Ley 3158

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 3158<br /> QUE APRUEBA EL CONVENIO DE FINANCIACION N° ALA/2004/016-868 PROYECTO<br /> DENOMINADO MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN PARAGUAY,<br /> SUSCRITO CON LA COMUNIDAD EUROPEA, EL 25 DE ENERO DE 2006, A CARGO DEL<br /> CONSEJO PRESIDENCIAL DE MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA,<br /> DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Apruébase el "Convenio de Financiación N°<br /> zaciALA/2004/016-868 Proyecto denominado Modernización de la Administración<br /> Pública en Paraguay, suscrito con la Comunidad Europea, fechado el 25 de<br /> enero de 2006, a cargo del Consejo Presidencial de Modernización de la<br /> Administración Pública, dependiente de la Presidencia de la República",<br /> cuyo texto se acompaña.<br /> Artículo 2°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la<br /> Administración Central - Tesoro Nacional, correspondiente al Ejercicio<br /> Fiscal 2006, por la suma de G. 21.840.000.000 (Guaraníes veintiún mil<br /> ochocientos cuarenta millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma<br /> parte de esta Ley.<br /> Artículo 3°.- Apruébase la ampliación de ingresos y gastos de la<br /> Administración Central (Presidencia de la República - Modernización de la<br /> Administración Pública), por la suma de G. 24.236.925.000 (Guaraníes<br /> veinticuatro mil doscientos treinta y seis millones novecientos<br /> veinticinco mil), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta<br /> Ley.<br /> Artículo 4°.- Apruébase la modificación de los ingresos y gastos de<br /> la Administración Central (Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones),<br /> por la suma de G. 2.396.925.000 (Guaraníes dos mil trescientos noventa y<br /> seis millones novecientos veinticinco mil), como parte de la contrapartida<br /> al Proyecto, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.<br /> Artículo 5°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación<br /> del Anexo adjunto a esta ley, de acuerdo al clasificador presupuestario<br /> vigente y a las técnicas de programación de ingresos y gastos, al solo<br /> efecto de la correcta imputación y ejecución presupuestaria.<br /> Artículo 6°.- La modificación presupuestaria autorizada por esta<br /> Ley será en carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 19 de la<br /> Ley N° 2869/05.<br /> Artículo 7°.- Comuniquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> veinte días del mes de diciembre del año dos mil seis, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los seis días del mes de febrero del año dos mil<br /> siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.<br /> Víctor Alcides Bogado González Enrique González<br /> Quintana<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Atilio Penayo Ortega Arsenio<br /> Ocampos Velázquez<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 5 de marzo de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Ernst Ferdinand Bergen Schmidt<br /> Ministro de Hacienda<br /> Convenio de Financiación<br /> n °ALA/2004/016-868<br /> CONVENIO DE FINANCIACIÓN<br /> ENTRE<br /> LA COMUNIDAD EUROPEA<br /> Y<br /> LA REPÚBLICA DE PARAGUAY<br /> "Modernización de la Administración pública en Paraguay"<br /> CONVENIO DE FINANCIACIÓN<br /> Condiciones Particulares<br /> La Comunidad Europea, en lo sucesivo denominada "la Comunidad",<br /> representada por la Comisión de las Comunidades Europeas, en lo sucesivo<br /> denominada "la Comisión",<br /> por una parte, y<br /> El Gobierno de la República del Paraguay, representado por el Ministerio de<br /> Relaciones Exteriores, en lo sucesivo denominado "el Beneficiario",<br /> por otra,<br /> HAN CONVENIDO EN LO SIGUIENTE:<br /> ARTÍCULO 1 - NATURALEZA Y OBJETO DE LA INTERVENCIÓN<br /> 1. La Comunidad contribuye a la financiación del proyecto siguiente:<br /> Título: "Modernización de la Administración Pública en Paraguay"<br /> Número contable: ALA/2004/0l6-868<br /> En lo sucesivo denominado "el proyecto", cuya descripción figura en las<br /> Disposiciones Técnicas y Administrativas en el anexo II.<br /> 2. Este proyecto se aplicará de acuerdo con las disposiciones del Convenio<br /> de Financiación y sus anexos: Condiciones Generales (anexo I) y<br /> Disposiciones Técnicas y Administrativas (anexo II).<br /> ARTÍCULO 2 - FINANCIACIÓN DE LA COMUNIDAD<br /> 2.1 El coste total del proyecto se estima en 7.500.000 euros.<br /> 2.2 La Comunidad se compromete a financiar un importe máximo de 6.000.000<br /> euros. La repartición por partidas de la contribución financiera de la<br /> Comunidad figura en el presupuesto incluido en las Disposiciones Técnicas y<br /> Administrativas del anexo II.<br /> ARTÍCULO 3 -FINANCIACIÓN DEL BENEFICIARIO<br /> 3.1 La contribución del Beneficiario al proyecto se fija en 1.500.000<br /> euros.<br /> 3.2 En caso de que una parte de la contribución del Beneficiario no sea<br /> financiera, el Convenio de Financiación determinará las modalidades en las<br /> Disposiciones Técnicas y Administrativas del anexo II.<br /> ARTÍCULO 4 - PERÍODO DE EJECUCIÓN<br /> El período de ejecución del Convenio de Financiación comienza a partir de<br /> la entrada en vigor del convenio de financiación y acaba el 15 de diciembre<br /> de 2009. Dicho periodo de ejecución comprende dos fases: una fase de<br /> ejecución operativa que comienza a partir de la entrada en vigor del<br /> convenio de financiación y termina el 15 de junio de 2009. A partir de<br /> dicha fecha, comienza la fase de cierre que acaba al final del periodo de<br /> ejecución.<br /> ARTÍCULO 5 - PLAZO PARA LA FIRMA DE LOS CONTRATOS DE APLICACIÓN DEL<br /> CONVENIO DE FINANCIACIÓN<br /> Los contratos que aplican el Convenio de Financiación deberán firmarse a<br /> más tardar el 15 de diciembre de 2008. Este plazo no puede prorrogarse.<br /> ARTÍCULO 6 - CRITERIOS QUE DEBERÁ RESPETAR EL BENEFICIARIO<br /> 6.1 Las tareas, tal como se describen en las Disposiciones Técnicas y<br /> Administrativas del Anexo II, se confían al Beneficiario.<br /> 6.2 En consecuencia, en la medida en que las tareas de ejecución<br /> correspondientes se le han confiado, el Beneficiario se compromete a<br /> garantizar, durante el periodo de ejecución del Convenio de Financiación<br /> establecido en el articulo 4 de las presentes Condiciones Particulares, el<br /> mantenimiento de un sistema de gestión de fondos comunitarios que respeten<br /> los siguientes criterios:<br /> o la separación efectiva de las funciones de libramiento y de pago;<br /> o la existencia de un sistema de control interno eficaz de las<br /> operaciones de gestión;<br /> o para el apoyo a los proyectos, procedimientos de rendición de cuentas<br /> distintos que muestran la utilización que se hace de los recursos<br /> comunitarios y, para los otros tipos de apoyo, una declaración anual<br /> certificada que cubra el ámbito de los gastos afectados, que deberá<br /> transmitirse a la Comisión;<br /> o la existencia de una institución nacional de control externo<br /> independiente;<br /> o los procedimientos de adjudicación de los contratos tal como se<br /> contemplan en el artículo 7 de las Condiciones Generales.[1]<br /> 6.3 Los procedimientos del sistema de gestión de fondos comunitarios por<br /> parte del Beneficiario, que han sido objeto de una auditoria previa por<br /> parte de la Comisión, serán documentados y permanecerán a disposición de la<br /> Comisión, la cual se reserva el derecho a controlar, de hecho, el respeto<br /> de los criterios enunciados en el presente articulo durante el periodo de<br /> ejecución del Convenio de Financiación. Todo cambio substancial que afecte<br /> los procedimientos deberá ser notificado a la Comisión.<br /> 4. Si procede, las Disposiciones Técnicas y Administrativas del anexo II<br /> definirán el procedimiento contradictorio de intervención de cuentas y<br /> establecerán mecanismos de corrección financiera, especialmente el<br /> recurso al cobro por vía de compensación.<br /> ARTÍCULO 7 - DIRECCIONES<br /> Toda comunicación relativa a la aplicación del Convenio de Financiación<br /> deberá revestir la forma escrita, hacer una referencia explícita al<br /> proyecto y enviarse a las siguientes direcciones:<br /> a) para la Comisión<br /> Delegación de la Comisión Europea en Paraguay<br /> C/América, 404. Asunción.<br /> Paraguay<br /> b) para el Beneficiario<br /> Ministerio de Relaciones Exteriores<br /> C/Palma y 14 de Mayo<br /> (ex Banco Asunción)<br /> Asunción, Paraguay<br /> ARTÍCULO 8 -ANEXOS<br /> 8.1. Se adjuntan al presente Convenio de Financiación y forman parte<br /> integral de él los siguientes documentos:<br /> Anexo 1: Condiciones Generales.<br /> Anexo II: Disposiciones Técnicas y Administrativas<br /> 8.2. En caso de conflicto entre las disposiciones de los anexos y de las<br /> Condiciones Particulares del convenio de financiación, estas últimas<br /> prevalecerán. En caso de conflicto entre las disposiciones del anexo I y<br /> las del anexo II, prevalecerán las primeras.<br /> ARTÍCULO 9 - OTRAS CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PROYECTO<br /> Ninguna<br /> ARTÍCULO 10 - ENTRADA EN VIGOR DEL CONVENIO DE FINANCIACIÓN<br /> El Convenio de Financiación entrará en vigor a partir de la fecha de la<br /> última firma de las partes.<br /> Hecho en Bruselas en 4 ejemplares que tienen valor de original en lengua<br /> castellana; 2 ejemplares se entregan a la Comisión y 2 al Beneficiario.<br /> |POR LA COMISIÓN |POR EL BENEFICIARIO |<br /> | | |<br /> |Fernando Cardesa García |[Nombre y función de la persona |<br /> |Director Europa Aid/B América |debidamente habilitada] |<br /> |latina | |<br /> | | |<br /> |[Firma] |[Firma] |<br /> | | |<br /> |[Fecha] |[Fecha] |<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> ANEXO I - CONDICIONES GENERALES<br /> TÍTULO 1 - FINANCIACIÓN DEL PROYECTO/PROGRAMA<br /> ARTÍCULO 1 -PRINCIPIO GENERAL<br /> 1.1 La contribución financiera de la Comunidad se limita al importe<br /> fijado en el convenio de financiación.<br /> 1.2 La puesta a disposición de los fondos con cargo a la financiación de<br /> la Comunidad está condicionada por el respeto de las obligaciones que<br /> incumben al Beneficiario tal como se definen en el convenio de<br /> financiación.<br /> ARTÍCULO 2 - REBASAMIENTO DE LA FINANCIACIÓN Y COBERTURA DE ESTE<br /> REBASAMIENTO<br /> 2.1 Los rebasamientos individuales de las partidas del presupuesto del<br /> convenio de financiación se regularán en el marco de reasignaciones de<br /> fondos dentro de dicho presupuesto, de acuerdo con el artículo 20 de las<br /> presentes Condiciones Generales.<br /> 2.2 En cuanto se manifieste un riesgo de rebasamiento global de la<br /> financiación disponible con cargo al convenio de financiación, el<br /> Beneficiario informará a la Comisión y le pedirá su acuerdo previo sobre<br /> las medidas que piensa adoptar para cubrir este rebasamiento, reduciendo la<br /> amplitud del proyecto/programa o recurriendo a sus recursos propios o a<br /> otros recursos.<br /> 2.3 Si parece imposible reducir la amplitud del proyecto/programa o<br /> cubrir el rebasamiento con los recursos propios del Beneficiario u otros<br /> recursos, la Comisión podrá, excepcionalmente, y previa petición<br /> justificada del Beneficiario, tomar una decisión de financiación<br /> suplementaria de la Comunidad. Si toma tal decisión, los gastos<br /> correspondientes al rebasamiento se financiarán, sin perjuicio de las<br /> normas y procedimientos comunitarios aplicables, mediante la puesta a<br /> disposición de los medios financieros suplementarios decididos por la<br /> Comisión.<br /> TÍTULO II - EJECUCIÓN<br /> ARTÍCULO 3 - PRINCIPIO GENERAL<br /> 1. La ejecución del proyecto/programa será responsabilidad del<br /> Beneficiario, bajo el acuerdo de la Comisión.<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> 3.2 La Comisión está representada ante el Estado del Beneficiario por su<br /> Jefe de Delegación.