Ley 2740

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LEY N° 2740/2005<br /> QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO<br /> FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2.530 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 -<br /> CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL MUNICIPAL.<br /> Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Entidad<br /> Descentralizada - Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal,<br /> por la suma de G. 150.760.000 (Guaraníes ciento cincuenta millones<br /> setecientos sesenta mil), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de<br /> esta Ley.<br /> Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario de<br /> la Entidad Descentralizada - Caja de Jubilaciones y Pensiones del<br /> Personal Municipal, por la suma de G. 150.760.000 (Guaraníes ciento<br /> cincuenta millones setecientos sesenta mil), conforme al Anexo que se<br /> adjunta y forma parte de esta Ley.<br /> Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación del<br /> Anexo adjunto a la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario<br /> vigente y a las técnicas de Programación de ingresos, gastos y montos<br /> autorizados, al solo efecto de la correcta imputación y ejecución<br /> presupuestaria.<br /> Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a veintitrés días del mes de setiembre del<br /> año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo<br /> dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Víctor Alcides Bogado González Carlos<br /> Filizzola<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Víctor Oscar González Drakeford Cándido<br /> Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 7 de octubre de 2005.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Ernst Ferdinand Bergen Schmidt<br /> Ministro de Hacienda<br /> 2.740<br /> QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO<br /> FISCAL 2005, APROBADO POR LEY N° 2.530 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2004 -<br /> CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL PERSONAL MUNICIPAL.<br /> Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Entidad<br /> Descentralizada - Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal,<br /> por la suma de G. 150.760.000 (Guaraníes ciento cincuenta millones<br /> setecientos sesenta mil), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de<br /> esta Ley.<br /> Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario de<br /> la Entidad Descentralizada - Caja de Jubilaciones y Pensiones del<br /> Personal Municipal, por la suma de G. 150.760.000 (Guaraníes ciento<br /> cincuenta millones setecientos sesenta mil), conforme al Anexo que se<br /> adjunta y forma parte de esta Ley.<br /> Artículo 3°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación del<br /> Anexo adjunto a la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario<br /> vigente y a las técnicas de Programación de ingresos, gastos y montos<br /> autorizados, al solo efecto de la correcta imputación y ejecución<br /> presupuestaria.<br /> Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a veintitrés días del mes de setiembre del<br /> año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo<br /> dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Víctor Alcides Bogado González Carlos<br /> Filizzola<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Víctor Oscar González Drakeford Cándido<br /> Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, de de 2005.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Ernst Ferdinand Bergen Schmidt<br /> Ministro de Hacienda