.5 Este Contrato de Préstamo es jurídicamente independiente del Contrato<br /> de Suministro. Por ello, el Prestatario no podrá hacer valer en<br /> relación con este Contrato de Préstamo objeciones o excepciones<br /> derivadas del Contrato de Suministro.<br /> 12.6 En caso de que una disposición de este Contrato fuera inválida, esta<br /> invalidez no afectará las demás disposiciones. Cualquier vacío que se<br /> produjera como consecuencia de ello será llenado mediante una<br /> disposición de acuerdo con el espíritu y objetivo de este Contrato de<br /> Préstamo.<br /> 12.7 Los pagos efectuados al KfW bajo este Contrato en base a una<br /> sentencia o resolución judicial o de otra manera no eximirán al<br /> Prestatario de la obligación, en cumplimiento de la cual fueron<br /> realizados, hasta que el KfW haya recibido el respectivo monto en la<br /> moneda acordada. Si como consecuencia de la necesidad de convertir el<br /> monto pagado a la moneda de su vencimiento éste resultara inferior al<br /> valor de la obligación denominada en la moneda acordada, el<br /> Prestatario quedará obligado a pagar al KfW una suma que después del<br /> cambio a la moneda de vencimiento del pago sea equivalente a la<br /> diferencia correspondiente.<br /> 12.8 La falta o demora en el ejercicio por parte del KfW de cualquier<br /> derecho derivado de este Contrato no podrá considerarse como renuncia<br /> al mismo. El ejercicio único o parcial de un derecho, no excluirá el<br /> ejercicio ulterior de dicho derecho en el futuro.<br /> 12.9 En caso de que el Prestatario solicite bajo cualquier jurisdicción<br /> para si mismo o su patrimonio la inmunidad de juicio, ejecución,<br /> embargo u otras acciones legales, y si ésta fuera concedida, el<br /> Prestatario se compromete, en forma irrevocable, a no hacer uso de<br /> esta inmunidad, renunciando irrevocablemente a esta inmunidad en la<br /> medida en que lo permitan las leyes de la respectiva jurisdicción.<br /> 12.10 El Prestatario no podrá ceder o empeñar derechos o transferir<br /> obligaciones resultantes de este Contrato de Préstamo sin previo<br /> consentimiento del KfW.<br /> 12.11 Las obligaciones del Prestatario derivadas de los Artículos 5.5, 6.6,<br /> 6.7, 7.2 a través de los Artículos 7.5, 10.2, 10.3, 12 y 13<br /> permanecerán vigentes después de la amortización del Préstamo y/o la<br /> terminación de este Contrato de Préstamo.<br /> Artículo 13<br /> Declaraciones y Notificaciones<br /> 13.1 Las modificaciones o enmiendas de este Contrato de Préstamo deberán<br /> hacerse por escrito.<br /> 13.2 Las declaraciones o comunicaciones en relación con este Contrato de<br /> Préstamo se enviarán por carta aérea o teletransmisión a las<br /> siguientes direcciones:<br /> Para el KfW: Kreditanstalt für Wiederaufbau<br /> atn.: Departamento K 2 b 1<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Teléf.: (0049-69) 74 31-0<br /> Fax: (0049-69) 74 31-2944 o -3344<br /> Para el Prestatario: Administración Nacional de Electricidad (ANDE)<br /> Atn.: Sr. Presidente<br /> Avda. España 1268<br /> Asunción<br /> Paraguay<br /> Telefax (00595)21 2122371<br /> Telex 142 py ANDE<br /> Las declaraciones o comunicaciones se considerarán recibidas:<br /> (a) en caso de envío aéreo, 7 días después de haber sido despachadas<br /> por correo aéreo certificado con porte pagado; o<br /> (b) en caso de teletransmisión, cuando ésta esté concluida.<br /> 13.3 Eventuales cambios de la razón social, las direcciones, los poderes<br /> de representación y los especímenes de firma serán vinculantes sólo<br /> cuando hayan sido notificados a la otra parte contratante.<br /> 13.4 La correspondencia entre el KfW y el Prestatario relacionada con este<br /> Contrato de Préstamo será redactada en inglés o español. Cualquier<br /> documento o información a ser suministrado por el Prestatario en<br /> virtud de este Contrato deberá estar en inglés o en español.<br /> 13.5 Este Contrato de Préstamo será expedido en idioma español en dos<br /> ejemplares de los cuales cada uno constituirá un original.<br /> Fdo.: Por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), Ing.<br /> Guillermo Sánchez Rodríguez, Presidente.<br /> Fdo.: Por la Kreditanstalt für Wiederaufbau, Dr. Kloppenburg, Primer<br /> Vice Presidente y el Señor Solinski, Director Proyecto Mayor.<br /> Anexo 1<br /> (página 1)<br /> Kreditanstalt für Wiederaufbau<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Solicitud*) de Desembolso No. ...<br /> para pagos exigibles por concepto de exportaciones correspondientes a<br /> la Parte Externa según el Contrato de Suministro, a cancelar con<br /> cargo al Tramo A y al Tramo B del Contrato de Préstamo<br /> K II b 1/ Crédito No. 9736<br /> Contrato de Préstamo del .............................<br /> por el valor en EUR 2.505.000<br /> A. Suministros/Servicios<br /> Según la lista adjunta,<br /> (desde la última Solicitud de Desembolso<br /> N°.......del...........................)/ hasta la fecha**)<br /> se han acumulado pagos exigibles por concepto<br /> de exportaciones por valor total de<br /> EUR..........................<br /> que forman parte del Precio Total.<br /> B. Cálculo del monto a ser desembolsado<br /> (1) Pagos exigibles según la presente<br /> Solicitud de Desembolso N°...... EUR<br /> ............................<br /> (2) Menos 85%<br /> a pagar con cargo al Préstamo N° 9737 ./. EUR<br /> ............................<br /> (3) Cantidad a desembolsar EUR<br /> ............................<br /> _______________<br /> *) Según el Artículo 2.2 del Contrato de Préstamo, se podrá efectuar<br /> sólo un desembolso por importe inferior a EUR 100.000 por mes<br /> calendario, excepto en caso del último desembolso.<br /> **) Favor tachar lo que no proceda.<br /> Anexo 1<br /> (página 2)<br /> II. Confirmación del Contratista<br /> Por la presente confirmamos que<br /> (1) hasta la fecha, el Prestatario ha cumplido con sus obligaciones<br /> de pago según el Contrato de Suministro así como con la obligación<br /> de presentar garantías a nuestro favor;<br /> (2) los suministros y servicios objeto de esta Solicitud de<br /> Desembolso están en conformidad con el Contrato de Suministro y las<br /> condiciones de la garantía otorgada por la República Federal de<br /> Alemania;<br /> (3) no es necesaria*/sigue siendo válida* una/la* licencia de<br /> suministro de la Oficina Federal de Economía (Bundesamt für<br /> Wirtschaft);<br /> 4) el Contrato de Suministro ha entrado en vigor el _________________y<br /> sigue siendo válido;<br /> (5) cualesquier impuestos o derechos incluidos en esta Solicitud de<br /> Desembolso han sido calculados en conformidad con las reglas<br /> vigentes en Paraguay.<br /> Les rogamos se sirvan transferir la suma a desembolsar a nuestra<br /> cuenta<br /> N° ......................... en<br /> ..........................................(banco)<br /> ..........................., el...........................<br /> (lugar) (fecha)<br /> ...............................................................<br /> Contratista<br /> (firmas autorizadas)<br /> ____________________<br /> *) Favor tachar lo que no proceda<br /> Anexo 1<br /> (página 3)<br /> Lista de facturas<br /> para los bienes y servicios suministrados en que se basa la Solicitud de<br /> Desembolso<br /> (1) Factura del .............................; N°<br /> ............................; EUR ..............<br /> ..............................................<br /> (Items)<br /> suministrados según conocimiento de embarque/<br /> de transporte aéreo<br /> expedido el ...................<br /> emitido por................ a favor de............................<br /> (2) Factura del .............................; N°<br /> ............................; EUR ..............<br /> ..............................................<br /> (Items)<br /> suministrados según conocimiento de embarque/<br /> de transporte aéreo<br /> expedido el ...................<br /> emitido por................ a favor de...........................<br /> (3) Factura del .............................; N°<br /> ............................; EUR ..............<br /> ..............................................<br /> (Items)<br /> suministrados según conocimiento de embarque /<br /> de transporte aéreo<br /> expedido el ...................<br /> emitido por................ a .favor de...........................<br /> ____________________________________________________________________<br /> Suma EUR ..............<br /> Confirmado:<br /> ...................................., ................................<br /> (lugar) (fecha)<br /> .....................................................................<br /> Contratista<br /> Anexo 2<br /> Kreditanstalt für Wiederaufbau<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> D-60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Confirmación<br /> K II b 1/ Crédito No. 9736<br /> Contrato de Préstamo del .............................<br /> por el valor en EUR 2.505.000<br /> De acuerdo con el Artículo 5.2 del Contrato de Préstamo, por la presente<br /> confirmamos que el Proyecto ha alcanzado la fecha de Disponibilidad para la<br /> Operación el................................ A solicitud de ustedes les<br /> enviaremos copias de los documentos e informes en base a los cuales ha sido<br /> calculada esta fecha.<br /> ..................................., ............................<br /> ..................................., ............................<br /> (lugar) (fecha) (lugar)<br /> (fecha)<br /> Contratista Prestatario<br /> (firmas autorizadas) (firmas autorizadas)<br /> Anexo 3<br /> Modelo<br /> de una opinión legal a ser emitida por el Jefe del Departamento Jurídico<br /> del Prestatario<br /> .....................................................<br /> (fecha)<br /> Kreditanstalt für Wiederaufbau ("KfW")<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Contrato de Préstamo No. 9736, firmado el __________ entre el Kreditanstalt<br /> für Wiederaufbau ("KfW") y Administración Nacional de Electricidad - ANDE<br /> ("Prestatario") por un valor en EUR 2.505.000<br /> Estimados señores:<br /> Soy Jefe del Departamento Jurídico del Prestatario, habiendo actuado en tal<br /> función en relación con un contrato de préstamo y un contrato de arbitraje<br /> pertinente al mismo (juntos designados como "Contrato de Préstamo"),<br /> firmados entre el Prestatario y ustedes el...................., referentes<br /> a un préstamo a ser concedido por ustedes al Prestatario por un valor en<br /> EUR _____ .<br /> Con el fin de emitir la presente opinión, he examinado:<br /> A. un original firmado auténtico del Contrato de Préstamo;<br /> B. los documentos de constitución del Prestatario, en particular,<br /> (1) Ley(es) No. . . . . . . . . ., de fecha. . . . . . . . . . . . .