<br /> ARTÍCULO 4 - PERÍODO DE EJECUCIÓN<br /> 4.1 El convenio de financiación fija un período de ejecución, que<br /> comienza con la entrada en vigor del convenio de financiación y se acaba en<br /> la fecha fijada, con este fin, en el artículo 4 de las Condiciones<br /> Particulares.<br /> 4.2 Este período de ejecución incluye dos fases distintas:<br /> - una fase de ejecución operativa de las actividades principales. Esta fase<br /> comienza en el momento de la entrada en vigor de! convenio de financiación<br /> y se acaba, a mas tardar, 24 meses antes del final del periodo de<br /> ejecución;<br /> - una fase de cierre en la que se efectúan las auditorías y evaluación<br /> finales, así como el cierre técnico y financiero de los contratos de<br /> aplicación del convenio de financiación. Dicha fase comienza en la fecha<br /> final de la fase de ejecución operativa y acaba, a más tardar, 24 después<br /> de dicha fecha.<br /> 4.3 Los gastos relacionados con las actividades principales pueden correr<br /> a cargo de la financiación comunitaria solo en el supuesto en que hayan<br /> tenido lugar durante la fase de ejecución operativa. Los gastos<br /> relacionados con las auditorías y evaluación finales, así como con las<br /> actividades de cierre podrán financiarse hasta el final de la fase de<br /> cierre.<br /> 4.4 Todo saldo restante disponible con cargo a la contribución<br /> comunitaria será anulado automáticamente seis meses después del final del<br /> período de ejecución.<br /> 4.5 En casos (excepcionales y debidamente justificados, podrá pedirse una<br /> extensión de la fase de ejecución operativa y correlativamente del periodo<br /> de ejecución. Cuando la solicitud de extensión proceda de un Beneficiario,<br /> la extensión deberá ser pedida al menos tres meses antes del final de la<br /> fase de ejecución operativa y deberá ser aceptada por la Comisión antes de<br /> esta última fecha.<br /> 4.6 En casos excepcionales y debidamente justificados, y una vez<br /> concluida la fase de ejecución operativa, podrá pedirse una extensión de la<br /> fase de cierre y correlativamente del periodo de ejecución. Cuando la<br /> solicitud de extensión proceda de un Beneficiario, la extensión deberá ser<br /> pedida al menos tres meses antes del final de la fase de cierre y deberá<br /> ser aceptada por la Comisión antes de esta última fecha.<br /> ARTÍCULO 5 - PUESTA A DISPOSICIÓN DE FONDOS<br /> 5.1 La Comisión procederá a la transferencia de los<br /> fondos en un plazo máximo de 45 días a partir de la<br /> fecha de registro de una solicitud de pago que emane<br /> del Beneficiario admisible por la Comisión. Una solicitud de<br /> pago no es admisible en el supuesto en que falte algún elemento<br /> esencial. El plazo de pago podrá ser suspendido por la Comisión<br /> si ésta informa al Beneficiario, antes de cumplirse el<br /> período mencionado anteriormente,<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> que la solicitud de pago no es admisible, ya sea porque no se adeuda tal<br /> importe, o porque no se han presentado los documentos justificativos<br /> adecuados. Si la Comisión recibe información que permita dudar de la<br /> admisibilidad de los gastos que figuran en una solicitud de pago, podrá<br /> suspender el plazo de pago para efectuar verificaciones complementarias,<br /> incluido un control in situ para cerciorarse, antes de proceder al pago, de<br /> la mencionada admisibilidad de los gastos. La Comisión informará lo antes<br /> posible al Beneficiario.<br /> 5.2 Estos pagos los efectuará la Comisión en la cuenta o subcuenta<br /> bancaria indicada en la ficha de descripción financiera, tal como figura en<br /> las Disposiciones Técnicas y Administrativas en el anexo II. Los cambios de<br /> cuenta bancaria deben indicarse por medio de la misma ficha de descripción<br /> financiera. El Beneficiario deberá garantizar que los fondos desembolsados<br /> por la Comisión a titulo de prefinanciaciones procedan de dicha cuenta o<br /> subcuenta bancaria.<br /> 5.3 Esta cuenta o subcuenta bancaria estará denominada en euros y se<br /> abrirá en el Estado del Beneficiario de común acuerdo en nombre del<br /> Beneficiario en una entidad financiera aprobada por la Comisión.<br /> 5.4 Esta cuenta o subcuenta bancaria se provee de fondos en función de<br /> las necesidades reales de tesorería del proyecto, y en función de los<br /> informes aportados por el Beneficiario, según las modalidades determinadas<br /> en las Disposiciones Técnicas y Administrativas del anexo II. Las<br /> transferencias efectuadas en euros se convertirán, si fuere necesario, en<br /> la moneda del Estado del Beneficiario a medida que se exigen los pagos que<br /> deben efectuarse, según el tipo bancario vigente el día del pago por parte<br /> del beneficiario o, en su defecto, según el tipo tal como se define en las<br /> Condiciones Particulares.<br /> 5.5 El Beneficiario notificará a la Comisión los posibles intereses o<br /> ventajas equivalentes generadas por estos fondos al menos una vez al año y<br /> en las solicitudes de pagos intermedios que liquidan la prefinanciación, y<br /> deberá proporcionar un informe acumulativo seis meses después de la fase de<br /> cierre.<br /> 5.6 Todo interés o ventaja equivalente deberá reembolsarse a la Comisión<br /> en el plazo de 45 días a partir de la recepción de la solicitud de la<br /> Comisión.<br /> ARTÍCULO 6 - PLAZO A RESPETAR PARA LOS PAGOS REALIZADOS POR LA COMISIÓN EN<br /> RÉGIMEN DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA<br /> 6.1 Cuando la Comisión proceda a los pagos, el Beneficiario se<br /> comprometerá a hacerle llegar las solicitudes de pago del<br /> contratista en un plazo máximo de 15 días a partir de la fecha<br /> de registro de una solicitud de pago admisible por el<br /> Beneficiario. El Beneficiario deberá comunicar a la Comisión la fecha de<br /> registro de dicha solicitud. Una solicitud de pago no es admisible en el<br /> supuesto en que falte algún elemento esencial. El plazo de pago podrá ser<br /> suspendido por la Comisión si ésta informa al Beneficiario, antes de<br /> cumplirse el período mencionado anteriormente, que la solicitud de pago no<br /> es admisible, ya sea porque no se adeuda tal importe, o porque no se<br /> han presentado los documentos justificativos adecuados. Si la Comisión<br /> recibe información que permita dudar de la admisibilidad de los<br /> gastos que figuran en una solicitud de pago, podrá<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> suspender el plazo de pago para efectuar verificaciones complementarias,<br /> incluido un control in situ para cerciorarse, antes de proceder al pago, de<br /> la mencionada admisibilidad de los gastos. La Comisión informará lo antes<br /> posible al Beneficiario.<br /> 6.2 El plazo de transmisión previsto en el párrafo 1, se aplica también<br /> cuando el pago está condicionado por la aprobación de un informe. En este<br /> caso, la solicitud de pago no podrá considerarse como admisible mientras no<br /> se haya producido la aprobación del informe por el Beneficiario, bien<br /> explícitamente porque se informó al contratista, bien implícitamente porque<br /> el plazo de aprobación contractual venció sin que fuera suspendido por un<br /> documento formal dirigido al contratista. El Beneficiario deberá comunicar<br /> a la Comisión la fecha de aprobación del informe.<br /> 6.3 En caso de retraso en esta transmisión imputable al Beneficiario, la<br /> Comisión no deberá pagar al contratista intereses de demora tal como se<br /> prevén en los contratos, que estarán a cargo del Beneficiario.<br /> TÍTULO III - ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS Y CONCESIÓN DE SUBVENCIONES<br /> ARTÍCULO 7 - PRINCIPIO GENERAL<br /> Todos los contratos que aplican el convenio de financiación deberán<br /> adjudicarse e implementarse según los procedimientos y documentos normales<br /> definidos y publicados por la Comisión para la aplicación de las acciones<br /> exteriores, que estén en vigor en el momento del lanzamiento del<br /> procedimiento en cuestión.<br /> ARTÍCULO 8 - PLAZO DE FIRMA DE LOS CONTRATOS DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE<br /> FINANCIACIÓN<br /> 8.1 Los contratos que aplican el convenio de financiación deberán ser<br /> firmados por las dos partes en los tres años a partir de la aprobación por<br /> la Comisión del compromiso presupuestario, y en todo caso, a mas tardar, en<br /> la fecha fijada en el artículo 5 de las Condiciones Particulares. Este<br /> plazo no puede prorrogarse.<br /> 8.2 La disposición previamente mencionada no se aplica a los contratos de<br /> auditoría y evaluación, que pueden firmarse más tarde.<br /> 8.3 En la fecha fijada en el artículo 5 de las Condiciones Particulares,<br /> los importes no contraídos serán anulados.<br /> 8.4 Todo contrato que no dio lugar a ningún pago en los tres años<br /> siguientes a su firma se rescindirá automáticamente y los fondos en<br /> cuestión se cancelarán.<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> ARTÍCULO 9 - ELEGIBILIDAD<br /> 9.1 Podrán concurrir en las licitaciones para contratos de obras,<br /> suministros o servicios, en igualdad de condiciones, todas las personas<br /> físicas o jurídicas de los Estados miembros de la Comunidad y, según las<br /> disposiciones específicas previstas en los actos de base que regulan el<br /> ámbito de la cooperación en cuestión, todos los ciudadanos, personas<br /> físicas o jurídicas, de los países terceros beneficiarios o de cualquier<br /> otro país tercero mencionado expresamente en dichos actos.<br /> 9.2 Podrán concurrir en las convocatorias de propuestas, en igualdad de<br /> condiciones, todas las personas jurídicas de los Estados miembros de la<br /> Comunidad y, según las disposiciones específicas previstas en los actos de<br /> base que regulan el ámbito de la cooperación en cuestión, todos los<br /> ciudadanos, personas físicas o jurídicas, de los países terceros<br /> beneficiarios o de cualquier otro país tercero mencionado expresamente en<br /> dichos actos.<br /> 9.3 En casos excepcionales debidamente justificados y aprobados por la<br /> Comisión, podrán concurrir ciudadanos de terceros países distintos de los<br /> citados en los párrafos 1 y 2, con arreglo a las disposiciones específicas<br /> previstas en los actos de base que regulan el ámbito de la cooperación.<br /> 9.4 Los bienes y suministros financiados por la Comunidad y necesarios<br /> para la ejecución de los contratos de obras, suministros y servicios, así<br /> como de los contratos lanzados por los beneficiarios de subvenciones para<br /> la ejecución de la acción subvencionada deberán ser originarios de los<br /> Estados admitidos a participar en las condiciones previstas en los tres<br /> apartados anteriores.<br /> 9.5 Esta regla de la nacionalidad se aplicará también a los expertos<br /> propuestos por las empresas proveedoras de servicios que participen en las<br /> licitaciones o en los contratos de servicios financiados por la Comunidad.<br /> TÍTULO IV - RÉGIMEN APLICABLE A LA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS<br /> ARTÍCULO 10 - ESTABLECIMIENTO Y DERECHO DE INSTALACIÓN<br /> 10.1 Las personas físicas y jurídicas que participen en los concursos para<br /> los contratos de obras, suministros o servicios se beneficiarán de un<br /> derecho temporal de estancia e instalación en e] Estado del Beneficiario si<br /> la naturaleza del contrato lo justifica. Este derecho se mantendrá hasta la<br /> expiración de un plazo de un mes después de la atribución del contrato.<br /> 10.2 Los contratantes (incluidos los beneficiarios de subvenciones), así<br /> como las personas físicas cuyos servicios son necesarios para la ejecución<br /> del contrato y los miembros de su familia se beneficiarán de derechos<br /> similares durante la ejecución del proyecto/programa.<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> ARTÍCULO 11 - DISPOSICIONES FISCALES Y ADUANERAS<br /> 11.1 Los impuestos, derechos u otros gravámenes (incluido el Impuesto<br /> sobre el Valor Añadido - IVA - o equivalente) se excluirán de la<br /> financiación de la Comunidad, salvo si las Condiciones Particulares lo<br /> disponen de otra manera.