Ley 2594

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 2594/2005<br /> QUE APRUEBA EL ACUERDO POR NOTAS REVERSALES ENTRE EL GOBIERNO DE LA<br /> REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE<br /> AMERICA SOBRE EJERCICIOS E INTERCAMBIOS MILITARES BILATERALES<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Apruébase el "Acuerdo por Notas Reversales entre el<br /> Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de los Estados Unidos<br /> de América sobre Ejercicios e Intercambios Militares Bilaterales", suscrito<br /> en Asunción el 31 de marzo de 2005, y cuya realización se tiene prevista<br /> desde el 1 de junio de 2005 hasta el 31 de diciembre de 2006, con la<br /> participación de los miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos<br /> de América, cuyo texto es como sigue:<br /> "N.R. N° 2/05<br /> Asunción, 31 de marzo de 2005<br /> Señor Embajador:<br /> Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en ocasión de<br /> acusar recibo de su Nota N° 011 con fecha 08 de marzo de 2005, que expresa<br /> cuanto sigue:<br /> ´Excelencia:<br /> Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el<br /> propósito de hacer referencia a recientes conversaciones mantenidas entre<br /> representantes de nuestros dos gobiernos sobre ejercicios e intercambios<br /> militares bilaterales que se realizarán en la República del Paraguay<br /> durante el período desde el primero de junio del año 2005 hasta el treinta<br /> y uno de diciembre del año 2006, con la participación de miembros de las<br /> Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América. Estas actividades<br /> incluyen, entre otras, las que se detallan a continuación:<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (230WF) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Armadas del<br /> Paraguay entre junio y septiembre de 2005.<br /> . Intercambio de Equipo de Apoyo de Información Militar con miembros de<br /> las Fuerzas Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas de<br /> Seguridad del Paraguay entre julio de 2005 y junio de 2006.<br /> . Visita del Comando Sur de los Estados Unidos (SOUTHCOM) al Ejecutivo,<br /> Ministro de Defensa, y Fuerzas Armadas del Paraguay entre julio de 2005<br /> y junio de 2006.<br /> . Ejercicio de Entrenamiento de Aptitud Médica (MEDRETE) con miembros del<br /> Cuerpo Medico Militar de los Estados Unidos de América y Sanidad Militar<br /> del Paraguay entre julio y diciembre de 2005.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (CNTO71) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales Navales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas<br /> Armadas del Paraguay entre julio y septiembre de 2005.<br /> N.R. N° 2/05<br /> . Seminario Estratégico Nations Lab con miembros del Comando Sur de los<br /> Estados Unidos y el Instituto de Altos Estudios Estratégicos (IAEE)<br /> entre octubre y noviembre de 2005.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (400W) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Armadas y<br /> Fuerzas de Seguridad del Paraguay entre julio y septiembre de 2005.<br /> . Programa de Inmersión Cultural de la Academia Militar con miembros de la<br /> Academia Militar de los Estados Unidos de América, West Point y la<br /> Academia Militar del Paraguay en Capiatá durante junio y agosto de 2005.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (100W) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Armadas y<br /> Fuerzas de Seguridad del Paraguay entre octubre y diciembre de 2005.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (CNT014) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales Navales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas<br /> Armadas del Paraguay entre octubre y diciembre de 2005.<br /> . Ejercicio de Entrenamiento de Aptitud Médica (MEDRETE) con miembros del<br /> Cuerpo Médico Militar de los Estados Unidos de América y Sanidad Militar<br /> del Paraguay entre enero y junio de 2006.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (220WH) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y Fuerzas Armadas y Fuerzas<br /> de Seguridad del Paraguay entre enero y marzo de 2006.<br /> . Intercambio de Expertos en Asuntos Civiles - Militares con miembros de<br /> la Guardia Nacional de Massachussetts de los Estados Unidos de América y<br /> las Fuerzas Armadas, y líderes civiles del Paraguay entre enero y junio<br /> de 2006.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (023N) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Armadas y<br /> Fuerzas de Seguridad del Paraguay entre enero y marzo de 2006.<br /> . Programa de Intercambio de Academia Extranjera con miembros de la<br /> Academia Militar de los Estados Unidos de América y la Academia Militar<br /> del Paraguay en Capiatá entre marzo y abril de 2006.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (303F) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Armadas y las<br /> Fuerzas de Seguridad del Paraguay entre abril y junio de 2006.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (300W) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Armadas y las<br /> Fuerzas de Seguridad del Paraguay entre abril y junio de 2006.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (401W) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Armadas y las<br /> Fuerzas de Seguridad del Paraguay entre julio y septiembre de 2006.<br /> . Seminario Estratégico Nations Lab con miembros del Comando Sur de los<br /> Estados Unidos y el Instituto de Altos Estudios Estratégicos (IAEE)<br /> entre octubre y noviembre de 2006.<br /> . Ejercicio Conjunto Combinado (a determinar) con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Armadas y las<br /> Fuerzas de Seguridad del Paraguay entre julio y septiembre de 2006.<br /> N.R. N° 2/05<br /> . Seminario Regional de Derechos Humanos con miembros del Comando Sur de<br /> los Estados Unidos (SOUTHCOM) y las Fuerzas Armadas del Paraguay entre<br /> junio y agosto de 2006.<br /> . Ejercicio Regional "Fuerzas Comando" con miembros de las Fuerzas<br /> Especiales de los Estados Unidos de América y las Fuerzas Armadas del<br /> Paraguay como anfitriones entre junio y septiembre de 2006.