<br /> . ., debidamente publicada(s) en. . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br /> ., No. . . . . . . . . . . . . ., página . . .., en su versión<br /> enmendada [en caso de que existan, favor incluir leyes de creación del<br /> Prestatario y/o que rijan para su organización y sus actividades];<br /> (2) Estatutos (. . . . . . . . . . . . . . o memorandos y artículos<br /> de asociación . . . . . . . .) del Prestatario, en su versión<br /> actualmente en vigor, publicados/registrados en/por . . . . . . . . .,<br /> (3) . . . . . . . . . . . . . . . . [favor indicar aquí otros<br /> documentos constitutivos del Prestatario];<br /> C. ................... [favor especificar otros documentos, por ejemplo<br /> documentos de garantía, títulos de propiedad de tierra, en caso de que<br /> sean relevantes. Favor asegurar que las siguientes opiniones se<br /> refieren también a cualesquier otros documentos otorgados por el<br /> Prestatario que aquí se mencionan.]<br /> así como otras leyes, reglamentos, certificados, registros y<br /> documentos cuyo examen haya considerado necesario o conveniente.<br /> Adicionalmente efectué las investigaciones que consideré necesarias o<br /> convenientes para poder emitir la presente opinión.<br /> Por consiguiente, para los efectos del Artículo 11 del Contrato de<br /> Préstamo es mi opinión que en virtud de la legislación actualmente<br /> vigente en ...............<br /> ("........................................"):<br /> (a) el Prestatario es un/a [favor especificar; por ejemplo<br /> corporación/empresa pública/privada] debidamente constituída de<br /> acuerdo con las leyes de ........................................, y<br /> registrada en el Registro [de empresas/Comercial] de. . . . . . . .<br /> bajo el No. . . . . . . . . ., el/la cual tiene plenos poderes y<br /> autoridad para suscribir el Contrato de Préstamo y ha realizado todos<br /> los actos necesarios para autorizar la ejecución, el cumplimiento y la<br /> implementación del Contrato de Préstamo, en particular:<br /> (1) Resolución(es) No(s). . . . . . . . de fecha . . . . . . . de la<br /> Junta Directiva [o: Directorio/Consejo de Administración/. . . . . . .<br /> . . . . . .[favor indicar lo que proceda( del Prestatario;<br /> (2) . . . . . . . . . . . [otras resoluciones, decisiones etc.] . .<br /> . . . . . . .;<br /> (b) La señora /El señor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br /> . (y la señora/el señor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .)<br /> ha(n) sido debidamente autorizado(s) por . . . . . . . . . . . . . . .<br /> . para firmar sólo/conjuntamente en nombre del Prestatario. El<br /> Contrato de Préstamo firmado por la señora /el señor . . . . . . . . .<br /> . . . . . . . . . . . . . . (y la señora/el señor . . . . . . . . . .<br /> . . . . . . . . . . . . .) ha sido debidamente otorgado y constituye<br /> obligaciones legalmente válidas del Prestatario ejecutables contra él<br /> de acuerdo a sus términos;<br /> (c) Para los efectos de la ejecución y el cumplimiento del Contrato<br /> de Préstamo por parte del Prestatario (incluyendo, sin ninguna<br /> limitación, la obtención y transferencia al KfW de todos los montos<br /> debidos en virtud del Contrato de Préstamo en la o las moneda(s)<br /> especificadas en el mismo), las siguientes autorizaciones, permisos,<br /> licencias, registros y/o aprobaciones/consentimientos han sido<br /> otorgados y se encuentran en pleno vigor y eficacia:<br /> (1) Aprobación del . . . . . . . . . . . . . . . [Banco<br /> Central/Nacional, Banco de .../. . . . . . . . . . . . ] de fecha . .<br /> . . . . . . . . . . . . ., No. . . . . . . . . . . . . .;<br /> (2) Consentimiento del . . . . . . . . . . . . . [Órgano/oficina<br /> gubernamental/Ministerio de.. . . . . . . . .], de fecha . . . . . . .<br /> . ., No. . . . . . . . . .;<br /> (3) . . . . . . . . . . . . . . . [favor indicar cualesquier otras<br /> autorizaciones, permisos, licencias y/o aprobaciones/consentimientos]<br /> . . . . . . . . . . . . . .;<br /> Ni en ........................................ ni, según nuestro<br /> mejor saber y entender, en ningún otro país donde el Prestatario<br /> realice actividades, son necesarios o aconsejables otros<br /> consentimientos, licencias, registros y/o aprobaciones de cualesquiera<br /> autoridades, agencias gubernamentales (incluyendo el Banco<br /> Central/Nacional, de ........................................) o<br /> tribunales en relación con la ejecución y el cumplimiento del Contrato<br /> de Préstamo por parte del Prestatario, ni para la validez o<br /> ejecutoriedad de sus obligaciones resultantes del mismo. No se deberán<br /> pagar timbres ni impuestos similares en relación con la validez o<br /> ejecutoriedad del Contrato de Préstamo;<br /> (d) La aplicación de la legislación alemana al Contrato de Préstamo<br /> y el sometimiento al arbitraje y la jurisdicción de acuerdo al<br /> Artículo 13 del Contrato de Préstamo son válidas y vinculantes.<br /> Cualesquier fallos arbitrales o sentencias emitidos por tribunales de<br /> la República Federal de Alemania contra el Prestatario serán<br /> reconocidos y ejecutorios en ........................................<br /> conforme a las siguientes reglas:..............................;<br /> (e) Los tribunales de ........................................<br /> están en libertad de emitir sentencias denominadas en la moneda o las<br /> monedas especificada(s) en el Contrato de Préstamo;<br /> (f) La contratación del préstamo por el Prestatario así como la<br /> ejecución y el cumplimiento del respectivo Contrato de Préstamo por<br /> parte del Prestatario constituyen actos privados y comerciales y no<br /> actos gubernamentales o públicos. Ni el Prestatario ni ninguna de sus<br /> propiedades gozan del derecho de inmunidad en caso de arbitraje,<br /> acción judicial, ejecución, embargo u otras acciones legales;<br /> (g) En conformidad con . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br /> . . . . [favor especificar tratado o leyes y reglamentos aplicables],<br /> el Prestatario no podrá ser obligado a efectuar cualquier deducción o<br /> retención con respecto a un pago que el Prestatario deba realizar de<br /> acuerdo al Contrato de Préstamo y, en el caso de que tal deducción o<br /> retención le sea impuesto posteriormente, se aplicarán las<br /> disposiciones del Artículo 7 del Contrato de Préstamo que obligan al<br /> Prestatario a indemnizar al KfW de forma correspondiente;<br /> (h) No se considera ni se considerará que el KfW tiene sede o<br /> domicilio en ........................................ ni que ejerce<br /> negocios o está sujeto al pago de impuestos en la misma tan solamente<br /> a causa de la ejecución y el cumplimiento del Contrato de Préstamo. No<br /> es necesario ni aconsejable que el KfW sea licenciado, calificado o<br /> facultado de otra manera para realizar negocios o que designe agentes<br /> o representantes en ........................................;<br /> (i) El.......................................[favor indicar el<br /> documento de garantía al que se hace referencia en la sección C arriba<br /> mencionada, si fuera aplicable] constituye un(a)<br /> .................................[favor especificar] de primer rango<br /> que ha sido otorgado de forma válida y perfecta por el Prestatario.<br /> Por consiguiente, las obligaciones del Prestatario en virtud del<br /> Contrato de Préstamo constituyen obligaciones directas,<br /> incondicionales, legales, válidas y vinculatorias del Prestatario, las<br /> cuales en lo que se refiere a obligaciones de pago participan y<br /> participarán por lo menos a un nivel pari passu con todas las actuales<br /> y futuras deudas del Prestatario y son ejecutables contra el<br /> Prestatario de acuerdo a sus términos.<br /> La presente opinión legal se limita a las leyes de ................<br /> . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br /> . . . . . . . . . . . . . . . .<br /> (lugar) (fecha) (nombre)<br /> Jefe del Departamento Jurídico<br /> del Prestatario<br /> Anexo 4a)<br /> [Membrete del Prestatario]<br /> 1._____________________<br /> (Agente autorizado)<br /> 2. Kreditanstalt für Wiederaufbau ("KfW")<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> PODER<br /> Asunto: Contrato de Préstamo N° 9736 del _____________ por el valor en<br /> EUR 2.505.000, celebrado entre la Administración Nacional de<br /> Electricidad - ANDE como "Prestatario" y el KfW como "Prestamista".<br /> ..............., por la presente nombra a<br /> ____________________________________________, Frankfurt am Main<br /> como su agente y apoderado legal en relación con el mencionado Contrato de<br /> Préstamo, autorizándole para recibir en su nombre cualquier oficio o<br /> notificación en relación con acciones ante un tribunal alemán derivadas del<br /> mencionado Contrato de Préstamo.<br /> Este nombramiento se entiende en los términos del Artículo 12.4 del<br /> mencionado Contrato de Préstamo y será irrevocable hasta que el Préstamo<br /> haya sido totalmente amortizado.<br /> Este poder se extiende en dos originales, uno para el Agente autorizado y<br /> el otro para el Prestamista.<br /> _________________________ ___________________<br /> Firma Fecha<br /> Anexo 4b)<br /> [Membrete del Agente autorizado]<br /> 1. _____________________<br /> (Nombre y dirección del Prestatario)<br /> 2. Kreditanstalt für Wiederaufbau ("KfW")<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> PODER<br /> Asunto: Contrato de Préstamo N° 9736 del _____________ por el valor en<br /> EUR 2.505.000, celebrado entre la Administración Nacional de<br /> Electricidad - ANDE como "Prestatario" y el KfW como "Prestamista".<br /> Estimados señores:<br /> Por la presente nos es grato comunicarles que aceptamos el nombramiento<br /> como Agente del Prestatario en relación con el mencionado Contrato de<br /> Préstamo en los términos del poder que nos ha sido otorgado por el<br /> Prestatario el ___________.<br /> Esta carta de aceptación se extiende en dos originales, uno para el<br /> Prestatario y el otro para el Prestamista.<br /> Atentamente,<br /> _________________________ ___________________<br /> Firma Fecha<br /> Anexo 5<br /> Kreditanstalt für Wiederaufbau<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Asunto: Contrato de Préstamo N° 9736 del 11 de octubre de 2001 por el<br /> valor en<br /> EUR 2.505.000, celebrado entre la Administración Nacional de<br /> Electricidad - ANDE como "Prestatario" y el KfW como "Prestamista".