<br /> 11.2 El Estado del Beneficiario aplicará a los contratos y a las<br /> subvenciones financiadas por la Comunidad el régimen fiscal y aduanero más<br /> favorable aplicado al Estado, o a las organizaciones internacionales en<br /> materia de desarrollo con las cuales el Estado del Beneficiario tiene<br /> relaciones.<br /> 11.3 Cuando el convenio marco o el canje de notas aplicable prevea<br /> disposiciones mas detalladas en la materia, se aplicaran estas últimas<br /> también.<br /> ARTÍCULO 12 - RÉGIMEN DE CAMBIOS<br /> 12.1 El Estado del Beneficiario se compromete a autorizar la importación o<br /> la adquisición de las divisas necesarias para la ejecución del proyecto. Se<br /> compromete también a aplicar la normativa nacional aplicable en materia de<br /> cambios sin discriminación entre los contratantes admitidos a participar<br /> con arreglo al artículo 9 de las presentes Condiciones Generales.<br /> 12.2 Cuando el convenio marco o el canje de notas aplicable prevea<br /> disposiciones más detalladas en la materia, se aplicaran estas últimas<br /> también.<br /> ARTÍCULO 13 - UTILIZACIÓN DE LOS DATOS DE LOS ESTUDIOS<br /> Cuando el convenio de financiación prevea la financiación de un estudio, el<br /> contrato relativo a dicho estudio, celebrado en el marco de la ejecución<br /> del convenio de financiación, regula la propiedad del estudio así como el<br /> derecho por parte del Beneficiario y de la Comisión a utilizar la<br /> información contenida en este estudio, a publicarlos o a comunicarlos a<br /> terceros.<br /> TÍTULO V - DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES<br /> ARTÍCULO 14 - AFECTACIÓN DE LOS CRÉDITOS PERCIBIDOS A TÍTULO DE LOS<br /> CONTRATOS<br /> 14.1 Serán imputadas al proyecto/programa las sumas cobradas en virtud de<br /> créditos nacidos de pagos no debidamente efectuados o de garantías de<br /> prefinanciación y buen fin, creadas a titulo de los contratos financiados<br /> por el presente convenio de financiación.<br /> 2. Las sanciones financieras impuestas por el órgano de<br /> contratación a un candidato o licitador en el marco de<br /> un contrato, los compromisos de garantías de licitación, así<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> como los daños e intereses acordados en la Comisión, revertirán en el<br /> presupuesto general de las Comunidades Europeas.<br /> ARTICULO 15 - RECLAMACIONES FINANCIERAS DERIVADAS DE LOS CONTRATOS<br /> El Beneficiario se compromete a ponerse de acuerdo con la Comisión, antes<br /> de adoptar una postura sobre una solicitud de indemnización formulada por<br /> el titular de un contrato, que estime total o parcialmente fundada. Las<br /> consecuencias financieras únicamente podrán correr a cargo de la Comunidad<br /> cuando hayan sido objeto de un acuerdo previo de la Comisión. Dicho acuerdo<br /> prealable resulta igualmente necesario en caso de eventuales<br /> responsabilidades, a titulo del presente convenio de financiación,<br /> relacionadas con los gastos ocasionados en litigios que versen sobre los<br /> contratos.<br /> TITULO V - DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES<br /> ARTÍCULO 16 - VISIBILIDAD<br /> 16.1 Todo proyecto/programa financiado por la Comunidad será objeto de<br /> acciones de comunicación e información adecuadas. Estas acciones se<br /> definirán bajo la responsabilidad del Beneficiario, con el acuerdo de la<br /> Comisión.<br /> 16.2 Estas acciones de comunicación e información deberán seguir las<br /> normas aplicables en cuanto a visibilidad para las acciones exteriores, tal<br /> como las define y publica la Comisión, y en vigor en el momento en que<br /> dichas acciones se llevan a cabo.<br /> ARTÍCULO 17 - PREVENCIÓN DE IRREGULARIDADES, FRAUDE Y CORRUPCIÓN<br /> 17.1 El Beneficiario se comprometerá a comprobar regularmente que las<br /> acciones financiadas por los fondos comunitarios se realizaron<br /> correctamente. Adoptará las medidas oportunas para prevenir irregularidades<br /> y fraudes y, en su caso, emprenderá las acciones necesarias para recuperar<br /> los fondos indebidamente pagados.<br /> 17.2 Constituye una irregularidad toda violación del convenio de<br /> financiación, de los contratos de ejecución o de una disposición del<br /> derecho comunitario que resulte de un acto u omisión de un agente<br /> económico, que tiene o tendría como efecto el perjudicar al presupuesto<br /> general de las Comunidades Europeas o presupuestos administrados por éstas,<br /> ya sea mediante la disminución o la supresión de ingresos procedentes de<br /> los recursos propios percibidos directamente por cuenta de las Comunidades,<br /> o mediante un gasto indebido.<br /> Constituye un fraude todo acto u omisión voluntariamente cometido<br /> relacionado con:<br /> - la utilización o presentación de declaraciones o documentos<br /> falsos inexactos o incompletos, que tengan como efecto la<br /> percepción o la retención indebida de fondos<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> provenientes del presupuesto general de las Comunidades Europeas o de los<br /> presupuestos gestionados por las Comunidades Europeas o en su nombre;<br /> - la falta de comunicación de información infringiendo una obligación<br /> específica, con el mismo efecto,<br /> - La desviación de tales fondos a otros fines distintos de los que les<br /> fueron asignados inicialmente.<br /> El Beneficiario debe informar sin demora a la Comisión sobre cualquier<br /> elemento del cual haya tenido conocimiento que permita presuponer la<br /> existencia de irregularidades o fraudes, así como sobre las medidas<br /> adoptadas por el mismo al respecto.<br /> 17.3 El Beneficiario se compromete a adoptar toda medida conveniente para<br /> remediar posibles prácticas de corrupción activa o pasiva de cualquier<br /> naturaleza en toda etapa del procedimiento de adjudicación de contratos o<br /> concesión de subvenciones o en la ejecución de los contratos<br /> correspondientes. Constituirá corrupción pasiva el hecho intencionado de<br /> que un funcionario, directamente o por medio de terceros, solicite o reciba<br /> ventajas de cualquier naturaleza, para sí mismo o para un tercero, o el<br /> hecho de aceptar la promesa de tales ventajas, por cumplir o no cumplir, de<br /> forma contraria a sus deberes oficiales, un acto propio de su función o un<br /> acto en el ejercicio de su función, que cause o pueda causar perjuicio a<br /> los intereses financieros de las Comunidades Europeas. Constituirá<br /> corrupción activa el hecho intencionado de que cualquier persona prometa o<br /> dé, directamente o por medio de terceros, una ventaja de cualquier<br /> naturaleza a un funcionario, para éste o para un tercero, para que cumpla o<br /> se abstenga de cumplir, de forma contraria a sus deberes oficiales, un acto<br /> propio de su función o un acto en el ejercicio de su función que cause o<br /> pueda causar perjuicio a los intereses financieros de las Comunidades<br /> Europeas.<br /> ARTÍCULO 18 - COMPROBACIÓNES Y CONTROLES POR PARTE DE LA COMISIÓN, LA<br /> OFICINA DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE Y EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LAS<br /> COMUNIDADES EUROPEAS<br /> 18.1 El Beneficiario acepta que la Comisión, la OLAF y el Tribunal de<br /> Cuentas de las Comunidades Europeas puedan controlar de viso e in situ la<br /> utilización de los fondos comunitarios con cargo al convenio de<br /> financiación (incluidos los procedimientos de adjudicación de los contratos<br /> y de concesión de subvenciones) y llevar a cabo una auditoría completa, si<br /> fuere necesario, sobre la base de los justificantes de las cuentas y<br /> documentos contables y de cualquier otro documento relativo a la<br /> financiación del proyecto/programa, y ello hasta el final de un período de<br /> siete años a partir del último pago.<br /> 18.2 Además, el Beneficiario acepta que la OLAF pueda efectuar controles y<br /> comprobaciones in situ según los procedimientos previstos por la<br /> legislación comunitaria para la protección de los intereses financieros de<br /> las Comunidades Europeas contra los fraudes y otras irregularidades.<br /> 18.3 A tal efecto, el Beneficiario se compromete a proporcionar<br /> al personal de la Comisión, la OLAF y el Tribunal de Cuentas<br /> de las Comunidades Europeas, así como a las personas designadas<br /> por ellas, un derecho de acceso a los lugares y a los<br /> locales donde Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO<br /> (descentralizado)<br /> se realizan las acciones financiadas en el marco del convenio de<br /> financiación, incluidos sus sistemas informáticos, así como a todos los<br /> documentos y datos informatizados relativos a la gestión técnica y<br /> financiera de estas acciones, y a adoptar todas las medidas que puedan<br /> facilitar su trabajo. El acceso de las personas designadas por la Comisión<br /> Europea, la OLAF y el Tribunal de Cuentas se efectuará en condiciones de<br /> estricta confidencialidad respecto de terceros, sin perjuicio de las<br /> obligaciones de Derecho público a las que estén sujetas. Los documentos<br /> deberán estar accesibles y clasificados de tal modo que permitan un control<br /> fácil, dado que el Beneficiario tendrá que informar a la Comisión, a la<br /> OLAF o al Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas del lugar preciso<br /> donde se encuentran.<br /> 18.4 Los controles y auditorías anteriormente mencionados se extienden a<br /> los contratantes y subcontratistas que se benefician de fondos<br /> comunitarios.<br /> 18.5 Se mantendrá informado al Beneficiario del envío in situ de los<br /> agentes designados por la Comisión, la OLAF o el Tribunal de Cuentas de las<br /> Comunidades Europeas.<br /> ARTÍCULO 19 - CONSULTA ENTRE LA COMISIÓN Y EL BENEFICIARIO<br /> 19.1 Toda diferencia relativa a la aplicación o a la interpretación del<br /> convenio de financiación será objeto de una consulta previa entre el<br /> Beneficiario y la Comisión.<br /> 19.2 La consulta podrá ser seguida, cuando proceda, de una modificación,<br /> suspensión o cancelación del convenio de financiación.<br /> ARTÍCULO 20 - MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIACIÓN<br /> 20.1 Toda modificación de las Condiciones Particulares y del anexo II del<br /> convenio de financiación deberá establecerse por escrito y ser objeto de<br /> una cláusula adicional.<br /> 20.2 Cuando la solicitud de modificación emane del Beneficiario, éste<br /> deberá dirigirla a la Comisión al menos tres meses antes de la fecha en que<br /> la modificación deba entrar en vigor, excepto en casos debidamente<br /> justificados por el Beneficiario y aceptados por la Comisión.<br /> 20.3 Para las adaptaciones de detalle de las actividades que no afectan a<br /> los objetivos y resultados del proyecto/programa y las modificaciones<br /> técnicas que no afectan a las soluciones técnicas adoptadas, y no suponen<br /> una reasignación de fondos, el Beneficiario informará por escrito a la<br /> Comisión sobre la modificación y su justificación, en la mayor brevedad<br /> posible, y aplicará dicha modificación.<br /> 20.4 La utilización de los imprevistos se someterá al acuerdo escrito<br /> previo de la Comisión.<br /> 20.5 Para los casos particulares de extensión de la fase de<br /> ejecución operativa o de la fase de cierre, se remitirá los<br /> apartados 5 y 6 del artículo 4 de las presentes Condiciones<br /> Generales.<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> ARTÍCULO 21 -SUSPENSIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIACIÓN<br /> 21.1 Los casos de suspensión del convenio de financiación son los<br /> siguientes:<br /> (a) La Comisión podrá suspender la ejecución del convenio de financiación<br /> en caso de incumplimiento por el Beneficiario de una de las obligaciones<br /> que le incumben conforme al convenio de financiación, y sobre todo, si los<br /> criterios mencionados en el articulo 6 de las Condiciones Particulares<br /> dejan de aplicarse por el Beneficiario, en la medida en que las tareas de<br /> ejecución correspondientes le hayan sido confiadas.