<br /> Con referencia a esto, tengo el honor de proponer un acuerdo basado en<br /> los siguientes términos:<br /> A) El Gobierno de la República del Paraguay otorgará a todo el personal<br /> estadounidense asignado al ejercicio de referencia, que se encuentre<br /> en territorio paraguayo y por el período de tiempo que dure el<br /> ejercicio, una categoría jurídica equivalente a aquella otorgada al<br /> personal administrativo y técnico de la Embajada de los Estados<br /> Unidos de América, de acuerdo a los términos de la Convención de<br /> Viena sobre Relaciones Diplomáticas, firmada el 18 de abril de 1961.<br /> B) El personal estadounidense podrá salir e ingresar al territorio<br /> paraguayo con documento de identificación de los Estados Unidos y<br /> autorizaciones de viaje individuales o colectivas.<br /> C) El Gobierno de la República del Paraguay otorgará igualmente<br /> liberación aduanera sobre la importación y/o exportación, así como<br /> exención de inspección e impuestos locales para los productos,<br /> propiedades y materiales para, o en representación del personal de<br /> los Estados Unidos asignado para realizar este ejercicio. La<br /> propiedad de los materiales y otros bienes introducidos al Paraguay,<br /> o adquiridos en el país, por o en representación del Gobierno de los<br /> Estados Unidos con el fin de realizar las actividades descriptas en<br /> este acuerdo, será conservada por el Gobierno Estadounidense. El<br /> Gobierno de los Estados Unidos mantendrá el derecho de retirar estos<br /> bienes del Paraguay en cualquier momento, libre del pago de<br /> impuestos, tasas aduaneras, u otros cargos similares. El Gobierno de<br /> los Estados Unidos y su personal podrán disponer libremente de sus<br /> bienes de propiedad en el Paraguay, siempre que la disposición de los<br /> mismos fuera de conformidad con la legislación paraguaya vigente en<br /> la materia.<br /> D) Las autoridades del Paraguay deberán aceptar como válidas las<br /> matrículas médicas otorgadas al personal del Gobierno de los Estados<br /> Unidos de América por las autoridades competentes de los Estados<br /> Unidos con el propósito de cumplir actividades médicas durante el<br /> desarrollo del ejercicio. Asimismo, los permisos o registros de<br /> conducción expedidos por las autoridades competentes de los Estados<br /> Unidos al personal encargado de la operación de vehículos, serán<br /> aceptados por las autoridades paraguayas, sin necesidad del pago de<br /> tasas o examen de conducción.<br /> E) El Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de los Estados<br /> Unidos de América renuncian recíprocamente a cualquier reclamo que<br /> cualquiera de las Partes pudiera tener contra la otra por daño<br /> personal, lesión o muerte de sus personales militares o civiles, o<br /> por el daño, pérdida, o destrucción de sus respectivas propiedades,<br /> resultante de las actividades a las que éste acuerdo se aplica.<br /> Cualquier reclamo presentado por terceros que se origine en las<br /> actividades cumplidas en el marco del ejercicio deberá ser encaminado<br /> al gobierno que se señale como responsable, a fin de que el mismo<br /> considere su procedencia y, en su caso, determine la indemnización<br /> que corresponda de conformidad con su legislación. El Gobierno de la<br /> República del Paraguay asumirá absoluta responsabilidad por cualquier<br /> reclamo surgido por el uso de los proyectos construidos, total o<br /> parcialmente, durante el desarrollo del ejercicio.<br /> F) El Gobierno de los Estados Unidos de América deberá instruir al<br /> personal estadounidense que participa de este ejercicio a portar, en<br /> todo momento, un documento de identificación militar válido emitido<br /> por la autoridad competente de los Estados Unidos de América.<br /> N.R. N° 2/05<br /> G) Las entradas y salidas del personal estadounidense serán reguladas<br /> por medio de acuerdos especiales con las autoridades correspondientes<br /> del Gobierno del Paraguay conforme a las necesidades de<br /> entrenamiento.<br /> Si lo expuesto es aceptable para el Gobierno del Paraguay, tengo el<br /> honor de proponer que esta nota, juntamente con la respuesta de Vuestra<br /> Excelencia, constituyan un Acuerdo entre nuestros dos gobiernos, que<br /> entrará en vigor en la fecha en que el Gobierno de la República del<br /> Paraguay notifique al Gobierno de los Estados Unidos de América del<br /> cumplimiento de todas las formalidades legales internas.<br /> Sírvase aceptar, Excelencia, las renovadas seguridades de mi más alta<br /> y distinguida consideración.<br /> FDO: JOHN F. KEANE, Embajador de los Estados Unidos de América.´<br /> Por tanto, tengo el honor de comunicar, en nombre del Gobierno de la<br /> República del Paraguay, la conformidad con lo precedentemente transcripto.<br /> Este Acuerdo entrará en vigor en la fecha en que la República del Paraguay<br /> notifique el cumplimiento de sus formalidades legales internas.<br /> Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las<br /> seguridades de mi consideración más distinguida.<br /> FDO: LEILA RACHID, Embajadora, Ministra de Relaciones Exteriores de<br /> la República del Paraguay.<br /> A Su Excelencia, Don JOHN F. KEANE, Embajador de los Estados Unidos de<br /> América, Asunción."<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a cinco<br /> días del mes de mayo del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo<br /> por la Honorable Cámara de Diputados, a diecinueve días del mes de mayo del<br /> año dos mil cinco, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la<br /> Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel<br /> Carrizosa Galiano<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara<br /> de Senadores<br /> Edgar Domingo Venialgo Recalde Mirtha Vergara<br /> de Franco<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, 17 de junio de 2005<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Leila Rachid de Cowles<br /> Ministra de Relaciones Exteriores