<br /> Contrato de Arbitraje<br /> Cualesquier controversias resultantes de o relacionadas con el citado<br /> Contrato de Préstamo, incluyendo las controversias sobre su validez, serán<br /> resueltas exclusiva y definitivamente por un tribunal de arbitraje<br /> integrado por un árbitro si la suma en disputa no excede de USD 1,5<br /> millones y, en los demás casos, por tres árbitros que serán designados y<br /> procederán de acuerdo con las Reglas de Conciliación y Arbitraje de la<br /> Cámara de Comercio Internacional de París. El tribunal de arbitraje<br /> procederá de forma que esté asegurada la ejecutividad de la sentencia<br /> dictada. El lugar de arbitraje será Frankfurt am Main y el idioma el<br /> inglés.<br /> Para y en representación de<br /> ........................................(Prestatario)<br /> ______________ (lugar), el ________________ (fecha)<br /> Fdo.: Por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), Ing. Guillermo<br /> Sánchez Rodríguez.<br /> Fdo.: Por la Kreditanstalt für Wiederaufbau, Dr. Kloppenburg, Primer Vice<br /> Presidente y el Señor Solinski, Director Proyecto Mayor."<br /> "CONTRATO DE PRESTAMO<br /> Celebrado el 26 de setiembre de 2001<br /> entre el<br /> KREDITANSTALT FÜR WIEDERAUFBAU,<br /> Frankfurt am Main, ("KfW")<br /> y la<br /> ADMINISTRACION NACIONAL DE ELECTRICIDAD (ANDE)<br /> ("Prestatario")<br /> por el valor en EUR 14.195.000<br /> Préstamo N° 9737<br /> INDICE<br /> Preámbulo<br /> Artículo 1. Monto y Finalidad del Préstamo<br /> Artículo 2. Desembolso<br /> Artículo 3. Comisiones<br /> Artículo 4. Intereses<br /> Artículo 5. Amortización y Prepago<br /> Artículo 6. Forma de Cálculo y Pagos en General<br /> Artículo 7. Impuestos y Gastos, Indemnización<br /> Artículo 8. Garantía de la República Federal de Alemania<br /> Artículo 9. Obligaciones de No Hacer y Pari Passu<br /> Artículo 10. Obligaciones de Hacer<br /> Artículo 11. Casos de Incumplimiento<br /> Artículo 12. Condiciones necesarias para el Desembolso<br /> Artículo 13. Disposiciones Jurídicas Generales<br /> Artículo 14. Declaraciones y Notificaciones<br /> Anexos Modelos de los siguientes documentos:<br /> Anexo 1 Solicitud de Desembolso<br /> Anexo 2 Confirmación de Disponibilidad para la Operación<br /> Anexo 3 Opinión legal del Asesor Jurídico del Prestatario<br /> Anexo 4 Nombramiento del Agente autorizado para recibir Notificaciones<br /> y Carta de Aceptación<br /> Anexo 5 Contrato de Arbitraje<br /> PREAMBULO<br /> Con fecha 26 de setiembre de 2001, el Prestatario suscribió un contrato<br /> ("Contrato de Suministro") con el Consorcio Siemens AG-C.I.E. S.A.<br /> ("Contratista"), para el suministro de un compensador estático de reactivos<br /> ("Equipamiento") y servicios relacionados con el mismo (el conjunto de<br /> suministros y servicios se llamará en lo sucesivo "Proyecto").<br /> El precio total de los bienes y servicios a ser suministrados por el<br /> Contratista en base al Contrato de Suministro y que deberán ser pagados en<br /> euros ("Precio Total") asciende a EUR 15.300.000 incluyendo EUR 13.909.700<br /> para suministros y servicios procedentes de fuera del Paraguay ("Parte<br /> Externa") y EUR 1.390.300 para gastos locales susceptibles de ser cubiertos<br /> por la agencia oficial alemana de seguros de crédito a la exportación<br /> HERMES Kreditversicherungs-AG ("Parte Local susceptible de Cobertura") .<br /> Los gastos del seguro HERMES, de hasta EUR 1.400.000 ("Gastos de HERMES"),<br /> son pagaderos por el Prestatario de acuerdo al Contrato de Suministro.<br /> El Precio Total y los Gastos de HERMES se pagarán como sigue:<br /> 15% de la Parte Externa y la Parte Local susceptible de<br /> Cobertura correspondiente a anticipos y pagos intermedios,<br /> a ser pagado de acuerdo al Contrato de Suministro con cargo<br /> al préstamo del KfW N° 9736 sin cobertura de HERMES;<br /> 15 % de los Gastos de HERMES con cargo al Préstamo del KfW N°<br /> 9736 sin cobertura;<br /> 85% de la Parte Externa y la Parte Local susceptible de<br /> Cobertura, a ser pagado de acuerdo al Contrato de<br /> Suministro con cargo al presente Préstamo N° 9737 con<br /> cobertura de HERMES ("Componente de Crédito");<br /> 85 % de los Gastos de HERMES con cargo al presente Préstamo N°<br /> 9737 con cobertura de HERMES.<br /> El presente Préstamo a ser otorgado por el KfW habrá de servir al<br /> Prestatario para pagar al Contratista 85 % de la Parte Externa y 85 % de la<br /> Parte Local susceptible de Cobertura y 85 % de los Gastos de HERMES (en<br /> conjunto "Elemento de Crédito").<br /> Artículo 1<br /> Monto y Finalidad del Préstamo<br /> 1.1 En base a los términos y las condiciones de este Contrato, y<br /> considerando lo estipulado en la garantía de la República Federal de<br /> Alemania mencionada en el Artículo 8 del mismo, el KfW concede al<br /> Prestatario un préstamo por valor de EUR 14.195.000 (catorce millones<br /> ciento noventa y cinco mil euros) ("Préstamo") dividido en los siguientes<br /> tramos:<br /> Tramo A: 11.823.245 euros correspondientes a la porción del Componente de<br /> Crédito asignada al pago de la Parte Externa;<br /> Tramo B: 1.181.755 euros correspondientes a la porción del Componente<br /> de Crédito<br /> asignada al pago de la Parte Local susceptible de Cobertura<br /> Tramo C: como máximo de 1.190.000 euros correspondientes a la porción de<br /> Componente de Crédito asignada al pago del 85 % de los Gastos de<br /> HERMES.<br /> 1.2 El Préstamo se utilizará exclusivamente para financiar el Componente<br /> de Crédito, entendiéndose que la financiación de cada porción de dicho<br /> Componente según el Artículo 1.1 se limitará al valor del respectivo<br /> Tramo y los Gastos de HERMES. En caso de que la Parte Externa o la Parte<br /> Local susceptible de Cobertura o los Gastos de HERMES se reduzcan antes<br /> del desembolso total de los fondos, el KfW reducirá el Préstamo en un<br /> 85% del importe en que el total de la Parte Externa, la Parte Local<br /> susceptible de Cobertura y los Gastos de HERMES se hubieran disminuido,<br /> reduciéndose también el respectivo Tramo. En caso de que la Parte<br /> Externa o la Parte Local susceptible de Cobertura o los Gastos de HERMES<br /> se reduzcan después del desembolso total de los fondos, el Prestatario<br /> reembolsará inmediatamente al KfW el 85% del importe en que el total de<br /> la Parte Externa, la Parte Local susceptible de Cobertura y los Gastos<br /> de HERMES se hubieran disminuido, junto con la Prima de Prepago<br /> calculada según el Artículo 5.5.2 de este Contrato.<br /> Artículo 2<br /> Desembolso<br /> 2.1.1 El Tramo A será desembolsado como sigue:<br /> Después del cumplimiento de todas las condiciones previas al desembolso<br /> según el Artículo 12 de este Contrato el KfW desembolsará el Préstamo al<br /> Contratista de acuerdo a las disposiciones del Contrato de Suministro.<br /> El KfW desembolsará los fondos cuando le sean presentadas Solicitudes de<br /> Desembolso debidamente firmadas por representantes autorizados del<br /> Contratista en conformidad con el modelo adjunto (Anexo 1). Las<br /> Solicitudes de Desembolso serán dirigidas por el Contratista con por lo<br /> menos 15 días de antelación a la fecha de valor solicitada por fax al<br /> Prestatario y simultáneamente al KfW, agregándose al fax al KfW el<br /> informe de envío del fax al Prestatario.<br /> El KfW confirmará al Prestatario la recepción de la respectiva Solicitud<br /> de Desembolso indicando su número, la fecha de recepción, el monto a ser<br /> desembolsado, la fecha de valor y la fecha límite para la recepción por<br /> el KfW de cualesquiera objeciones del Prestatario al desembolso de<br /> fondos.<br /> Las Solicitudes de Desembolso serán numeradas de forma continua.<br /> A menos que reciba una objeción del Prestatario al respectivo desembolso<br /> por fax por lo menos cinco Días Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main<br /> antes de la fecha de valor de la Solicitud de Desembolso, el KfW quedará<br /> automáticamente autorizado a desembolsar los fondos solicitados al<br /> Contratista.<br /> En caso de objeción a una Solicitud de Desembolso el KfW recibirá la<br /> comunicación correspondiente del Prestatario por fax al menos cinco Días<br /> Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main antes de la fecha de valor<br /> solicitada, comunicación en que el Prestatario deberá confirmar los<br /> montos no objetados y aprobados para el desembolso (indicando el número<br /> de la Solicitud de Desembolso).<br /> Al mismo tiempo el Prestatario informará al Contratista sobre la<br /> objeción al desembolso indicando los motivos de la misma. En tal caso se<br /> desembolsarán sólo los montos no objetados y aprobados por el<br /> Prestatario.<br /> Los montos objetados quedarán pendientes de desembolso hasta que se<br /> logre un acuerdo entre el Prestatario y el Contratista. En caso de que<br /> el Prestatario apruebe su desembolso se incluirán en la próxima<br /> Solicitud de Desembolso en lo posible.<br /> Si el KfW recibe Solicitudes de Desembolso con menos de quince Días<br /> Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main de antelación a la fecha de valor<br /> solicitada para el desembolso, estará autorizado a desembolsar los<br /> fondos correspondientes en cualquier otra fecha siguiente, pero a más<br /> tardar 15 días después de la fecha de recepción de la respectiva<br /> Solicitud de Desembolso por él. En tal caso el KfW informará al<br /> Prestatario y al Contratista de manera correspondiente.<br /> 2.1.2 El Tramo B será desembolsado como sigue:<br /> Después del cumplimiento de todas las condiciones previas al desembolso<br /> según el Artículo 12 de este Contrato el KfW desembolsará el Préstamo al<br /> Contratista de acuerdo a las disposiciones del Contrato de Suministro.<br /> El KfW desembolsará los fondos cuando le sean presentadas Solicitudes de<br /> Desembolso debidamente firmadas por representantes autorizados del<br /> Contratista en conformidad con el modelo adjunto (Anexo 1). Las<br /> Solicitudes de Desembolso serán dirigidas por el Contratista con por lo<br /> menos 15 días de antelación a la fecha de valor solicitada por fax al<br /> Prestatario y simultáneamente al KfW, agregándose al fax al KfW el<br /> informe de envío del fax al Prestatario.<br /> El KfW confirmará al Prestatario la recepción de la respectiva Solicitud<br /> de Desembolso indicando su número, la fecha de recepción, el monto a ser<br /> desembolsado, la fecha de valor y la fecha límite para la recepción por<br /> el KfW de cualesquier objeciones del Prestatario al desembolso de<br /> fondos.<br /> Las Solicitudes de Desembolso serán numeradas de forma continua.<br /> A menos que reciba una objeción del Prestatario al respectivo desembolso<br /> por fax por lo menos cinco Días Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main<br /> antes de la fecha de valor de la Solicitud de Desembolso el KfW quedará<br /> automáticamente autorizado a desembolsar los fondos solicitados al<br /> Contratista.