<br /> (b) La Comisión podrá suspender el convenio de financiación en caso de<br /> incumplimiento por parte del Beneficiario de una obligación derivada del<br /> respeto de los derechos humanos, de los principios democráticos y del<br /> Estado de Derecho, así como de casos graves de corrupción.<br /> (c) El convenio de financiación podrá suspenderse en caso de fuerza mayor,<br /> tal como se define a continuación. Por fuerza mayor se entenderá toda<br /> situación o acontecimiento imprevisible y excepcional, independiente de la<br /> voluntad de las partes, y no imputable a una falta o una negligencia de una<br /> de ellas (o de cualquiera de sus contratados, mandatarios o empleados), que<br /> impida a la otra parte ejecutar cualquiera de sus obligaciones<br /> contractuales y que no pueda superarse a pesar de toda la diligencia<br /> desplegada. Los defectos o plazos de puesta a disposición de equipo o<br /> material, conflictos en el trabajo, huelgas o dificultades financieras no<br /> pueden alegarse como caso de fuerza mayor. No puede considerarse que una<br /> parte ha faltado a sus obligaciones contractuales si se ve impedida por un<br /> caso de fuerza mayor. La parte enfrentada a un caso de fuerza mayor<br /> informará sin demora a la otra parte precisando la naturaleza, la duración<br /> probable y los efectos previsibles, y tomará toda medida necesaria para<br /> minimizar los posibles daños.<br /> 21.2 La decisión de suspensión se tomará sin preaviso. Con carácter<br /> preventivo, los pagos mencionados en el artículo 5.1 de las presentes<br /> Condiciones Generales serán suspendidos.<br /> 21.3 Con ocasión de la notificación de la suspensión, se indicaran las<br /> consecuencias sobre los contratos en curso o los contratos por celebrar.<br /> ARTÍCULO 22 - RESCISIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIACIÓN<br /> 22.1 Cuando las situaciones que conducen a la suspensión del convenio de<br /> financiación no se solucionen en un plazo máximo de cuatro meses, el<br /> convenio de financiación podrá ser rescindido por la Comisión o el<br /> Beneficiario, con un preaviso de dos meses.<br /> 22.2 Cuando el convenio de financiación no dé lugar a ningún pago en los<br /> tres años siguientes a su firma o no se firme ningún contrato de aplicación<br /> antes de la fecha fijada en el artículo 5 de las Condiciones Particulares,<br /> se rescindirá automáticamente.<br /> 22.3 Con ocasión de la notificación de la rescisión, se indicaran las<br /> consecuencias sobre los contratos en curso o los contratos por celebrar.<br /> Anexo I Condiciones Generales - PRESUPUESTO (descentralizado)<br /> ARTÍCULO 23 - SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS<br /> 23.1 Toda diferencia relativa al convenio de financiación que no haya<br /> podido solucionarse en el marco de las consultas entre la Comisión y el<br /> Beneficiario previstas en el artículo 19 de las presentes Condiciones<br /> Generales en el plazo de seis meses, podrá solucionarse, a petición de las<br /> partes, mediante arbitraje.<br /> 23.2 En este caso, las partes designarán a un árbitro en el plazo de<br /> treinta días a partir de la solicitud de arbitraje. En su defecto, cada<br /> parte podrá pedir al Secretario General de la Corte Permanente de Arbitraje<br /> (La Haya) que designe al segundo árbitro. Los dos árbitros nombrarán a su<br /> vez a un tercer árbitro en el plazo de treinta días. En su defecto,<br /> cualquiera de las Partes podrá pedir al Secretario General de la Corte<br /> Permanente de Arbitraje que designe al tercer árbitro.<br /> 23.3 A menos que los árbitros decidan lo contrario, el procedimiento<br /> aplicable será el establecido por el Reglamento Facultativo de la Corte<br /> Permanente de Arbitraje para el Arbitraje entre Organizaciones<br /> internacionales y los Estados. Las decisiones de los árbitros se adoptarán<br /> por mayoría en un plazo de tres meses.<br /> 23.4 Cada parte deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar la<br /> aplicación de la decisión de los árbitros.<br /> |[pic] |COMISIÓN EUROPEA |<br /> | |DELEGACIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA EN PARAGUAY |<br /> Anexo 2<br /> DISPOSICIONES TECNICAS Y ADMINISTRATIVAS (DTA's)<br /> Título del proyecto:<br /> Modernización de la Administración Pública en Paraguay (Poder Ejecutivo)<br /> Número: ALA Nº 2004/016-868<br /> INDICE<br /> I Descripción del proyecto<br /> I.1 Antecedentes<br /> I.2 Beneficiarios finales<br /> I.3 Lógica de intervención y metodología de ejecución<br /> I.4 Objetivo general<br /> I.5 Objetivo específico<br /> I.6 Resultados esperados<br /> I.7 Actividades<br /> II Duración y Localización del Proyecto<br /> II.1 Duración<br /> II.2 Localización<br /> III Ejecución: Organización y procedimientos<br /> III.1 Estructura institucional<br /> III.1.1 Beneficiario<br /> III.1.2 Comité(s) consultivo(s)<br /> III.2 Procedimientos<br /> III.2.1 Planes operativos<br /> III.2.2 Puesta a disposición de las contribuciones de la CE y del<br /> Beneficiario<br /> III.2. 3 Celebración de contratos<br /> III.2. 4 Gestión financiera y contabilidad<br /> III.2. 5 Informes<br /> III.2. 6 Seguimiento, evaluación y auditoria<br /> III.2. 7 Finalización del proyecto<br /> IV Financiación y presupuesto<br /> V Medios previstos y modos de realización<br /> VI Otras disposiciones<br /> VII Anexos<br /> VII.1 Anexo A Cuadros recapitulativos de las<br /> modalidades de licitación<br /> VII.2 Anexo B Matriz del marco lógico<br /> VII.3 Anexo C Ficha de identificación financiera<br /> I DESCRIPCION DEL PROYECTO<br /> I.1 Antecedentes<br /> Programación plurianual establecida para la cooperación entre el País<br /> Beneficiario y la CE.<br /> El Desarrollo productivo y la competitividad, la Reducción de la<br /> pobreza y el Desarrollo institucional y la reforma del Estado son las<br /> tres áreas prioritarias de intervención de la Comisión Europea en<br /> Paraguay, tal como está establecido el DEP 2001-2006 y en el Memorando<br /> de Entendimiento suscrito entre las partes en junio de 2001. El<br /> compromiso financiero de cooperación con el Paraguay asumido en el<br /> PIN 2001-2006 asciende a E 51.7 millones, de los cuales E 6<br /> millones, equivalentes al 11.6% del total, han sido comprometidos<br /> específicamente para la modernización del Estado y el desarrollo<br /> institucional.<br /> En esta área específica se ha previsto el apoyo de la CE a iniciativas<br /> concretas para afianzar la democracia y generar una cultura<br /> democrática participativa a todos los niveles, establecer un<br /> desarrollo legal apropiado que garantice la igualdad y la seguridad<br /> jurídica del ciudadano en los diferentes órdenes legales y modernizar<br /> la Administración estableciendo nuevas relaciones con la ciudadanía.<br /> El DEP señala que la CE cooperará con el Paraguay en materia de<br /> Administración Pública con objeto de contribuir a su modernización y<br /> racionalización a niveles nacional y regional, especialmente en lo<br /> referente a la reestructuración de la Administración Central. Así se<br /> recoge igualmente en el artículo 12 del Acuerdo marco de Cooperación<br /> entre la Comunidad Europea y la República del Paraguay firmado en 1992<br /> (Diario Oficial n° L 313 de 30/10/1992 P. 0072 - 0081)<br /> Los recursos comprometidos en este proyecto ascienden a un monto de 6<br /> millones de euros, financiados a través de la línea presupuestaria nº<br /> 190901.<br /> Contexto nacional.<br /> El PIB nominal per cápita del Paraguay en 2004 fue de 1.197US$ para<br /> una población estimada de 5.5 millones, según datos censales de 2002.<br /> La economía paraguaya se sustenta en la producción y exportación<br /> agropecuaria (el 27% del PIB y el 84% de las exportaciones son<br /> productos primarios) estructura muy vulnerable a los factores<br /> climáticos y a la volatilidad de los precios internacionales. Una<br /> característica importante es el alto grado de incumplimiento<br /> contractual, una corrupción que incide en los distintos niveles de la<br /> actividad económica, una evasión fiscal muy extendida (60% del monto a<br /> tributar según el FMI) y un contrabando elevado (se estima que una<br /> cuarta parte de las importaciones no son registradas). A pesar de la<br /> armonización arancelaria en el marco de MERCOSUR, en el país persisten<br /> actividades de triangulación[2] o de re-exportación de mercaderías a<br /> los países vecinos.<br /> El Paraguay es uno de los países más desiguales de América Latina. El<br /> 40% de la población más pobre recibe cerca del 10% del total de<br /> ingresos del país y el 10% más rico de la población concentra el 42,3%<br /> del total[3]. En un país con una estructura productiva esencialmente<br /> agropecuaria, la distribución de la propiedad de la tierra revela una<br /> fuerte concentración (79%) en manos de pocos productores (1,5%)[4].<br /> Según la Encuesta Permanente de Hogares 2003 los ingresos del 41,3% de<br /> la población son inferiores al coste de la canasta básica de consumo.<br /> En el campo Administrativo cabe destacar las importantes reformas<br /> estructurales que han sido llevadas a cabo a partir del año 2003 (Ley<br /> de reordenamiento administrativo y de adecuación fiscal, Ley<br /> presupuesto gastos de la nación fiscalmente responsable, reformas del<br /> Código tributario y de las jubilaciones públicas, Código aduanero<br /> moderno). Estas reformas han permitido mejorías considerables en el<br /> sector público, y el presente proyecto contribuye a ello.<br /> Política de desarrollo del país beneficiario<br /> El Plan Estratégico Económico y Social adoptado por el actual Gobierno<br /> paraguayo (2003-08), persigue la realización de un desarrollo<br /> sostenible sobre la base de cuatro pilares: (1) modernización del<br /> Estado y consolidación de las instituciones; (2) estabilidad<br /> macroeconómica y reforma estructural; (3) mejora de la competitividad<br /> y estímulo de la inversión; (4) desarrollo de recursos humanos y<br /> reducción de la pobreza.<br /> En el marco de estos lineamientos, el Gobierno ha empezado a<br /> establecer relaciones de confianza con los organismos financieros<br /> internacionales y ha iniciado importantes medidas de reforma<br /> administrativa. Se está avanzando en crear el clima de diálogo que<br /> permita la adopción de decisiones legislativas importantes, cumplir<br /> las recomendaciones de los Organismos financieros internacionales e ir<br /> recuperando la confianza de los ciudadanos en la gestión pública,<br /> mediante reformas que mejoren su transparencia y eficacia.<br /> El primer componente de este Plan fija como objetivos:<br /> a) mejorar el conocimiento de los derechos y obligaciones y la<br /> reducción de costes de transacción de los ciudadanos y las<br /> empresas, con relación a los servicios de la Administración; y<br /> b) mejorar la transparencia, la seguridad y la confianza en las<br /> instituciones. Ello es así ya que hasta la actualidad la<br /> tramitología del país es opaca, engorrosa, costosa y poco<br /> funcional con las necesidades actuales.<br /> En abril del 2004 se creó el Consejo Presidencial de Modernización de<br /> la Administración Pública como órgano asesor y consultor de la<br /> Presidencia de la República para priorizar y programar el proceso de<br /> modernización del Estado. En dicho Consejo participan directa y<br /> activamente los cinco Ministros Asesores de la Presidencia (Económico,<br /> Jurídico y Político, Secretario Privado, Secretario General y Ministro<br /> de la Función Pública) y los Ministros ordinarios de los seis<br /> Ministerios más importantes desde la perspectiva de relaciones con la<br /> ciudadanía y la empresa (Hacienda, Agricultura, Industria y Comercio,<br /> Relaciones Exteriores, Obras Públicas y Educación). La Unidad Técnica<br /> de Modernización de la Administración Pública (UTMAP) es su órgano<br /> ejecutivo. Una de las primeras tareas de la UTMAP fue formular e<br /> impulsar el Plan de Acción para la Modernización de la Administración<br /> Pública (PAMAP), plan que fue aprobado el 11 de noviembre del 2004 y<br /> cuya ejecución ya se ha iniciado.