Ley 2819

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LEY N° 2819/2005<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A<br /> FAVOR DE LA DIÓCESIS DE CIUDAD DEL ESTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO<br /> COMO FINCA Nº 11.696, ASIENTO DE LA CAPILLA "NUESTRA SEÑORA DE LA<br /> ASUNCIÓN", UBICADO EN EL KM. 7, ACARAY DEL CITADO MUNICIPIO.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase<br /> a la Municipalidad de Ciudad del Este a transferir a título gratuito a<br /> favor de la Diócesis de Ciudad del Este, un inmueble individualizado como<br /> parte de la Finca Nº 11696 Distrito de Ciudad del Este, inscripto en la<br /> Dirección General de los Registros Públicos bajo el Nº 1 al folio 1 y<br /> siguientes del 31 de julio de 1989, asiento de la Capilla " Nuestra Señora<br /> de la Asunción", ubicado en el barrio Don Bosco - Km. 7, Acaray del citado<br /> municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes :<br /> LINEA 1-2: con rumbo S 57º 53' 10" E (Sur, cincuenta y siete grados,<br /> cincuenta y tres minutos, diez segundos, Este) mide 28,00<br /> m. (veintiocho metros), linda con avenida;<br /> LINEA 2-3: con rumbo S 32º 06' 50" W (Sur, treinta y dos grados, seis<br /> minutos, cincuenta segundos, Oeste) mide 50,00 m.<br /> (cincuenta metros), linda con calle;<br /> LINEA 3-4: con rumbo N 57º 53'10" W (Norte, cincuenta y siete grados,<br /> cincuenta y tres minutos, diez segundos, Oeste) mide 28,00<br /> m. (veintiocho metros), linda con el resto de la fracción<br /> dejada en concepto de plazas y edificios públicos; y,<br /> LINEA 4-1: con rumbo N 32º 06' 50" E (Norte, treinta y dos grados,<br /> seis minutos, cincuenta segundos, Este) mide 50,00 m.<br /> (cincuenta metros) linda con terreno anegadizo - Mini<br /> Lago.<br /> SUPERFICIE: 1.400,00 m2. (UN MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS).<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a catorce<br /> días mes de setiembre del año dos mil cinco, y por la Honorable Cámara de<br /> Senadores, a veintisiete días del mes de octubre del año dos mil cinco,<br /> quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Víctor Alcides Bogado González Carlos<br /> Filizzola<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara<br /> de Senadores<br /> Atilio Penayo Ortega Ada Fátima<br /> Solalinde de Romero<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, 4 de noviembre de de 2005.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia<br /> Luis Alberto Castiglioni<br /> Rogelio Benítez Vargas<br /> Ministro del Interior