<br /> En caso de objeción a una Solicitud de Desembolso el KfW recibirá la<br /> comunicación correspondiente del Prestatario por fax al menos cinco Días<br /> Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main antes de la fecha de valor<br /> solicitada, comunicación en que el Prestatario deberá confirmar los<br /> montos no objetados y aprobados para el desembolso (indicando el número<br /> de la Solicitud de Desembolso).<br /> Al mismo tiempo el Prestatario informará al Contratista sobre la<br /> objeción al desembolso indicando los motivos de la misma. En tal caso se<br /> desembolsarán sólo los montos no objetados y aprobados por el<br /> Prestatario.<br /> Los montos objetados quedarán pendientes de desembolso hasta que se<br /> logre un acuerdo entre el Prestatario y el Contratista. En caso de que<br /> el Prestatario apruebe su desembolso se incluirán en la próxima<br /> Solicitud de Desembolso en lo posible.<br /> Si el KfW recibe Solicitudes de Desembolso con menos de quince Días<br /> Hábiles de Bancos en Frankfurt am Main de antelación a la fecha de valor<br /> solicitada para el desembolso estará autorizado a desembolsar los fondos<br /> correspondientes en cualquier otra fecha siguiente, pero a más tardar 15<br /> días después de la fecha de recepción de la respectiva Solicitud de<br /> Desembolso por él. En tal caso el KfW informará al Prestatario y al<br /> Contratista de manera correspondiente.<br /> 3. Luego de la recepción provisoria del equipamiento y una vez efectuado<br /> el Estado de Cuenta Final, para el pago del 10 % de retención, efectuado<br /> sobre el 85 % del valor de las obras, y después de haberse alcanzado la<br /> Disponibilidad para la Operación a ser documentada ante el KfW en la<br /> forma indicada en el Anexo 2, se realizará un pago final definitivo<br /> según el resultado del Estado de Cuenta Final. Para este último pago el<br /> KfW tendrá la autorización del desembolso al Contratista, si el<br /> Prestatario no reclama lo contrario al KfW por escrito o vía fax dentro<br /> del plazo de 30 días calendario contados a partir de la fecha de<br /> recepción de la respectiva Solicitud de Desembolso.<br /> 2.1.4 El Tramo C será desembolsado como sigue:<br /> En virtud del presente Contrato, el Prestatario da instrucciones<br /> irrevocables al KfW para que - después de cumplidas todas las<br /> condiciones previas al desembolso según el Artículo 12 y una vez que el<br /> KfW o el Contratista haya recibido de HERMES una factura preliminar<br /> sobre los Gastos de HERMES - efectúe el pago con cargo a este Préstamo<br /> del 100% del monto indicado en la factura preliminar que resulta después<br /> de deducir el 15% que habrá de ser pagado con cargo al Préstamo sin<br /> Cobertura. El KfW contabilizará este desembolso en la cuenta del<br /> Prestatario. No se requiere una Solicitud de Desembolso o el<br /> consentimiento del Prestatario en cualquier otra forma para poder<br /> efectuar este desembolso. Inmediatamente después de haber realizado el<br /> desembolso, el KfW informará por escrito al Prestatario sobre el monto<br /> desembolsado y le enviará una copia de la factura preliminar sobre los<br /> Gastos de HERMES. La factura final de los Gastos de HERMES será<br /> liquidada conforme al Artículo 3.3 de este Contrato de Préstamo.<br /> 2.2 El KfW no estará obligado a efectuar más de un desembolso por importe<br /> inferior a EUR 500.000 por mes calendario, excepto en caso del último<br /> desembolso.<br /> 2.3 El KfW podrá negarse a efectuar desembolsos cuando éstos sean<br /> solicitados después del 30 de agosto de 2003. Sin embargo, en caso de<br /> demorarse la implementación del Contrato de Suministro, el KfW estudiará<br /> la posibilidad y las condiciones para una prórroga de este plazo.<br /> 2.4 El Prestatario no podrá renunciar al desembolso del Préstamo sin<br /> previo consentimiento del KfW, salvo rescisión del Contrato de<br /> Suministro que deberá ser confirmada previamente por las partes del<br /> Contrato de Suministro en forma escrita.<br /> Artículo 3<br /> Comisiones<br /> 1. El Prestatario pagará al KfW una sola vez y dentro de un plazo de 30<br /> días contados a partir de la firma del Contrato de Préstamo, pero en todo<br /> caso antes del primer desembolso, una comisión de administración<br /> (management fee) no reembolsable del 0.50 % flat a cancelar en euros<br /> sobre EUR 14.195.000.<br /> 3.2 El Prestatario pagará al KfW, al término de cada trimestre<br /> calendario, una comisión de compromiso (commitment fee) no reembolsable<br /> del 0.375% anual a cancelar en euros sobre el monto no desembolsado del<br /> Préstamo, la cual se devengará desde la fecha de suscripción del presente<br /> Contrato de Préstamo por parte del KfW hasta la fecha del último<br /> desembolso con cargo al mismo.<br /> 3.3 Dado que los Gastos de HERMES mencionados en el Artículo 2.1.4 se<br /> basan en informaciones preliminares enviadas a HERMES, el monto<br /> correspondiente deberá ser revisado por HERMES, sobre todo debido a<br /> cambios en cuanto al plazo y monto del Préstamo. Si después de esta<br /> revisión por parte de HERMES resulta que el monto a pagar con cargo a<br /> este Préstamo excede la cantidad que ya ha sido pagada por concepto de<br /> Gastos de HERMES en base a los cálculos preliminares de HERMES, el<br /> Prestatario autoriza irrevocablemente al KfW para desembolsar la suma<br /> correspondiente a la diferencia con cargo al Tramo C de este Préstamo.<br /> Si después de la revisión por parte de HERMES resulta que el monto que<br /> ya ha sido pagado por concepto de Gastos de HERMES con cargo a este<br /> Préstamo excede la cantidad de los Gastos de HERMES a pagar después de<br /> haber efectuado la revisión, y suponiendo que HERMES haya devuelto al<br /> KfW la diferencia para su libre disposición, dicha diferencia será<br /> utilizada para prepagar el Tramo C de este Préstamo.<br /> En caso de que el monto disponible del Tramo C no sea suficiente para<br /> pagar la diferencia, el Prestatario pagará el monto adicional al KfW a<br /> primera solicitud de éste.<br /> Artículo 4<br /> Intereses<br /> 4.1 El Prestatario pagará intereses al KfW conforme al Artículo 4.3, a<br /> ser cancelados en euros en la forma y las fechas mencionadas a<br /> continuación ("Fechas de Pago"):<br /> (a) antes de la fecha de vencimiento de la primera cuota de<br /> amortización: el 30 de junio y 30 de diciembre de cada año;<br /> (b) en la fecha de vencimiento de la primera cuota de<br /> amortización: junto con esta cuota; y,<br /> (c) después, en las fechas de vencimiento de las siguientes<br /> cuotas de amortización (conforme a lo establecido en los Artículo 5.1 y<br /> 5.2).<br /> 4.2 Los intereses se devengarán a partir de la fecha de adeudo de las<br /> cantidades desembolsadas y hasta la fecha de abono de las respectivas<br /> cuotas de amortización en la cuenta del KfW mencionada en el Artículo<br /> 6.3.<br /> 4.3 El Prestatario pagará al KfW intereses sobre el Préstamo al tipo del<br /> 5,4 % (cinco coma cuatro por ciento) anual válido durante la vigencia del<br /> Préstamo (TICR oficialmente apoyado según el Consenso OCDE).<br /> Artículo 5<br /> Amortización y Prepago<br /> 5.1 El Prestatario amortizará el Préstamo al KfW en 16 cuotas semestrales<br /> iguales y consecutivas pagaderas en euros, de las cuales la primera<br /> vencerá el 30 de noviembre de 2003 o en una fecha determinada en<br /> conformidad con el Artículo 5.2, según cuál de las dos fechas ocurra<br /> primero. Previamente al pago de la primera cuota, el KfW enviará al<br /> Prestatario un plan de amortización que pasará a formar parte integrante<br /> de este Contrato de Préstamo.<br /> 5.2 En caso de que la fecha de disponibilidad del Equipamiento para<br /> entrar en operación ("Disponibilidad para la Operación") sea una fecha<br /> anterior al 30 de mayo de 2003 el plan de amortización se ajustará de<br /> forma tal que el Prestatario pagará al KfW la primera cuota semestral<br /> seis meses después de la fecha de Disponibilidad para la Operación. La<br /> fecha de Disponibilidad para la Operación deberá ser notificada al KfW<br /> mediante una confirmación conforme al Anexo 2 que el Prestatario deberá<br /> enviar al KfW inmediatamente después de que el Proyecto esté plenamente<br /> disponible para la operación.<br /> 5.3 Los montos del Préstamo que no hayan sido desembolsados serán<br /> deducidos de la(s) cuota(s) de amortización en orden inverso al de su<br /> exigibilidad.<br /> 5.4 En caso del Artículo 5.2 o 5.3, el KfW enviará al Prestatario por<br /> carta certificada aérea o por correo especial un plan de amortización<br /> revisado que pasará a formar parte integrante de este Contrato de<br /> Préstamo, sustituyendo el plan de amortización precedente.<br /> 5.5 Si el Prestatario quisiera prepagar todo o parte del Préstamo<br /> ("prepagar"; "Prepago"), se aplicará los siguientes:<br /> 5.5.1 En caso de que el Prestatario quiera prepagar total o parcialmente<br /> montos del Préstamo, deberá notificárselo al KfW. La notificación<br /> correspondiente deberá ser irrevocable, confirmar la fecha y el monto del<br /> Prepago previsto y ser enviada con por lo menos 30 días de anticipación a<br /> la fecha mencionada. Para cualquier Prepago conforme a este Artículo<br /> 5.5.1, el Prestatario deberá pagar al KfW la cantidad necesaria para<br /> indemnizar eventuales pérdidas o gastos causados al KfW como consecuencia<br /> de este Prepago ("Prima de Prepago"); esta Prima será equivalente al<br /> valor actual de la diferencia entre:<br /> - los intereses que el KfW hubiera recibido si el respectivo<br /> monto no hubiera sido prepagado; y,<br /> - los intereses que el KfW pudiera obtener al invertir los montos<br /> prepagados durante el resto del plazo del Préstamo según los Artículos<br /> 5.1 hasta 5.4; y será calculada por el KfW y comunicada al Prestatario<br /> con el detalle adecuado.<br /> 5.5.2 Los Prepagos se deducirán de las cuotas de principal pendientes de<br /> amortización en orden inverso al de su exigibilidad y deberán tener un<br /> valor de por lo menos EUR 500.000, excepto cuando el saldo pendiente<br /> del Préstamo sea inferior.<br /> 5.5.3 La Prima de Prepago será abonada junto con el respectivo Prepago.<br /> 5.5.4 Si por cualquier razón el Prestatario efectuara un Prepago en una<br /> fecha distinta a una Fecha de Pago, deberá indemnizar al KfW por<br /> cualquier costo financiero adicional.<br /> Artículo 6<br /> Forma de Cálculo y Pagos en General<br /> 6.1 Los intereses, la comisión de compromiso y los eventuales recargos<br /> por mora (Artículos 6.6 y 6.7) así como la Prima de Prepago serán<br /> calculados sobre la base de 360 días/año y 30 días/mes.