<br /> El PAMAP se constituye en la primera herramienta del Gobierno para<br /> proyectar un proceso de modernización en forma coordinada, en el<br /> ámbito del Poder Ejecutivo. El Plan busca establecer una base sólida<br /> para el desarrollo gradual de un Gobierno eficiente y de una política<br /> de Estado. Abarca 4 áreas fuertemente ligadas entre sí: a)<br /> Fortalecimiento institucional del Poder Ejecutivo; b) Seguridad<br /> Jurídica Administrativa; c) Gobierno Electrónico; d) Capital Humano.<br /> La financiación del Plan proviene de varias fuentes: a) Comisión<br /> Europea; b) Programa Umbral de la Cuenta Desafío del Milenio (USAID);<br /> c) Presupuestos de Gastos de la Nación; d) cooperación técnica de<br /> países con quienes el Estado Paraguayo tiene Convenios; e) otros<br /> organismos multilaterales.<br /> Contexto del sector<br /> Según la "Encuesta Nacional sobre Corrupción" realizada por<br /> Transparencia Paraguay y publicada en mayo del 2005, la corrupción se<br /> ha instalado en la relación de los ciudadanos con la Administración.<br /> La corruptela generalizada, traducida en la coima necesaria para tener<br /> éxito en una gran mayoría de trámites administrativos, es sólo el<br /> efecto más visible e irritante, aunque no el más importante, de una<br /> falta de transparencia generalizada en los procedimientos.<br /> El desorden y la opacidad acerca de los trámites y procedimientos<br /> actualmente existentes desincentiva las inversiones productivas,<br /> incentiva la corrupción, genera inseguridad jurídica y produce<br /> desconfianza en las instituciones públicas.<br /> Las estructuras legales y administrativas colaboran a la pervivencia<br /> de esta situación. Así el Paraguay, al igual que otros países<br /> latinoamericanos, carece de una ley de Procedimiento Administrativo<br /> propiamente dicha, lo que da pié a que la tramitología en general sea<br /> dispersa y se halle inmersa en una notoria opacidad.<br /> En este contexto resulta frecuente que un mismo trámite<br /> administrativo, por ejemplo, sacar un pasaporte o registrar una marca<br /> comercial, pueda hacerse por distintos caminos, a diferentes precios y<br /> con distintos tiempos. Es generalmente reconocido que muchos trámites<br /> incluyen pasos, circuitos y requisitos que carecen de base legal<br /> concreta y se apoyan simplemente en el hábito o en el excesivo celo de<br /> algunos funcionarios. La clarificación y descripción de trámites en<br /> Paraguay es, pues, una necesidad imperiosa. La transparencia<br /> administrativa, el poner a disposición de la ciudadanía la información<br /> sobre requisitos, costes, pasos y tiempos de cada trámite (aun sin<br /> simplificarlos), es el segundo paso necesario para empoderar a la<br /> ciudadanía y aumentar de facto la seguridad jurídica.<br /> Los ciudadanos paraguayos afrontan unos costes de transacción con<br /> distintos niveles de discriminación. Así, la población no residente en<br /> Asunción necesita a menudo viajar a la capital, con el único objetivo<br /> de informarse de los requisitos necesarios para un determinado<br /> trámite, así como del tiempo necesario o su precio final.<br /> Hay que destacar que los más afectados por la actual situación son,<br /> los grupos sociales de menores recursos ya que son los más débiles<br /> frente a la ventanilla de las Administraciones públicas y los que<br /> menos posibilidades tienen de actuar sobre otros mecanismos que<br /> aceleren su trámite. Además de los trámites estrictamente personales,<br /> como la cedulación o la constancia de estudios, los trámites para<br /> ejercer actividades económicas unipersonales o constituir micro-<br /> empresas, resultan mucho más desincentivadores y relativamente mucho<br /> más gravosos para la gente humilde y de baja renta. Ese trato<br /> discriminatorio también lo sufren las mujeres jefas de hogar, que<br /> conforman el 25,9% de los hogares a nivel nacional (29,6% a nivel<br /> urbano y 20,7% rural)[5].<br /> En éste campo de la reforma administrativa, un precedente digno de<br /> mención es la reciente experiencia de la "Ventanilla Única del<br /> Exportador", implementada en poco más de un año por el Ministerio de<br /> Industria y Comercio e inserta dentro del citado PAMAP (Plan de Acción<br /> para la Modernización de la Administración Pública); Todos los<br /> trámites relativos a la exportación están ya clarificados,<br /> simplificados e informatizados. Ello se ha hecho con notorias<br /> resistencias, tanto de un sector del funcionariado como de algunos<br /> exportadores que se beneficiaban de la falta de transparencia, pero el<br /> cambio ha sido impulsado por (1) la necesidad económica del país, (2)<br /> la voluntad política del Gobierno en atender tal necesidad, y (3) la<br /> presión externa por parte de la mayoría de exportadores interesados.<br /> Las lecciones más notorias de este precedente son dos: 1/ que es<br /> factible la reforma; y 2/ que la presión y vigilancia externas<br /> procedentes de la sociedad civil, no sólo son necesarias, sino<br /> incluso imprescindibles para superar las reticencias al cambio de<br /> todos los que sacan beneficio de la presente situación.<br /> Consecuentemente, el proyecto pone especial énfasis en garantizar la<br /> implicación de la sociedad civil en las actividades de monitoreo, en<br /> la evaluación de la calidad y en el impacto social de la información<br /> sobre trámites suministrados a la ciudadanía. Para mejor garantizar<br /> la máxima independencia de este seguimiento y control, la contratación<br /> de la componente de monitoreo social previsto en las actividades<br /> A.1.5, A.2.7 y A.3.7 del proyecto, se realizará directamente por la<br /> Delegación de la Comisión en Paraguay.<br /> Igualmente, con el fin de fortalecer las instituciones y los grupos<br /> sociales y de hacer irreversible el proceso de reforma iniciado, el<br /> proyecto elaborará un reglamento de ética profesional destinado a<br /> clarificar los comportamientos y actitudes de los funcionarios<br /> implicados en trámites frente al público, y brindará información a la<br /> ciudadanía, en particular a asociaciones de micro y pequeños<br /> empresarios/as y otras organizaciones sociales.<br /> Principales problemas a los cuales el proyecto aporta una solución:<br /> - Gestión de recursos humanos (área de conocimiento) de la<br /> Administración pública ineficaz e ineficiente; se refleja - entre<br /> otros - en el elevado desconocimiento de las normas que regulan los<br /> trámites en la Administración Pública por parte de los mismos<br /> funcionarios;<br /> - Equipamiento informático obsoleto lo que redunda en ineficiencia;<br /> - Altos costes de transacción para la ciudadanía debido principalmente a<br /> la falta de claridad y de transparencia de las normas que regulan los<br /> trámites en la Administración Pública;<br /> - Bajo nivel de seguridad jurídica debido a la ausencia de un marco<br /> normativo que establezca los derechos del ciudadano frente a la<br /> Administración;<br /> - Altos costos de transacción para la constitución y funcionamiento de<br /> las micros, pequeñas y medianas empresas, lo que desincentiva al<br /> empresario y favorece la informalidad;<br /> - Bajo nivel de "integración social" de la sociedad civil paraguaya, que<br /> se manifiesta en las dificultades de articular una relación fluida con<br /> la Administración Pública;<br /> - Discriminación de la mujer y de la población indígena en la esfera<br /> social.<br /> Organismos implicados en la identificación y preparación del proyecto.<br /> La identificación y formulación del Proyecto fueron realizadas en<br /> conjunto por la Delegación de la CE en Paraguay y la UTMAP, con el<br /> apoyo de representantes de las instituciones vinculadas del sector<br /> público y de organizaciones del sector privado. Este equipo de trabajo<br /> incluyó representantes del Ministerio de Salud Pública y Bienestar<br /> Social (MSPBS), Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG),<br /> Ministerio de Industria y Comercio (MIC), Ministerio de Educación y<br /> Cultura (MEC), Secretaría de la Función Pública (SFP), Secretaría de<br /> la Mujer, Federación Paraguaya de Microempresas (FEPAME) y<br /> organizaciones de la Sociedad Civil, (CIRD), Contralorías Ciudadanas,<br /> Ciudadanos por la Reforma, Transparencia Internacional, Centro de<br /> Atención a la Pequeña y Mediana Empresa (CAPYME), Instituto de<br /> Estudios Comparados en Ciencias Penales y Judiciales (INECIP).<br /> I.2 Beneficiarios finales<br /> El beneficiario y responsable directo del proyecto será la Presidencia<br /> de la República del Paraguay, en cuyo ámbito estará adscrita la<br /> Entidad Ejecutora del Proyecto.<br /> Los beneficiarios directos (grupos meta) del presente proyecto serán:<br /> a) el Poder Ejecutivo y el Consejo Presidencial de Modernización, cuya<br /> capacidad de gestión se verá mejorada y fortalecida; b) los<br /> Ministerios y funcionarios públicos involucrados en el proyecto,<br /> especialmente los 150 "impulsores" de la modernización que ya operan<br /> en los 10 Ministerios;.<br /> Los beneficiarios indirectos serán: Los beneficiarios indirectos<br /> serán: a) la ciudadanía en general y los usuarios de los servicios que<br /> brinda el Estado, que al disponer de mayor información acerca de sus<br /> derechos y obligaciones, verán incrementados sus niveles de seguridad<br /> jurídica y disminuidos sus costos de transacción, como consecuencia de<br /> la mejora de la gestión pública. Los grupos sociales de menos<br /> recursos se verán especialmente empoderados, en particular la<br /> población indígena y las mujeres; b) los gestores administrativos,<br /> puesto que el apoyo a su formalización redundará en la organización y<br /> dignificación de la profesión; c) los empresarios, debido a que se<br /> habrán facilitado las condiciones de formalización, formación,<br /> inscripción y operación de las MPYMES; d) los inversionistas, que<br /> verán clarificados los pasos necesarios para radicar inversiones y<br /> reducidos sus costos de transacción y de inseguridad jurídica.<br /> I.3 Lógica de intervención y metodología de ejecución<br /> El proyecto que se propone está orientado mejorar las relaciones entre<br /> la ciudadanía y la Administración Pública: 1º) mediante la<br /> clarificación, transparentación y publicación de los trámites y<br /> procedimientos administrativos actuales, y 2º) mediante la<br /> simplificación, racionalización e informatización de una selección de<br /> los mismos, entre los que se prioriza a los que afectan directamente a<br /> las MPYME's y a los solicitados más frecuentemente por la mujer. Se<br /> busca, por tanto, una fuerte mejora en la seguridad jurídica del<br /> ciudadano y la empresa en los trámites administrativos que necesiten<br /> formalizar.<br /> Sus objetivos forman una parte importante de la estrategia integral de<br /> modernización administrativa definida en el Plan de Acción de<br /> Modernización de la Administración Pública (PAMAP) aprobado por el<br /> Consejo de Ministros e impulsado directamente por la UTMAP.<br /> Todo proceso de cambio ofrece resistencias por los miedos e<br /> incertidumbres que conlleva, y la primera y mayor resistencia a la<br /> modernización de cualquier Administración pública es la que oponen los<br /> cuerpos funcionariales. Un criterio básico del PAMAP, compartido<br /> totalmente en este proyecto, es utilizar más el estímulo que la<br /> sanción.<br /> En este sentido y como entidad promotora del cambio, el proyecto se<br /> apoya en los "impulsores de la Modernización", unos 150 funcionarios -<br /> alrededor de 10 personas por Ministerio - cuidadosamente seleccionados<br /> desde el Consejo Presidencial de Modernización de la Administración<br /> Pública en enero de 2005, para dinamizar todo este proceso de cambio,<br /> desde el levantamiento de tipo informativo en torno a los trámites,<br /> sus procedimientos, amparo legal y validación, hasta la supervisión de<br /> las tareas efectuadas por los funcionarios vinculados a temas de<br /> tramitología. El seguimiento de las tareas encomendadas a los<br /> "impulsores" se hace directamente desde la Asesoría económica de la<br /> Presidencia, con quien se reúnen al menos una vez por trimestre, con<br /> la coordinación de la UTMAP.<br /> La lógica de intervención de este proyecto es transparentar,<br /> clarificar y simplificar los trámites administrativos, publicándolos<br /> en internet y otros medios de difusión. Esta previsto que algunas<br /> experiencias exitosas ya existentes en la región (Chile, México,<br /> Colombia, principalmente) y/o en Europa, sean aprovechadas. Es en<br /> este contexto que el proyecto necesita y cuenta definitivamente con la<br /> presión de la sociedad civil como motor importante del cambio, como se<br /> comprobó con la implantación de la Ventanilla Única del Exportador.<br /> El proyecto prevé igualmente el uso de las tecnologías informáticas y<br /> digitales para la modernización de los procedimientos internos de la<br /> Administración, apuntando hacia una incipiente implantación de<br /> técnicas de e-gobierno. Así, junto con la asistencia técnica<br /> internacional, la componente económicamente más costosa del proyecto<br /> consiste en la reingeniería de procedimientos y la informatización<br /> progresiva de la tramitología de los diez Ministerios del Poder<br /> Ejecutivo. Se empezará por una selección de trámites, los que afectan<br /> a la constitución de las MPYME's y los solicitados más frecuentemente<br /> por la ciudadanía y en particular, por la mujer.<br /> Atendiendo a las prioridades expresadas, la selección de trámites se<br /> realizará bajo criterios de oportunidad, mayor impacto ciudadano,<br /> factibilidad y ejemplaridad.<br /> La opción del Gobierno, asumida por el proyecto, consiste en avanzar<br /> paso a paso y restringir, de momento, la actuación a los trámites<br /> dependientes de los diez Ministerios, que vienen a representar una<br /> gran mayoría de todos los trámites del Poder Ejecutivo. A pesar de<br /> que alguien podría considerar deseable abordar de una vez la<br /> modernización de la totalidad del Estado, ello se considera<br /> excesivamente riesgoso o incluso inviable, especialmente cuando se<br /> tratara de intervenir en el Poder Judicial y el Legislativo. Sin<br /> embargo, se espera mucho del valor ejemplarizante de los avances del<br /> proyecto para inducir modernizaciones en el resto de las instituciones<br /> del Estado, especialmente en Intendencias y Gobernaciones. Este<br /> criterio o lógica de intervención, es un acto de realismo necesario<br /> cuando se conoce la debilidad institucional del país que, sin duda,<br /> está entre las más bajas de Latinoamérica (Diagnóstico Institucional<br /> de la República del Paraguay, PNUD, 2002).<br /> Finalmente, se pone un énfasis prioritario en buscar éxitos rápidos<br /> orientados a facilitar la formalización de la economía, especialmente<br /> en el ámbito de la micro, pequeña y mediana empresa.<br /> La matriz del marco lógico elaborada durante la formulación del<br /> proyecto figura en el Anexo B de las presentes DTA's. Al elaborar el<br /> Plan Operativo Global (POG), el Beneficiario podrá actualizar y/o<br /> adaptar esa matriz dentro de los límites que fija el artículo 20.3 del<br /> Anexo I - Condiciones Generales del Convenio de Financiación (en lo<br /> sucesivo "Condiciones Generales"). La matriz del marco lógico así<br /> adaptada formará parte del POG.<br /> El proyecto se ejecutará en modalidad descentralizada, en donde las<br /> acciones de, monitoreo, evaluación y auditoria externa serán<br /> contratadas por la Delegación de la CE en Paraguay. Asimismo, la<br /> Delegación se ocupará de la licitación para la elección de un equipo<br /> de asistencia técnica, conformado por 6 expertos de larga duración<br /> (42, 36 y 3 de 12 meses, respectivamente) y 12 hombres/mes de corta<br /> duración, que apoyará en la ejecución del proyecto.<br /> I.4 Objetivo general<br /> La modernización institucional de las Administraciones Públicas en la<br /> República del Paraguay<br /> I.5 Objetivo específico<br /> Mejorar las relaciones entre la Administración Pública y los<br /> ciudadanos y las MPYMES, incrementando el nivel de transparencia,<br /> seguridad jurídica y eficiencia administrativa, en el contexto de una<br /> estrategia integral de modernización.<br /> I.6 Resultados esperados.<br /> Los resultados que se pretenden obtener con el logro de los objetivos<br /> anteriormente citados, serían los siguientes:<br /> Resultado 1: Empoderamiento ciudadano Se han identificado,<br /> clarificado, validado y publicado los principales trámites<br /> administrativos y por tanto, la ciudadanía conoce sus<br /> derechos y obligaciones con relación a los servicios<br /> brindados por los organismos del Poder Ejecutivo, mediante<br /> el acceso fácil a la información sobre trámites y<br /> procedimientos administrativos.<br /> Resultado 2: Simplificación y reingeniería. Se han identificado y<br /> simplificado, los trámites administrativos más<br /> frecuentemente solicitados por la ciudadanía y en especial<br /> por la mujer y la población indígena, y los de<br /> constitución y funcionamiento de las micro, pequeñas y<br /> medianas empresas.<br /> Resultado 3: Fortalecimiento institucional y social. Se ha<br /> fomentado la capacidad institucional en el Estado y en la<br /> sociedad para proveer la transparencia, la seguridad y la<br /> eficiencia en las relaciones entre la administración<br /> pública, los ciudadanos y las empresas, expresada en el<br /> funcionamiento efectivo y sostenible del sistema/red de<br /> información y atención ciudadana (CIACs). Asimismo se<br /> fortalecerán las capacidades de dialogo y participación<br /> activa de los grupos sociales implicados.<br /> 7. Actividades<br /> A efectos descriptivos, el proyecto se articula en 3 componentes,<br /> coherentes con los 3 resultados esperados, no necesariamente<br /> secuenciales.<br /> Empoderamiento ciudadano.<br /> Consistente en identificar, clarificar, validar y publicar los<br /> principales trámites administrativos de forma que la ciudadanía conoce<br /> sus derechos y obligaciones con relación a los servicios brindados por<br /> los organismos del Poder Ejecutivo, mediante el acceso fácil a la<br /> información sobre trámites y procedimientos . Comprende las siguientes<br /> actividades (la cuantificación es indicativa):<br /> . A.1.1.- Identificación de los trámites dependientes del Poder<br /> Ejecutivo y su clasificación por áreas temáticas, dependencias,<br /> etc. Hasta la fecha, se tiene constancia de la existencia de unos<br /> 612 trámites en los 10 Ministerios.<br /> . A.1.2.- Descripción precisa de cada trámite y procedimiento de<br /> acuerdo a una ficha estándar en la que constan los pasos a seguir,<br /> los costos, los plazos, las entidades responsables y su<br /> localización. El proyecto se compromete a identificar y clasificar<br /> 500 trámites del universo de todos los que se hayan identificado.<br /> . A.1.3.- Validación para la publicación de los pasos burocráticos<br /> de los trámites, por los respectivos ministerios. El proyecto<br /> clarificará y publicará como mínimo 300 trámites administrativos<br /> durante el primer año de ejecución.<br /> . A.1.4.- Diseñar y ejecutar una estrategia de comunicación y<br /> difusión a la ciudadanía de los servicios y de los tramites<br /> identificados y descritos que incluya, cómo mínimo:<br /> o Publicar en internet las descripciones validadas.<br /> o Actualizar y mantener la información sobre trámites en internet.<br /> o Publicarla en otros medios.<br /> . A.1.5.- Diseñar y/o implementar un sistema de supervisión y<br /> monitoreo sobre la calidad de la información publicada en internet<br /> y cualquier otro medio existente<br /> Simplificación y reingeniería.<br /> Con relación a la identificación y simplificación de los trámites<br /> administrativos más frecuentemente solicitados por la ciudadanía, y en<br /> especial por la mujer y la población indígena, así como los de<br /> constitución y funcionamiento de las micro, pequeñas y medianas<br /> empresas, las actividades previstas son las siguientes:<br /> . A.2.1.- Elaborar un plan o una estrategia general de<br /> racionalización, simplificación y reducción de plazos de los<br /> trámites administrativos, que incluya los criterios de selección<br /> de los trámites a simplificar.<br /> . A.2.2.- Identificar y determinar con cada uno de los diez<br /> Ministerios los trámites susceptibles de simplificación.<br /> Especial énfasis en trámites de constitución y funcionamiento de<br /> las MPYMES y los solicitados más frecuentemente por la mujer y<br /> la población indígena. Con relación a los primeros, cabe señalar<br /> que además de la ausencia de información homogénea por parte de<br /> la Administración en torno a los requisitos exigidos, el período<br /> de constitución de una PYME en la actualidad puede llegar a ser<br /> de hasta 8 meses.<br /> . A.2.3.- Ejecutar los trabajos de reingeniería de trámites y<br /> procedimientos mediante la contratación de consultoría externa a<br /> la UTMAP y la adquisición de software para cada uno de los 10<br /> Ministerios.<br /> . A.2.4.- Capacitar a los funcionarios ministeriales implicados,<br /> en el conocimiento y aplicación de los nuevos procedimientos y<br /> sus manuales.<br /> . A.2.5.- Diseñar por la UTMAP y ejecutar con las Federaciones<br /> representantes de las MPYMES, un plan de comunicación integral<br /> con los gremios empresariales. Conviene resaltar que dentro del<br /> grupo meta al que se dirige particularmente este resultado, el<br /> del micro-empresario, que constituye el 80% de la masa<br /> empresarial del país y está en torno a las 500.000 personas: a)<br /> goza de una formación escolar muy limitada y la maquinaria<br /> administrativa y su lenguaje le resultan prácticamente<br /> inaccesibles; y b) carece de recursos para pagar servicios que<br /> lo asesoren.<br /> . A.2.6.- Facilitar la relación y el intercambio inter-<br /> institucional y garantizar la coordinación con iniciativas<br /> paralelas de mejora del entorno de negocios y de fomento de la<br /> competitividad.<br /> . A.2.7.- Diseñar y/o implementar un sistema de supervisión y<br /> monitoreo sobre la calidad de la información publicada en<br /> internet y el/los otros sistemas de información elegidos.<br /> Fortalecimiento institucional y social<br /> A fin de fomentar la capacidad institucional en el Estado y en la<br /> sociedad para proveer la transparencia, la seguridad y la eficiencia<br /> en las relaciones entre la administración pública, los ciudadanos y<br /> las empresas, se pondrá en funcionamiento una red/centros de<br /> información y atención ciudadana (CIACs) a nivel nacional. Asimismo se<br /> fortalecerán las capacidades de dialogo y participación activa de los<br /> grupos sociales implicados. Para ello se prevé:<br /> . A.3.1.- El diseño y la ejecución de una estrategia de<br /> comunicación integral, de información y participación de la<br /> ciudadanía, de difusión de los servicios y de los tramites<br /> racionalizados y simplificados, de educación acerca de los<br /> derechos y obligaciones de la ciudadanía, de las empresas y la<br /> administración y de fomento del uso generalizado por los<br /> ciudadanos de los centros de información y atención.<br /> . A.3.2.- Fortalecer las capacidades de las organizaciones de las<br /> MPYMES y grupos sociales implicados para que puedan supervisar<br /> la correcta ejecución de los procedimientos.<br /> . A.3.3.