<br /> 6.2 Si un pago a efectuar en virtud de este Contrato venciera en una<br /> fecha que no fuera Día Hábil de Bancos en Frankfurt am Main, este pago<br /> deberá realizarse el siguiente Día Hábil de Bancos en Frankfurt am<br /> Main del mismo mes (si este día existe) o el anterior Día Hábil de<br /> Bancos en Frankfurt am Main (si este día no existe). A los efectos de<br /> este Contrato, Días Hábiles de Bancos son todos los días excepto<br /> sábados, domingos y festivos en los que en general operen los Bancos<br /> en Frankfurt am Main.<br /> En caso de un ajuste de las fechas de vencimiento establecidas en<br /> este Contrato,<br /> (i) el respectivo período de intereses se ajustará en la forma<br /> correspondiente;<br /> (ii) se aplicará la tasa de interés pagadera en la fecha original de<br /> vencimiento; y,<br /> (iii) el siguiente período de intereses comenzará al término del<br /> período de intereses ajustado.<br /> 6.3 El lugar de cumplimiento para las obligaciones de pago en euros será<br /> Frankfurt am Main. El Prestatario deberá realizar todos los pagos<br /> libres de deducciones por concepto de gastos, derechos o impuestos y<br /> sin ningún tipo de retenciones, exclusivamente en euros libremente<br /> convertibles mediante transferencia a la cuenta N° 2401424483 en el<br /> Kreditanstalt für Wiederaufbau (Código bancario 500 204 00).<br /> El Prestatario sólo será liberado de sus obligaciones de pago en euros<br /> derivadas de este Contrato si y en la medida en que las respectivas<br /> cantidades hayan sido acreditadas en la cuenta arriba mencionada a<br /> libre disposición del KfW antes de las 10:00 a.m. (hora de Frankfurt<br /> am Main).<br /> 6.4 El KfW podrá aplicar, a su discreción, cualquier monto recibido a<br /> cualquier obligación de pago vencida en virtud de este Contrato de<br /> Préstamo o eventuales otros contratos o documentos suscritos entre el<br /> KfW y el Prestatario. En todo caso, la aplicación deberá hacerse en<br /> orden directo al de los vencimientos excepto lo estipulado en el<br /> Artículo 5.5.2.<br /> 6.5 El Prestatario no tendrá derecho de retención, compensación o<br /> reclamación contra obligaciones de pago derivadas de este Contrato,<br /> salvo que este derecho haya sido establecido con fuerza legal<br /> vinculante o no haya sido impugnado por el KfW.<br /> 6.6 El KfW podrá - sin más aviso - aumentar la tasa de interés para<br /> cuotas de capital atrasadas (incluyendo Prepagos notificados y en<br /> atraso) en un 2% anual durante el período de atraso, pero por lo menos<br /> hasta un 2% anual sobre la tasa Euribor válida en la fecha de<br /> vencimiento de la respectiva cuota, durante un período que el KfW<br /> podrá determinar en cada caso. Los intereses sobre cuotas de capital o<br /> Prepagos atrasados deberán ser pagados sin demora a primera solicitud<br /> del KfW.<br /> 6.7 El KfW podrá - sin más aviso - exigir sobre cantidades atrasadas<br /> distintas a cuotas de capital una indemnización<br /> - en euros equivalente a un 2 % anual sobre la tasa EURIBOR<br /> vigente durante el período de atraso, para períodos sucesivos de tres<br /> meses o períodos más cortos que el KfW podrá determinar en cada caso.<br /> Esta indemnización deberá ser pagada sin demora a primera solicitud<br /> del KfW.<br /> 6.8 Salvo error manifiesto, el cálculo de las cantidades mencionadas en<br /> este Contrato constituye prueba prima facie.<br /> Artículo 7<br /> Impuestos y Gastos, Indemnización<br /> 7.1 Antes del primer desembolso, el Prestatario comprobará, a<br /> satisfacción del KfW, que el KfW está exento del pago de impuestos y<br /> costos similares en el Paraguay sobre los pagos efectuados por el<br /> Prestatario en virtud de este Contrato de Préstamo.<br /> 7.2 Todos los pagos del Prestatario en virtud de este Contrato deberán<br /> realizarse libres de deducciones o retenciones. Si el Prestatario<br /> fuese requerido por ley o de otra manera a efectuar cualquier<br /> deducción o retención con respecto a cualquier suma pagadera al KfW,<br /> el Prestatario pagará el monto adicional necesario para asegurar que<br /> el KfW reciba un monto neto igual a la suma que hubiese recibido si<br /> dicha deducción o retención no se hubiera realizado.<br /> 7.3 Todos los impuestos, derechos, tributos, timbres y costos similares<br /> causados fuera de la República Federal de Alemania en relación con la<br /> conclusión y ejecución de este Contrato de Préstamo serán de cargo del<br /> Prestatario. Cualquier costo devengado por tales conceptos en la<br /> República Federal de Alemania, deberá ser pagado por el Prestatario en<br /> caso de que sea causado por él. Si un costo a cargo del Prestatario es<br /> pagado por el KfW, el Prestatario deberá reembolsarlo inmediatamente a<br /> solicitud del KfW.<br /> 7.4 Todos los costos razonables y debidamente justificados, incluyendo<br /> costes legales, resultantes de o en relación con la preparación,<br /> negociación, conclusión, registro, implementación, modificación o<br /> ejecución de este Contrato de Préstamo, los derechos derivados del<br /> mismo o las garantías o documentes pertinentes, serán de cargo del<br /> Prestatario. Si cualquiera de estos costos fuera pagado por el KfW, el<br /> Prestatario deberá reembolsarlo inmediatamente a solicitud del KfW.<br /> 7.5 Si debido:<br /> (a) al cumplimiento de requisitos o regulaciones de un Banco Central<br /> u otra autoridad fiscal o monetaria que sean posteriores a la fecha de<br /> suscripción de este Contrato de Préstamo; o<br /> (b) a un cambio en la ley o en su interpretación o aplicación; o<br /> (c) a la introducción, terminación o renegociación de cualquier<br /> tratado o convenio bilateral o multilateral, particularmente sobre<br /> doble tributación, el KfW incurriera en mayores costos o pérdidas o no<br /> pudiera obtener el margen acordado sobre sus costos de refinanciación<br /> resultantes del otorgamiento de este Préstamo ("Mayores Costos"), el<br /> KfW se lo comunicará al Prestatario y éste indemnizará al KfW a<br /> primera solicitud. La solicitud del KfW deberá estar acompañada de una<br /> nota del KfW indicando los conceptos en que se basa la solicitud y<br /> explicando con suficiente detalle la forma en que se ha calculado el<br /> monto correspondiente.<br /> Artículo 8<br /> Garantía de la República Federal de Alemania<br /> 8.1 El KfW hará garantizar sus derechos derivados del presente Contrato<br /> de Préstamo por la República Federal de Alemania, representada para<br /> estos efectos por la compañía de seguros de crédito Hermes<br /> Kreditversicherungs-Aktiengesellschaft. La existencia ilimitada de<br /> esta garantía será condición previa para cualquier desembolso con<br /> cargo al Préstamo.<br /> 8.2 El KfW tendrá derecho a dar informaciones a las autoridades<br /> competentes de la República Federal de Alemania en relación con la<br /> conclusión e implementación del presente Contrato. El KfW y las<br /> respectivas autoridades tendrán derecho a dar informaciones sobre el<br /> Préstamo a organizaciones internacionales encargadas de recopilar<br /> datos estadísticos, particularmente sobre el servicio de la deuda.<br /> Artículo 9<br /> Obligaciones de No Hacer y Pari Passu<br /> 9.1 En caso de que el Prestatario conceda a un tercero garantías u otros<br /> derechos que permitan a éste una satisfacción preferente de sus<br /> créditos con cargo a activos, propiedades o ingresos del Prestatario,<br /> el Prestatario informará de ello inmediatamente al KfW y, a su<br /> solicitud, otorgará al KfW garantías equivalentes y proporcionales<br /> para sus créditos exigibles bajo este Contrato de Préstamo.<br /> 9.2 La disposición precedente no se aplicará para (i) derechos de<br /> garantía constituidos sobre activos en el momento de su adquisición<br /> como caución para el pago del precio de compra o el financiamiento de<br /> dichos activos y (ii) prestamistas nacionales con respecto a deudas en<br /> moneda local.<br /> 9.3 Dentro del ámbito de la ley aplicable, el Prestatario se compromete a<br /> que sus obligaciones derivadas de este Contrato de Préstamo participen<br /> al menos pari passu con sus demás obligaciones de pago, presentes y<br /> futuras, y que serán pagadas como tales.<br /> Artículo 10<br /> Obligaciones de Hacer<br /> Por el presente Contrato, el Prestatario se obliga con el KfW a:<br /> (a) preparar, implementar y operar el Proyecto de acuerdo con<br /> principios comerciales, financieros y técnicos sólidos;<br /> (b) asegurar el financiamiento total del Proyecto;<br /> (c) preparar, implementar y operar el Proyecto de acuerdo con las<br /> leyes aplicables, especialmente en lo relativo a leyes y normas<br /> ambientales;<br /> (d) asegurar que ni el Prestatario ni ninguno de sus asociados,<br /> funcionarios, directores, empleados o agentes que actúen por su<br /> encargo, ofrezcan, entreguen, insistan en recibir, reciban o soliciten<br /> ningún pago ilegal o ninguna ventaja indebida con el propósito de<br /> influenciar la actuación de cualquier persona en relación con el<br /> Proyecto y el Prestatario, por la presente, manifiesta y asegura que<br /> según su mejor conocimiento y creencia no ha ocurrido hasta la fecha<br /> de la firma de este Contrato de Préstamo ninguno de los actos<br /> indebidos o ilegales arriba mencionados;<br /> (e) informar inmediatamente al KfW de cualquier evento que pueda<br /> impedir o poner en peligro la implementación del Contrato de<br /> Suministro o de cualquier otro contrato importante, la construcción u<br /> operación del Proyecto, el cumplimiento de las obligaciones del<br /> Prestatario derivadas de este Contrato de Préstamo, y que sea<br /> relevante para la concesión o el mantenimiento de la garantía de la<br /> República Federal de Alemania. A solicitud del KfW, el Prestatario<br /> facilitará informaciones sobre la situación financiera del Prestatario<br /> y sobre el Proyecto;<br /> (f) acordar, sólo con previo consentimiento por escrito del KfW,<br /> modificaciones y/o enmiendas al Contrato de Suministro que pudieran<br /> afectar la terminación o la operación prevista del Proyecto, el<br /> volumen de los bienes y servicios, el Precio Total, las condiciones de<br /> pago, las garantías u otras disposiciones del Contrato de Suministro;<br /> (g) proporcionar al KfW, en cuanto sea factible pero no más de seis<br /> meses después de terminado el respectivo ejercicio, sus estados<br /> financieros auditados, incluyendo balance y estado de resultados<br /> certificados, junto con las notas aclaratorias a los mismos;<br /> (h) permitir a los representantes del KfW, sus agentes y personas<br /> designadas en cualquier momento la inspección del Proyecto y de todas<br /> las instalaciones relacionadas con el mismo;<br /> (i) informar al KfW inmediatamente y por escrito de la ocurrencia o<br /> potencial ocurrencia de cualquier Caso de Incumplimiento (según<br /> definición del Artículo 11.1).