- Definición de estándares y requerimientos de los<br /> centros de información y atención a la ciudadanía (CIAC's) a<br /> ubicar en cada Ministerio y en 12 entidades territoriales<br /> (ciudades de mayor población) para acercarse a la cobertura<br /> nacional, que ofrecerán información general sobre los trámites<br /> dependientes del Poder Ejecutivo.<br /> . A.3.4.- La creación y mantenimiento de la Red Nacional de<br /> CIAC's. El objetivo principal de estos Centros (1 en cada<br /> Ministerio (10) y 12 en ciudades del interior) es el de brindar<br /> información y atención actualizada al usuario con respecto a los<br /> pasos, tiempos, costos y lugar/es en los que deberá gestionar el<br /> trámite solicitado. Esta actividad incluye:<br /> .<br /> o Elaboración y firma de 12 acuerdos con entidades<br /> territoriales para la creación y mantenimiento de sus<br /> respectivas CIAC's.<br /> o La descripción del perfil, selección y capacitación de los<br /> funcionarios encargados de la atención a la ciudadanía<br /> y de los involucrados en los procedimientos simplificados.<br /> o Dotar de equipamiento y conectividad a la UTMAP y a los<br /> centros de información y atención a la ciudadanía.<br /> . A.3.5.- La creación y funcionamiento de una Oficina de Reclamos<br /> centralizada en Asunción, a la que sea posible acceder<br /> telefónicamente a través de un número en la medida de lo posible<br /> gratuito, por internet, de forma presencial o cualquier otro<br /> medio. Esta Oficina se ocupará, entre otros, de centralizar la<br /> recepción de las quejas y de transmitirlas al Ministerio o<br /> servicio pertinente.<br /> . A.3.6.- Redactar una propuesta de ley general de Procedimiento<br /> Administrativo, avalada por el poder Ejecutivo.<br /> . A.3.7.- Diseñar e implementar el sistema de supervisión,<br /> monitoreo y evaluación de la calidad de la red de CIAC's y de la<br /> Oficina de reclamos, así como de la calidad de la información<br /> publicada en internet, con garantías de independencia (externa a<br /> la UTMAP) implicando a la sociedad civil.<br /> . A.3.8. Fortalecimiento de los recursos humanos públicos, en<br /> orden a conocer las mejores prácticas tanto de la región<br /> latinoamericana como europeas, mediante su capacitación y<br /> participación activa en eventos internacionales de tipo<br /> académico y/o del sector público.<br /> . A.3.9 Elaboración de un reglamento de ética profesional<br /> destinado a clarificar los comportamientos y actitudes de los<br /> funcionarios implicados en trámites en su relación con la<br /> ciudadanía.<br /> . A.3.10 - Apoyo a la creación de una asociación profesional o<br /> similar de "gestores administrativos" a fin de sentar las bases<br /> para ordenar y regular dicha actividad y amortiguar las<br /> resistencias que el acceso generalizado a la información pueda<br /> provocar en la profesión. Hasta la fecha, la figura de los<br /> denominados "gestores" carece de naturaleza jurídica y de normas<br /> que la regulen y amparen. Se trata de un colectivo informal de<br /> personas que por iniciativa propia y ante la opacidad de la<br /> Administración, terminan conociendo los canales de información<br /> necesarios para brindar un servicio a la ciudadanía, previo<br /> pago.<br /> . A.3.11 Fomento de una red en el Poder Ejecutivo - a través de<br /> los "impulsores" de la Modernización - que apoye el Plan de<br /> Acción de Modernización de la Administración Pública en el que<br /> se inserta el presente proyecto y potencie su mejoramiento y<br /> actualización. En su calidad de promotores y veladores del<br /> cambio dentro de la Administración, el proyecto impartirá a este<br /> grupo cuidadosamente seleccionado formación en torno al PAMAP y<br /> a la reforma a lo largo de los 48 meses, a fin de que<br /> contribuyan a la consolidación del proceso de reformas.<br /> II DURACION Y LOCALIZACION DEL PROYECTO<br /> II.1 Duración<br /> Dentro de las fechas limite fijadas en el Articulo 4 de las<br /> Condiciones Particulares del Convenio de Financiación (en lo sucesivo:<br /> "Condiciones Particulares") y en aplicación de lo estipulado en el<br /> Artículo 4 de las Condiciones Generales, el periodo de ejecución del<br /> Convenio será de 48 meses. Este periodo de ejecución incluye dos<br /> fases:<br /> 1. Fase de ejecución operativa, que comienza a partir de la entrada<br /> en vigor del Convenio y terminará a los 42 meses de la fecha de la<br /> firma del Convenio por la Comisión.<br /> 2. Fase de cierre con una duración de 6 meses, que comienza a partir<br /> de la fecha final de la fase de ejecución operativa. Durante esta<br /> fase, el Beneficiario efectuará todas las acciones necesarias para el<br /> cierre definitivo del proyecto según lo previsto en el apartado<br /> III.2.7 de estas DTA's.<br /> II.2 Localización<br /> II.2.1 Área(s) geográfica(s) de intervención<br /> El Proyecto se ubica en la República del Paraguay y su alcance se<br /> extiende a todo el ámbito del territorio nacional.<br /> II.2.2 Ubicación de la sede del Proyecto<br /> La sede del Proyecto se ubicará en la ciudad de Asunción, en los<br /> locales que designe el Beneficiario.<br /> III EJECUCION: ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS<br /> III.1 Estructura institucional<br /> III.1.1 Beneficiario<br /> El Beneficiario asume frente a la Comisión las obligaciones y las<br /> responsabilidades derivadas de este Convenio. El Beneficiario se<br /> responsabiliza de la buena ejecución del proyecto en todos sus<br /> aspectos relevantes, entre otros, en términos de eficacia, eficiencia,<br /> transparencia, sostenibilidad, visibilidad, participación y buen uso<br /> de los recursos.<br /> El Beneficiario delega la ejecución del proyecto a La Unidad Técnica<br /> de Modernización de la Administración Pública, UTMAP. Esta delegación<br /> no exime al Beneficiario de sus obligaciones y responsabilidades<br /> frente a la Comisión que se derivan del presente Convenio de<br /> Financiación.<br /> El papel de la Comisión en la ejecución del proyecto (entre otros la<br /> aprobación de planes operativos e informes de licitaciones y<br /> atribución en nombre del Beneficiario de determinados contratos,<br /> desembolso de fondos, misiones de monitoreo, control, evaluación,<br /> auditorias, información y comunicación) no exime en ningún caso al<br /> Beneficiario de sus obligaciones y responsabilidades.<br /> El Beneficiario constituirá bajo su autoridad un equipo de personas,<br /> compuesto por el Director Nacional, el Personal Local y la Asistencia<br /> Técnica Internacional y Local, dedicado exclusivamente a la ejecución<br /> del proyecto. Este equipo tendrá como funciones:<br /> . Preparación de toda la documentación operacional, técnica,<br /> administrativa y financiera del proyecto, entre otros planes<br /> operativos, informes, presupuestos, expedientes de licitación para<br /> la adquisición de bienes, servicios y obras, contratos, ordenes de<br /> pago etc.<br /> . Organización, seguimiento y supervisión de la ejecución de las<br /> actividades.<br /> . La administración y la gestión contable del proyecto en su<br /> conjunto.<br /> . Participar en evaluaciones de licitaciones.<br /> . Asegurar la secretaría del Comité consultivo.<br /> III.1.2 Comité consultivo<br /> Con el fin de garantizar la coordinación institucional e<br /> intersectorial necesaria para la ejecución del Proyecto, se<br /> constituirá un Comité Consultivo (CC) presidido por el Director<br /> Nacional del Proyecto. En este Comité participan de pleno derecho las<br /> organizaciones de la Sociedad Civil tales como el CISNI, el Consejo<br /> Empresarial, Asociación de Empresarios Cristianos, FEPAME, CAPYME,<br /> representantes de las universidades públicas y privadas, así como<br /> otras organizaciones e instituciones públicas y civiles y un<br /> representante de la Comisión Europea, a título de observador. Este<br /> Comité se reunirá al menos dos veces al año.<br /> En particular, el Comité Consultivo opinará, previo a su aprobación<br /> por la CE, sobre el Plan Operativo Global y los Planes Operativos<br /> Anuales del Proyecto.<br /> Las opiniones emitidas por dicho Comité tendrán valor de<br /> recomendación.<br /> La UTMAP propondrá en el POG la constitución, composición y el<br /> reglamento interno de actuación de dicho Comité.<br /> III.2 Procedimientos<br /> III.2.1 Planes Operativos<br /> Las actividades, metodología, cronograma, medios y presupuesto del<br /> proyecto serán elaborados en un Plan Operativo Global (POG) que cubra<br /> toda la fase de ejecución operativa.<br /> Los Planes Operativos Anuales (POA) detallarán la ejecución de las<br /> actividades, el presupuesto anual, los calendarios de ejecución, la<br /> utilización de medios y los desembolsos.<br /> El POG y los POA's se elaborarán según los formatos vigentes. En la<br /> medida en que los planes operativos introduzcan modificaciones en<br /> relación con estas DTA's, estarán sujetas a las condiciones y a los<br /> límites establecidos en el Articulo 20 de las Condiciones Generales.<br /> El Beneficiario elaborará el POG y POA del primer año antes de la<br /> firma del Convenio de Financiación. La Comisión facilitará una<br /> Asistencia técnica adicional, para la elaboración del POG y de los<br /> términos de referencia de la licitación de la Asistencia técnica<br /> internacional.<br /> El POG y el primer POA serán presentados por el Beneficiario a la<br /> Comisión Europea para su aprobación. Esta presentación será realizada<br /> dentro del plazo de 3 meses a partir de la fecha de inicio de la fase<br /> de ejecución operativa fijada en el apartado II.1.<br /> Posteriormente, 3 meses antes de la fecha de finalización del<br /> precedente POA aprobado, cada uno de los POA's será presentado por el<br /> Beneficiario a la Comisión Europea para su aprobación.<br /> El POA correspondiente al último año de la fase de ejecución operativa<br /> prestará una atención particular a la finalización de las actividades<br /> del proyecto.<br /> III.2.2 Puesta a disposición de las contribuciones de la Comunidad<br /> Europea y del Beneficiario<br /> III.2.2.1 Contribución de la Comunidad Europea.<br /> El pago de la contribución financiera de la Comunidad Europea será<br /> realizado, dentro de los límites de los fondos disponibles, según las<br /> modalidades que a continuación se detallan y en conformidad al<br /> Artículo 5 de las Condiciones Generales:<br /> a) Pagos a efectuar directamente por la Comisión Europea<br /> La Comisión Europea realizará los pagos relativos a los contratos<br /> firmados por ella.<br /> En circunstancias excepcionales debidamente justificadas, la Comisión<br /> puede efectuar ciertos pagos en Euros relativos a los contratos<br /> firmados por la UTMAP.<br /> b) Transferencia de fondos de la Comunidad Europea para pagos a<br /> efectuar por el Beneficiario<br /> El Beneficiario procederá a la apertura a su nombre de una cuenta<br /> bancaria en Euros. La utilización de esta cuenta estará sujeta a un<br /> régimen de doble firma, de conformidad a lo establecido en el Art. 5<br /> de las Condiciones Generales. El Beneficiario comunicará por escrito<br /> los datos de dicha cuenta a la Comisión, utilizando el modelo de ficha<br /> de identificación financiera que figura en el Anexo C de estas DTA's,<br /> y el nombre y cargo de las personas investidas de poder de firma. La<br /> Comisión realizará las transferencias de fondos a dicha cuenta<br /> conforme a lo estipulado en el citado Artículo 5.<br /> A cuenta de su contribución, la Comisión efectuará los desembolsos de<br /> fondos en base a los presupuestos definidos en cada POA aprobado, los<br /> estados de avance físicos y financieros presentados en los informes<br /> periódicos, así como las necesidades de tesorería. Además, se<br /> requerirá para estos desembolsos la presentación de una certificación<br /> de auditoria que tiene que cubrir, al menos, todos los gastos<br /> ejecutados hasta 3 meses antes de la solicitud de desembolso. Para el<br /> arranque de la fase de ejecución operativa, la Comisión puede efectuar<br /> un primer desembolso en base de la firma del Convenio de Financiación.