<br /> Artículo 11<br /> Casos de Incumplimiento<br /> 11.1 El KfW estará facultado, sin necesidad de recurrir a ninguna clase de<br /> procedimiento legal, para suspender los desembolsos o dar por<br /> terminado el Préstamo y exigir el pago inmediato de todas las sumas<br /> adeudadas en virtud de este Contrato de Préstamo, si ocurriere<br /> cualquier evento considerado como causa importante según las leyes<br /> alemanas ("Caso de Incumplimiento"), especialmente si:<br /> (a) el Prestatario no cumple cualquier obligación de pago con<br /> el KfW;<br /> (b) el Prestatario no cumple cualquier otra obligación con el<br /> KfW;<br /> (c) el Prestatario está en atraso con los pagos en virtud de un<br /> contrato de préstamo, garantía u otro instrumento relativo a dinero<br /> prestado;<br /> (d) cualesquier declaraciones, confirmaciones, informaciones,<br /> representaciones o garantías, que en opinión del KfW sean esenciales<br /> para otorgar y mantener el Préstamo, prueben ser incorrectas,<br /> engañosas o incompletas;<br /> (e) el Contrato de Suministro fuera cancelado, rescindido o<br /> terminado por cualquier causa distinta a su ejecución o su vigencia<br /> cesara por cualquier razón o surgieran eventos que impidan o amenacen<br /> seriamente la conclusión o la operación prevista del Proyecto;<br /> (f) una ley, regulación, sentencia, directiva o acto de autoridad u<br /> orden de cualquier tribunal impide la debida ejecución y cumplimiento<br /> o afecta la validez de este Contrato de Préstamo o de cualquier<br /> garantía constituida bajo el mismo;<br /> (g) se produce cualquier alteración en el estatus legal, el control,<br /> la naturaleza o el volumen de negocios del Prestatario con respecto a<br /> la situación en la fecha de suscripción de este Contrato de Préstamo<br /> que bajo juicio razonable del KfW perjudique sustancialmente los<br /> intereses del KfW;<br /> (h) el Prestatario se viera afectado por una de las siguientes<br /> circunstancias: designación de un síndico de quiebras, declaración de<br /> una moratoria para cualquiera de sus deudas, quiebra, cese del<br /> negocio, insolvencia, liquidación forzosa o voluntaria, venta de una<br /> parte sustancial de sus activos o cualquier otro evento similar;<br /> (i) a juicio razonable del KfW, la situación financiera del<br /> Prestatario se deteriora o sus activos estén en peligro o se produzcan<br /> otras circunstancias excepcionales que pongan en peligro, retrasen o<br /> impidan el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este Contrato<br /> de Préstamo.<br /> 11.2 Si se produjera una de las circunstancias mencionadas en el Artículo<br /> 11.1 (a) o (b), el KfW podrá rescindir el presente Contrato y exigir<br /> el reembolso inmediato sólo si dicha circunstancia no fuera eliminada<br /> en un plazo de 5 días (en caso del Artículo 11.1 (a)) o 30 días (en<br /> caso del Artículo 11.1 (b)), desde que se refiera a obligaciones<br /> diferentes de las establecidas en el Artículo 10.1 (d) en cuyo caso no<br /> se aplicará ningún plazo para remediar la respectiva circunstancia<br /> después de una reclamación del KfW.<br /> En caso de que el KfW termine el Contrato de Préstamo debido a un<br /> Caso de Incumplimiento, los Artículos 6.6 y 6.7 se aplicarán mutatis<br /> mutandis para las cantidades a repagar anticipadamente.<br /> 11.3 Si se efectuara un repago anticipado conforme los Artículos 11.1 o<br /> 11.2, el Prestatario indemnizará al KfW de las pérdidas o gastos en<br /> que el KfW incurra como consecuencia de ello. En este caso habrá lugar<br /> a una Prima de Prepago o gastos por suspensión del financiamiento, que<br /> serán calculados conforme al Artículo 5.5.<br /> 11.4 Cualquier declaración del KfW en virtud del párrafo precedente deberá<br /> ser hecha y se considerará recibida según el Artículo 14.2 de este<br /> Contrato.<br /> Artículo 12<br /> Condiciones necesarias para el Desembolso<br /> La obligación del KfW de efectuar desembolsos con cargo a este<br /> Contrato de Préstamo está sujeta al cumplimiento satisfactorio de las<br /> siguientes condiciones:<br /> 12.1 Haberse presentado gratuitamente al KfW, a más tardar dos meses<br /> después de la firma de este Contrato de Préstamo pero como mínimo 14<br /> días hábiles antes de la fecha del primer desembolso, los siguientes<br /> documentos aceptados por el KfW como satisfactorios en cuanto a forma<br /> y contenido:<br /> (a) una opinión legal satisfactoria para el KfW, a ser emitida por<br /> el asesor jurídico del Prestatario en la forma mencionada en el Anexo<br /> 3 de este Contrato y acompañada de los documentos requeridos<br /> razonablemente por el KfW;<br /> (b) copia de los documentos sobre la constitución del Prestatario<br /> incluyendo eventuales enmiendas (Memorandum y Artículos de<br /> Asociación/Estatutos), en la forma actualmente vigente y certificados<br /> por el Jefe del Departamento Jurídico del Prestatario;<br /> (c) copia(s) de la(s) resolución(es) del órgano (u órganos)<br /> competente(s) del Prestatario o, en su caso, de todos los demás<br /> documentos necesarios para autorizar la contratación del Préstamo y<br /> otorgar poderes a las personas firmantes para poder ejecutar el<br /> Contrato de Préstamo en representación del Prestatario; todas las<br /> copias deberán estar certificadas por el Jefe del Departamento<br /> Jurídico del Prestatario;<br /> (d) especímen(es) de firma(s) de la(s) persona(s) autorizada(s)<br /> conforme al párrafo (c); estos especímenes deberán estar certificados<br /> por el Jefe del Departamento Jurídico del Prestatario;<br /> (e) copias de todos los documentos emitidos por las autoridades<br /> competentes con objeto de autorizar irrevocablemente al Prestatario<br /> para recibir y ejecutar el Contrato de Préstamo y transferir al KfW<br /> todos los montos vencidos en la moneda acordada a este efecto; todas<br /> las copias deberán estar certificadas por el Jefe del Departamento<br /> Jurídico del Prestatario;<br /> (f) un certificado del Prestatario incluyendo los nombres y los<br /> especímenes de firmas de las personas autorizadas para firmar en<br /> nombre y representación del Prestatario las Solicitudes de Desembolso<br /> así como todos los demás documentos y declaraciones relacionados con<br /> este Contrato de Préstamo. El Prestatario actualizará este certificado<br /> en caso de cualquier cambio de las personas o sus poderes;<br /> (g) aceptación del Agente autorizado para recibir Notificaciones<br /> según el Artículo 13.4, conforme al Anexo 4;<br /> (h) confirmación escrita del Prestatario de que el Contrato de<br /> Suministro ha entrado en vigor y que el Prestatario ha obtenido todos<br /> los permisos y autorizaciones necesarios para la compra e importación<br /> del Equipamiento así como la implementación y operación del Proyecto;<br /> (i) comprobación conforme al Artículo 7.1;<br /> (j) cualquier otro documento relacionado con este Contrato de<br /> Préstamo que el KfW pudiera razonablemente solicitar.<br /> 12.2 No haberse producido un Caso de Incumplimiento conforme al Artículo<br /> 11 u otro evento o condición que con el envío de un aviso o en el<br /> transcurso del tiempo constituiría un Caso de Incumplimiento.<br /> 12.3 El KfW haya recibido la suma completa de todos los pagos vencidos en<br /> virtud del Artículo 3.<br /> 12.4 El KfW haya recibido la Garantía de la República Federal de Alemania<br /> mencionada en el Artículo 8 en forma satisfactoria para él y esta<br /> Garantía sea plenamente válida y efectiva.<br /> Artículo 13<br /> Disposiciones Jurídicas Generales<br /> 13.1 Este Contrato se regirá por las leyes de la República Federal de<br /> Alemania.<br /> 13.2 El lugar de cumplimiento para las obligaciones de pago en EUR será<br /> Frankfurt am Main.<br /> 13.3 Cualesquiera controversias resultantes de o relacionadas con este<br /> Contrato de Préstamo, incluyendo las controversias sobre su validez,<br /> serán resueltas exclusiva y definitivamente de acuerdo con lo<br /> estipulado en el Contrato de Arbitraje incluido en el Anexo 5 que será<br /> firmado separadamente.<br /> Alternativamente, el KfW se reserva el derecho de promover acciones o<br /> procedimientos legales relacionados con este Contrato de Préstamo ante<br /> cualquier tribunal competente en Asunción o el tribunal regional en<br /> Frankfurt am Main, República Federal de Alemania, o cualquier otro<br /> tribunal con jurisdicción sobre el Prestatario o sus activos. Por el<br /> presente Contrato, el Prestatario se somete irrevocablemente a la<br /> jurisdicción de cada uno de estos tribunales.<br /> 13.4 Para recibir las notificaciones en caso de acciones ante un tribunal<br /> en la República Federal de Alemania, el Prestatario nombrará un Agente<br /> aceptable para el KfW con domicilio en Frankfurt am Main y lo<br /> mantendrá hasta que el Préstamo haya sido amortizado totalmente. Con<br /> la debida anticipación al primer desembolso con cargo al Préstamo, el<br /> Prestatario enviará al KfW la carta de aceptación de este Agente<br /> conforme al Anexo 4.<br /> 13.5 Este Contrato de Préstamo es jurídicamente independiente del Contrato<br /> de Suministro. Por ello, el Prestatario no podrá hacer valer en<br /> relación con este Contrato de Préstamo objeciones o excepciones<br /> derivadas del Contrato de Suministro.<br /> 13.6 En caso de que una disposición de este Contrato fuera inválida, esta<br /> invalidez no afectará las demás disposiciones. Cualquier vacío que se<br /> produjera como consecuencia de ello será llenado mediante una<br /> disposición de acuerdo con el espíritu y objetivo de este Contrato de<br /> Préstamo.<br /> 13.7 Los pagos efectuados al KfW bajo este Contrato en base a una<br /> sentencia o resolución judicial o de otra manera no eximirán al<br /> Prestatario de la obligación, en cumplimiento de la cual fueron<br /> realizados, hasta que el KfW haya recibido el respectivo monto en la<br /> moneda acordada. Si como consecuencia de la necesidad de convertir el<br /> monto pagado a la moneda de su vencimiento éste resultara inferior al<br /> valor de la obligación denominada en la moneda acordada, el<br /> Prestatario quedará obligado a pagar al KfW una suma que después del<br /> cambio a la moneda de vencimiento del pago sea equivalente a la<br /> diferencia correspondiente.<br /> 13.8 La falta o demora en el ejercicio por parte del KfW de cualquier<br /> derecho derivado de este Contrato no podrá considerarse como renuncia<br /> al mismo. El ejercicio único o parcial de un derecho, no excluirá el<br /> ejercicio ulterior de dicho derecho en el futuro.<br /> 13.9 En caso de que el Prestatario solicite bajo cualquier jurisdicción<br /> para si mismo o su patrimonio la inmunidad de juicio, ejecución,<br /> embargo u otras acciones legales, y si ésta fuera concedida, el<br /> Prestatario se compromete, en forma irrevocable, a no hacer uso de<br /> esta inmunidad, renunciando irrevocablemente a esta inmunidad en la<br /> medida en que lo permitan las leyes de la respectiva jurisdicción.<br /> 13.10 El Prestatario no podrá ceder o empeñar derechos o transferir<br /> obligaciones resultantes de este Contrato de Préstamo sin previo<br /> consentimiento del KfW.<br /> 13.11 Las obligaciones del Prestatario derivadas de los Artículos 5.5, 6.6,<br /> 6.7, 7.2 a través de los Artículos 7.5, 11.2, 11.3, 13 y 14<br /> permanecerán vigentes después de la amortización del Préstamo y/o la<br /> terminación de este Contrato de Préstamo.<br /> Artículo 14<br /> Declaraciones y Notificaciones<br /> 14.1 Las modificaciones o enmiendas de este Contrato de Préstamo deberán<br /> hacerse por escrito.<br /> 14.2 Las declaraciones o comunicaciones en relación con este Contrato de<br /> Préstamo se enviarán por carta aérea o teletransmisión a las<br /> siguientes direcciones:<br /> Para el KfW: Kreditanstalt für Wiederaufbau<br /> atn.: Departamento K 2 b 1<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Teléf.: (0049-69) 74 31-0<br /> Fax: (0049-69) 74 31-2944 o<br /> -3344<br /> Para el Prestatario: Administración Nacional de Electricidad (ANDE)<br /> Atn.: Sr. Presidente<br /> Avda. España 1268<br /> Asunción<br /> Paraguay<br /> Telefax (00595)21 2122371<br /> Telex 142 py ANDE<br /> Las declaraciones o comunicaciones se considerarán recibidas:<br /> (a) en caso de envío aéreo, siete días después de haber sido<br /> despachadas por correo aéreo certificado con porte pagado, o<br /> (b) en caso de teletransmisión, cuando ésta esté concluida.<br /> 14.3 Eventuales cambios de la razón social, las direcciones, los poderes<br /> de representación y los especímenes de firma serán vinculantes sólo<br /> cuando hayan sido notificados a la otra parte contratante.<br /> 14.4 La correspondencia entre el KfW y el Prestatario relacionada con este<br /> Contrato de Préstamo será redactada en inglés o español. Cualquier<br /> documento o información a ser suministrado por el Prestatario en<br /> virtud de este Contrato deberá estar en inglés o en español.<br /> 14.5 Este Contrato de Préstamo será expedido en idioma español en dos<br /> ejemplares de los cuales cada uno constituirá un original.<br /> Fdo.: Por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), Ing. Guillermo<br /> Sánchez Rodríguez, Presidente.<br /> Fdo.: Por la Kreditanstalt für Wiederaufbau, Dr. Kloppenburg, Primer Vice<br /> Presidente y el Señor Solinski, Director Proyecto Mayor.<br /> Anexo 1<br /> (página 1)<br /> Kreditanstalt für Wiederaufbau<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Solicitud*) de Desembolso No. ...<br /> para pagos exigibles por concepto de exportaciones correspondientes a<br /> la Parte Externa según el Contrato de Suministro, a cancelar con<br /> cargo al Tramo A y al Tramo B del Contrato de Préstamo<br /> K II b 1/ Crédito No. 9737<br /> Contrato de Préstamo del .............................<br /> por el valor en EUR 14.195.000<br /> A. Suministros/Servicios<br /> Según la lista adjunta,<br /> (desde la última Solicitud de Desembolso<br /> N°.......del...........................)/ hasta la fecha**)<br /> se han acumulado pagos exigibles por concepto<br /> de exportaciones por valor total de<br /> EUR..........................<br /> que forman parte del Precio Total.<br /> B. Cálculo del monto a ser desembolsado<br /> (1) Pagos exigibles según la presente<br /> Solicitud de Desembolso N°...... EUR<br /> ............................<br /> (2) Menos 15% de anticipo y pagos intermedios<br /> a pagar con cargo al Préstamo N° _____ /. EUR<br /> ............................<br /> (3) Menos 10% de retención EUR<br /> ............................<br /> (4) Cantidad a desembolsar EUR<br /> ............................<br /> _______________<br /> *) Según el Artículo 2.2 del Contrato de Préstamo, se podrá efectuar<br /> sólo un desembolso por importe inferior a EUR 500.000 por mes<br /> calendario, excepto en caso del último desembolso.<br /> **) Favor tachar lo que no proceda.<br /> Anexo 1<br /> (página 2)<br /> II. Confirmación del Contratista<br /> Por la presente confirmamos que<br /> (1) hasta la fecha, el Prestatario ha cumplido con sus obligaciones<br /> de pago según el Contrato de Suministro así como con la obligación de<br /> presentar garantías a nuestro favor;<br /> (2) los suministros y servicios objeto de esta Solicitud de<br /> Desembolso están en conformidad con el Contrato de Suministro y las<br /> condiciones de la garantía otorgada por la República Federal de<br /> Alemania;<br /> (3) no es necesaria*/sigue siendo válida* una/la* licencia de<br /> suministro de la Oficina Federal de Economía (Bundesamt für<br /> Wirtschaft);<br /> (4) el Contrato de Suministro ha entrado en vigor el<br /> _________________y sigue siendo válido;<br /> (5) cualesquier impuestos o derechos incluidos en esta Solicitud de<br /> Desembolso han sido calculados en conformidad con las reglas vigentes<br /> en Paraguay.<br /> Les rogamos se sirvan transferir la suma a desembolsar a nuestra<br /> cuenta<br /> N° ......................... en<br /> ..........................................(banco)<br /> ..........................., el...........................<br /> (lugar) (fecha)<br /> ...............................................................<br /> Contratista<br /> (firmas autorizadas)<br /> ____________________<br /> *) Favor tachar lo que no proceda<br /> Anexo 1<br /> (página 3)<br /> Lista de facturas<br /> para los bienes y servicios suministrados en que se basa la Solicitud de<br /> Desembolso<br /> (1) Factura del .............................; N°<br /> ............................; EUR ..............<br /> ..............................................<br /> (Items)<br /> suministrados según conocimiento de embarque/<br /> de transporte aéreo<br /> expedido el ...................<br /> emitido por................ a favor de............................<br /> (2) Factura del .............................; N°<br /> ............................; EUR ..............<br /> ..............................................<br /> (Items)<br /> suministrados según conocimiento de embarque/<br /> de transporte aéreo<br /> expedido el ...................<br /> emitido por................ a favor de...........................<br /> (3) Factura del .............................; N°<br /> ............................; EUR ..............<br /> ..............................................<br /> (Items)<br /> suministrados según conocimiento de embarque /<br /> de transporte aéreo<br /> expedido el ...................<br /> emitido por................ a .favor de...........................<br /> ____________________________________________________________________<br /> Suma EUR ..............<br /> Confirmado:<br /> ...................................., ................................<br /> (lugar) (fecha)<br /> .....................................................................<br /> Contratista<br /> Anexo 2<br /> Kreditanstalt für Wiederaufbau<br /> Palmengartenstrasse 5 - 9<br /> D-60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Confirmación<br /> K II b 1/ Crédito No. 9737<br /> Contrato de Préstamo del .............................<br /> por el valor en EUR 14.195.000<br /> De acuerdo con el Artículo 5.2 del Contrato de Préstamo, por la presente<br /> confirmamos que el Proyecto ha alcanzado la fecha de Disponibilidad para la<br /> Operación el................................ . A solicitud de ustedes les<br /> enviaremos copias de los documentos e informes en base a los cuales ha sido<br /> calculada esta fecha.<br /> ..................................., ............................<br /> ..................................., ............................<br /> (lugar) (fecha) (lugar)<br /> (fecha)<br /> Contratista Prestatario<br /> (firmas autorizadas) (firmas autorizadas)<br /> Anexo 3<br /> Modelo<br /> de una opinión legal a ser emitida por el Jefe del Departamento Jurídico<br /> del Prestatario<br /> .....................................................<br /> (fecha)<br /> Kreditanstalt für Wiederaufbau ("KfW")<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Contrato de Préstamo No. 9737, firmado el __________ entre el Kreditanstalt<br /> für Wiederaufbau ("KfW") y Administración Nacional de Electricidad - ANDE<br /> ("Prestatario") por un valor en EUR 14.195.000<br /> Estimados señores:<br /> Soy Jefe del Departamento Jurídico del Prestatario, habiendo actuado en tal<br /> función en relación con un contrato de préstamo y un contrato de arbitraje<br /> pertinente al mismo (juntos designados como "Contrato de Préstamo"),<br /> firmados entre el Prestatario y ustedes el...................., referentes<br /> a un préstamo a ser concedido por ustedes al Prestatario por un valor en<br /> EUR _____ .<br /> Con el fin de emitir la presente opinión, he examinado:<br /> A. un original firmado auténtico del Contrato de Préstamo;<br /> B. los documentos de constitución del Prestatario, en particular,<br /> (1) Ley(es) No. . . . . . . . . ., de fecha. . . . . . . . . . . . .<br /> . ., debidamente publicada(s) en. . . . . . . . . . . . . . . .<br /> . . . ., No. . . . . . . . . . . . . ., página . . .., en su<br /> versión enmendada [en caso de que existan, favor incluir leyes<br /> de creación del Prestatario y/o que rijan para su organización y<br /> sus actividades];<br /> (2) Estatutos (. . . . . . . . . . . . . . o memorandos y artículos<br /> de asociación . . . . . . . .) del Prestatario, en su versión<br /> actualmente en vigor, publicados/registrados en/por . . . . . .<br /> . . .,<br /> (3) . . . . . . . . . . . . . . . . [favor indicar aquí otros<br /> documentos constitutivos del Prestatario];<br /> C. ................... [favor especificar otros documentos, por ejemplo<br /> documentos de garantía, títulos de propiedad de tierra, en caso de que<br /> sean relevantes. Favor asegurar que las siguientes opiniones se<br /> refieren también a cualesquier otros documentos otorgados por el<br /> Prestatario que aquí se mencionan.]<br /> así como otras leyes, reglamentos, certificados, registros y<br /> documentos cuyo examen haya considerado necesario o conveniente.<br /> Adicionalmente efectué las investigaciones que considere necesarias o<br /> convenientes para poder emitir la presente opinión.<br /> Por consiguiente, para los efectos del Artículo 12 del Contrato de<br /> Préstamo es mi opinión que en virtud de la legislación actualmente<br /> vigente en ...............<br /> ("........................................"):<br /> (a) el Prestatario es un/a [favor especificar; por ejemplo<br /> corporación/empresa pública/privada] debidamente constituída de<br /> acuerdo con las leyes de ........................................, y<br /> registrada en el Registro [de empresas/Comercial] de. . . . . . . .<br /> bajo el No. . . . . . . . . ., el/la cual tiene plenos poderes y<br /> autoridad para suscribir el Contrato de Préstamo y ha realizado todos<br /> los actos necesarios para autorizar la ejecución, el cumplimiento y la<br /> implementación del Contrato de Préstamo, en particular:<br /> (1) Resolución(es) No(s). . . . . . . . de fecha . . . . . . . de la<br /> Junta Directiva [o: Directorio/Consejo de Administración/. . . .<br /> . . . . . . . . .[favor indicar lo que proceda( del<br /> Prestatario;<br /> (2) . . . . . . . . . . . [otras resoluciones, decisiones etc.] . .<br /> . . . . . . .;<br /> (b) La señora /El señor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (y<br /> la señora/el señor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .)<br /> ha(n) sido debidamente autorizado(s) por . . . . . . . . . . . . . . .<br /> . para firmar sólo/conjuntamente en nombre del Prestatario. El<br /> Contrato de Préstamo firmado por la señora /el señor . . . . . . . . .<br /> . . . . . . . . . . . . . . (y la señora/el señor . . . . . . . . . .<br /> . . . . . . . . . . . . .) ha sido debidamente otorgado y constituye<br /> obligaciones legalmente válidas del Prestatario ejecutables contra él<br /> de acuerdo a sus términos;<br /> (c) Para los efectos de la ejecución y el cumplimiento del Contrato de<br /> Préstamo por parte del Prestatario (incluyendo, sin ninguna<br /> limitación, la obtención y transferencia al KfW de todos los montos<br /> debidos en virtud del Contrato de Préstamo en la o las moneda(s)<br /> especificadas en el mismo), las siguientes autorizaciones, permisos,<br /> licencias, registros y/o aprobaciones/consentimientos han sido<br /> otorgados y se encuentran en pleno vigor y eficacia:<br /> (1) Aprobación del . . . . . . . . . . . . . . . [Banco<br /> Central/Nacional, Banco de .../. . . . . . . . . . . . ] de<br /> fecha . . . . . . . . . . . . . . ., No. . . . . . . . . . . . .<br /> .;<br /> (2) Consentimiento del . . . . . . . . . . . . . [Órgano/oficina<br /> gubernamental/Ministerio de.. . . . . . . . .], de fecha . . . .<br /> . . . . ., No. . . . . . . ;<br /> (3) . . . . . . . . . . . . . . . [favor indicar cualesquier otras<br /> autorizaciones, permisos, licencias y/o<br /> aprobaciones/consentimientos] . . . . . . . . . . . . . .;<br /> Ni en ........................................ ni, según nuestro mejor<br /> saber y entender, en ningún otro país donde el Prestatario realice<br /> actividades, son necesarios o aconsejables otros consentimientos,<br /> licencias, registros y/o aprobaciones de cualesquiera autoridades,<br /> agencias gubernamentales (incluyendo el Banco Central/Nacional, de<br /> ........................................) o tribunales en relación con<br /> la ejecución y el cumplimiento del Contrato de Préstamo por parte del<br /> Prestatario, ni para la validez o ejecutoriedad de sus obligaciones<br /> resultantes del mismo. No se deberán pagar timbres ni impuestos<br /> similares en relación con la validez o ejecutoriedad del Contrato de<br /> Préstamo;<br /> d) La aplicación de la legislación alemana al Contrato de Préstamo y el<br /> sometimiento al arbitraje y la jurisdicción de acuerdo al Artículo 13<br /> del Contrato de Préstamo son válidas y vinculantes. Cualesquier fallos<br /> arbitrales o sentencias emitidos por tribunales de la República<br /> Federal de Alemania contra el Prestatario serán reconocidos y<br /> ejecutorios en ........................................ conforme a las<br /> siguientes reglas:..............................;<br /> e) Los tribunales de ........................................ están en<br /> libertad de emitir sentencias denominadas en la moneda o las monedas<br /> especificada(s) en el Contrato de Préstamo;<br /> (f) La contratación del préstamo por el Prestatario así como la ejecución<br /> y el cumplimiento del respectivo Contrato de Préstamo por parte del<br /> Prestatario constituyen actos privados y comerciales y no actos<br /> gubernamentales o públicos. Ni el Prestatario ni ninguna de sus<br /> propiedades gozan del derecho de inmunidad en caso de arbitraje,<br /> acción judicial, ejecución, embargo u otras acciones legales;<br /> g) En conformidad con . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br /> . . . . [favor especificar tratado o leyes y reglamentos aplicables],<br /> el Prestatario no podrá ser obligado a efectuar cualquier deducción o<br /> retención con respecto a un pago que el Prestatario deba realizar de<br /> acuerdo al Contrato de Préstamo y, en el caso de que tal deducción o<br /> retención le sea impuesto posteriormente, se aplicarán las<br /> disposiciones del Artículo 7 del Contrato de Préstamo que obligan al<br /> Prestatario a indemnizar al KfW de forma correspondiente;<br /> h) No se considera ni se considerará que el KfW tiene sede o domicilio en<br /> ........................................ ni que ejerce negocios o está<br /> sujeto al pago de impuestos en la misma tan solamente a causa de la<br /> ejecución y el cumplimiento del Contrato de Préstamo. No es necesario<br /> ni aconsejable que el KfW sea licenciado, calificado o facultado de<br /> otra manera para realizar negocios o que designe agentes o<br /> representantes en ........................................;<br /> (i) El.......................................[favor indicar el documento<br /> de garantía al que se hace referencia en la sección C arriba<br /> mencionada, si fuera aplicable] constituye un(a)<br /> .................................[favor especificar] de primer rango<br /> que ha sido otorgado de forma válida y perfecta por el Prestatario.<br /> Por consiguiente, las obligaciones del Prestatario en virtud del<br /> Contrato de Préstamo constituyen obligaciones directas,<br /> incondicionales, legales, válidas y vinculatorias del Prestatario, las<br /> cuales en lo que se refiere a obligaciones de pago participan y<br /> participarán por lo menos a un nivel pari passu con todas las actuales<br /> y futuras deudas del Prestatario y son ejecutables contra el<br /> Prestatario de acuerdo a sus términos.<br /> La presente opinión legal se limita a las leyes de ................<br /> . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .<br /> . . . . . . . . . . . . .<br /> (lugar) (fecha) (nombre)<br /> Jefe del Departamento Jurídico<br /> del Prestatario<br /> Anexo 4a)<br /> [Membrete del Prestatario]<br /> _____________________<br /> (Agente autorizado)<br /> 2. Kreditanstalt für Wiederaufbau ("KfW")<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> PODER<br /> Asunto: Contrato de Préstamo N° 9737 del _____________ por el valor en<br /> EUR 14.195.000, celebrado entre la Administración Nacional de<br /> Electricidad - ANDE como "Prestatario" y el KfW como "Prestamista".<br /> ..............., por la presente nombra a<br /> ____________________________________________, Frankfurt am Main<br /> como su agente y apoderado legal en relación con el mencionado Contrato de<br /> Préstamo, autorizándole para recibir en su nombre cualquier oficio o<br /> notificación en relación con acciones ante un tribunal alemán derivadas del<br /> mencionado Contrato de Préstamo.<br /> Este nombramiento se entiende en los términos del Artículo 13.4 del<br /> mencionado Contrato de Préstamo y será irrevocable hasta que el Préstamo<br /> haya sido totalmente amortizado.<br /> Este poder se extiende en dos originales, uno para el Agente autorizado y<br /> el otro para el Prestamista.<br /> _________________________ ___________________<br /> Firma Fecha<br /> Anexo 4b)<br /> [Membrete del Agente autorizado]<br /> 1. _____________________<br /> (Nombre y dirección del Prestatario)<br /> 2. Kreditanstalt für Wiederaufbau ("KfW")<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> PODER<br /> Asunto: Contrato de Préstamo N° 9737 del _____________ por el valor en<br /> EUR 14.195.000, celebrado entre la Administración Nacional de<br /> Electricidad - ANDE como "Prestatario" y el KfW como "Prestamista".<br /> Estimados señores:<br /> Por la presente nos es grato comunicarles que aceptamos el nombramiento<br /> como Agente del Prestatario en relación con el mencionado Contrato de<br /> Préstamo en los términos del poder que nos ha sido otorgado por el<br /> Prestatario el ___________.<br /> Esta carta de aceptación se extiende en dos originales, uno para el<br /> Prestatario y el otro para el Prestamista.<br /> Atentamente,<br /> _________________________ ___________________<br /> Firma Fecha<br /> Anexo 5<br /> Kreditanstalt für Wiederaufbau<br /> Palmengartenstrasse 5-9<br /> 60325 Frankfurt am Main<br /> República Federal de Alemania<br /> Asunto: Contrato de Préstamo N° 9737 del 11 de octubre de 2001 por el<br /> valor en<br /> EUR 14.195.000, celebrado entre Administración Nacional de<br /> Electricidad - ANDE como "Prestatario" y el KfW como "Prestamista".<br /> Contrato de Arbitraje<br /> Cualesquier controversias resultantes de o relacionadas con el citado<br /> Contrato de Préstamo, incluyendo las controversias sobre su validez, serán<br /> resueltas exclusiva y definitivamente por un tribunal de arbitraje<br /> integrado por un árbitro si la suma en disputa no excede de USD 1,5<br /> millones y, en los demás casos, por tres árbitros que serán designados y<br /> procederán de acuerdo con las Reglas de Conciliación y Arbitraje de la<br /> Cámara de Comercio Internacional de París. El tribunal de arbitraje<br /> procederá de forma que esté asegurada la ejecutividad de la sentencia<br /> dictada. El lugar de arbitraje será Frankfurt am Main y el idioma el<br /> inglés.<br /> Para y en representación de<br /> ........................................(Prestatario)<br /> ______________ (lugar), el ________________ (fecha)<br /> Fdo.: Por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), Ing. Guillermo<br /> Sánchez Rodríguez.<br /> Fdo.: Por la Kreditanstalt für Wiederaufbau, Dr. Kloppenburg, Primer Vice<br /> Presidente y el Señor Solinski, Director Proyecto Mayor."<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los<br /> veintiocho días del mes de octubre del año dos mil cuatro, quedando<br /> sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los diez días<br /> del mes de marzo del año dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel<br /> Carrizosa Galiano<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Edgar Domingo Venialgo Recalde Cándido Vera<br /> Bejarano<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 31 de marzo de 2005<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Dionisio Borda<br /> Ministro de Hacienda