<br /> Este primer desembolso no podrá ser superior al 50% de la contribución<br /> total comunitaria al proyecto.<br /> Si el Beneficiario no presentara los POA's y los informes de ejecución<br /> dentro de los plazos establecidos y conforme a las condiciones<br /> aplicables, o bien si estos documentos no fueran aceptados por la<br /> Comisión, ésta podrá recusar los desembolsos y, en casos especificados<br /> en los Artículos 21.1.a) y 22.1 de las Condiciones Generales, proceder<br /> a la suspensión y a la rescisión del Convenio de Financiación. Esta<br /> medida puede igualmente ser aplicada por la Comisión, si el informe de<br /> la auditoria contiene salvedades o no es aceptado por la Comisión, sin<br /> menoscabo del reembolso de los fondos incorrectamente utilizados que<br /> la Comisión puede requerir del Beneficiario.<br /> El Beneficiario también abrirá una cuenta en moneda local que<br /> recibirán los fondos desde la cuenta en Euros a medida que lo exigen<br /> las necesidades reales de tesorería que exijan los pagos a realizar.<br /> Esta cuenta de gastos corrientes estará limitada a un saldo máximo,<br /> cuya cuantía será precisada por el Beneficiario, previo acuerdo de la<br /> Comisión.<br /> Sólo son elegibles para la financiación de la Comunidad Europea las<br /> actividades previstas en los POA's que hayan sido debidamente<br /> aprobados, y solo a partir del momento de su aprobación. En ningún<br /> caso son elegibles gastos incurridos antes de la fecha de comienzo de<br /> la fase de ejecución operativa, ni después de la fecha de<br /> finalización de dicha fase, salvo los mencionados en el Art. 4 de las<br /> Condiciones Generales.<br /> La contribución de la Comisión no podrá utilizarse para cubrir<br /> insuficiencias de tesorería de la contribución del Beneficiario o<br /> de otros co-financiadores.<br /> III.2.2.2 Contribución nacional<br /> El Beneficiario deberá asegurar que los fondos y medios<br /> correspondientes a su contribución para la ejecución del proyecto,<br /> estén disponibles durante el periodo de ejecución de las actividades a<br /> las cuales están destinados.<br /> El Beneficiario presentará en el POG el mecanismo de puesta a<br /> disposición de su contribución.<br /> En la Sección IV "Financiación y Presupuesto" de estas DTA's se<br /> indican qué parte de la contribución será en efectivo y cuál en<br /> especie debidamente valorizadas. De no hacerse mención específica, se<br /> entenderá que la contribución es en efectivo.<br /> En el caso de que hubiera lugar al pago de impuestos y tasas, el<br /> Beneficiario tomará a su cargo el pago de estos. Dicho importe será<br /> adicional a su contribución prevista en el presupuesto del Convenio.<br /> Al someter a la aprobación de la Comisión un POA, el Beneficiario<br /> confirmará la disponibilidad efectiva de los fondos de la contraparte<br /> nacional que se requieran para la ejecución del mismo.<br /> III.2. 3 Celebración de contratos<br /> Los contratos financiados con fondos de la contribución comunitaria se<br /> regirán por lo dispuesto en Artículo 5 de las Condiciones<br /> Particulares, en Título III de las Condiciones Generales y en el<br /> documento "Reglas y procedimientos aplicables a los contratos de<br /> servicios, suministro y obras financiados por el presupuesto general<br /> de las Comunidades en el marco de la cooperación con terceros países"<br /> aprobado y publicado por la Comisión (ver Anexo A, Cuadros<br /> recapitulativos de las modalidades de licitación).<br /> Toda derogación a las normas y procedimientos definidos y publicados<br /> por la Comisión en materia de atribución de contratos en el marco de<br /> la cooperación con terceros países, deberá ser sometida a la<br /> aprobación previa de la Comisión.<br /> Los contratos los firmará el Beneficiario, salvo los siguientes, que<br /> serán celebrados por la<br /> Comisión Europea en nombre del Beneficiario:<br /> . los contratos de Asistencia técnica internacional;<br /> . los contratos relativos al monitoreo, evaluación y auditoria.<br /> En los procedimientos de licitación, adjudicación y pago de contratos<br /> por parte del beneficiario se aplicará el control ex ante para los<br /> contratos superiores a 50.000 E y ex post a los contratos inferiores a<br /> este monto.<br /> El Beneficiario comunicará a la Comisión, para su aprobación, el<br /> nombre y cargo de las personas investidas del poder de firma de<br /> contratos.<br /> Los contratos que no se celebren en la moneda nacional del país<br /> beneficiario se celebrarán en Euros.<br /> En cualquier caso, todos los contratos deberán haber sido firmados<br /> antes de la fecha fijada en el Artículo 5 de las Condiciones<br /> Particulares y ejecutados antes de la fecha de finalización de la fase<br /> de ejecución operativa.<br /> Los contratos celebrados exclusivamente con fondos de la contribución<br /> nacional se regirán por la legislación y la reglamentación nacional en<br /> la materia.<br /> III.2. 4 Gestión financiera y contabilidad<br /> El Beneficiario asegurará que la gestión de fondos de la Comunidad<br /> Europea sea realizada con estricto respeto a cuanto estipula el<br /> Art.6.2 de las Condiciones Particulares. En particular, el<br /> Beneficiario asegurará que:<br /> . La gestión contable se realizará por la aplicación de los principios y<br /> normas generalmente aceptados. La contabilidad del proyecto será<br /> patrimonial, aplicando el sistema de doble partida e incluirá el<br /> registro de cada recibo de ingreso y de cada gasto efectuado,<br /> incluyendo la cuenta de los intereses que deben ser restituidos a la<br /> Comisión (ver Art. 5.6 Condiciones Generales). La Comisión se reserva<br /> el derecho de exigir la aplicación de procedimientos contables<br /> analíticos u otros, en función de la especificidad del proyecto.<br /> . Para todos los gastos cubiertos por la contribución de la Comunidad<br /> Europea deberán existir los documentos justificativos necesarios<br /> (facturas, recibos, estados de cuentas bancarias, etc.). El<br /> Beneficiario conservará estos documentos y todos los libros contables<br /> durante un periodo de 7 años después de la fecha de cancelación del<br /> compromiso financiero de la Comunidad Europea. No será necesario que<br /> vayan acompañados de copias de justificantes los estados de gastos e<br /> ingresos realizados que el Beneficiario enviará a la Comisión.<br /> . El Beneficiario comunicará a la Comisión, para su aprobación, el<br /> detalle de los mecanismos financieros para la ejecución del proyecto,<br /> así como el nombre y cargo de las personas investidas de poder para<br /> ordenar pagos.<br /> . En conformidad con el Artículo 5.5 de las Condiciones Generales, el<br /> Beneficiario comunicará a la Comisión el monto mencionado en el<br /> apartado III.2.2.1. b) de los intereses y ventajas equivalentes<br /> generadas par los fondos depositados en la cuenta en Euro.<br /> III.2. 5 Informes<br /> El Beneficiario someterá a la Comisión Europea informes técnicos y<br /> financieros con carácter semestral y anual que contendrán una<br /> información suficientemente detallada para poder apreciar el avance<br /> del proyecto en función de sus objetivos y del POG y de los POA's.<br /> Estos informes se completarán con los presupuestos estimados de las<br /> operaciones previstas a realizar en el semestre siguiente al periodo a<br /> que se refieren.<br /> Los informes anuales serán más conceptuales y consolidarán lo incluido<br /> en los informes semestrales del periodo.<br /> A más tardar un mes antes del final de la fase de cierre, el<br /> Beneficiario someterá a la aprobación de la Comisión un informe final,<br /> técnico y financiero, recapitulativo de todo el proyecto. Este informe<br /> irá acompañado de:<br /> . un inventario de los bienes adquiridos con la contribución<br /> comunitaria, con indicación del destino de dichos bienes (ver<br /> también III.2.7);<br /> . un informe final de auditoria, (ver también III.2.6.2).<br /> La Comisión se reserva el derecho de solicitar al Beneficiario la<br /> presentación de informes específicos.<br /> III.2. 6 Seguimiento, evaluación y auditoria<br /> III.2.6.1 Seguimiento y evaluación<br /> El Beneficiario deberá establecer un sistema de seguimiento permanente<br /> y evaluación internos al proyecto que deberá utilizarse para la<br /> elaboración de los informes mencionados en el punto III.2.5.<br /> Independientemente de ello, la Comisión podrá enviar misiones externas<br /> de seguimiento y evaluación. En particular, se prevén:<br /> . misiones de monitoreo externo periódico, preferentemente realizadas<br /> por organizaciones especializadas de la sociedad civil, que en<br /> principio comenzarán una vez que las actividades del proyecto tengan<br /> como mínimo 6 meses de duración, y supervisarán el desarrollo del<br /> proyecto durante toda la fase de ejecución operativa del mismo (fase<br /> de 6 meses de cierre, excluida). Los objetivos de la figura de<br /> "monitoreo social" son principalmente los de efectuar un seguimiento<br /> sobre la calidad de la información facilitada, los servicios<br /> prestados y la medición del impacto que la reforma provoca en la<br /> ciudadanía en todo el país. Este trabajo sistemático incluye un<br /> seguimiento diferenciado de los beneficiarios (ciudadanos) para cada<br /> género y la medición progresiva del impacto logrado con las campañas<br /> de difusión, sensibilización e información sobre los usuarios;<br /> . El equipo de monitoreo elaborará informes semestrales que serán<br /> entregados a la Delegación y a la Unidad de Ejecución;<br /> . Una evaluación a medio término, que tendrá lugar en el mes 18 desde<br /> la llegada efectiva de la asesoría Técnica internacional de larga<br /> duración;<br /> . una evaluación final, al inicio de la fase de cierre;<br /> . una evaluación ex-post.<br /> El Beneficiario y la Comisión analizarán las conclusiones y<br /> recomendaciones de la evaluación a medio término, en la que el<br /> resultado 1 del proyecto deberá haberse alcanzado y acordarán<br /> conjuntamente el seguimiento a dar a las mismas y las adaptaciones a<br /> que hubiese lugar.<br /> Los informes de las otras misiones de evaluación y de las misiones de<br /> monitoreo se entregarán al Beneficiario para que pueda tomar en cuenta<br /> las eventuales recomendaciones que puedan resultar de dichas misiones.<br /> El Beneficiario se compromete a colaborar efectiva y eficazmente con<br /> los expertos monitores y/o evaluadores y, entre otros, a darles toda<br /> la información y documentación que sea necesaria, así como favorecer<br /> el acceso a las oficinas y a las actividades del proyecto.<br /> La Comisión informará al Beneficiario con suficiente antelación de las<br /> fechas previstas para las misiones externas.<br /> III.2.6.2 Auditoria<br /> Sin menoscabo de las auditorias internas y externas que pudiera<br /> prescribir la legislación nacional, el Beneficiario hará auditar<br /> periódicamente (como mínimo una vez al año) todos los gastos que haya<br /> efectuado con cargo a la contribución de la UE. Para este fin el<br /> Beneficiario, con el previo acuerdo de la Comisión, celebrará un<br /> contrato con una empresa de auditoria externa, con cargo al rubro 5.2<br /> del presupuesto en el apartado IV.2. Asimismo el Beneficiario hará<br /> ejecutar una auditoria final durante la fase de cierre, cuyos<br /> resultados serán presentados a la Comisión junto al informe final del<br /> proyecto. El informe de auditoria final no debe contener salvedades.<br /> Aparte de estas auditorias periódicas que hará ejecutar el<br /> Beneficiario, la Comisión podrá enviar por su parte misiones de<br /> auditoria externa, según lo dispuesto en el Articulo 18 de las<br /> Condiciones Generales.<br /> III.2. 7 Finalización del proyecto<br /> A partir de la fecha final de la fase de ejecución operativa, y<br /> dentro de la duración de la fase de cierre, el Beneficiario tomará las<br /> medidas necesarias para:<br /> . la liquidación de cuentas por pagar para actividades ejecutadas;<br /> . la restitución a la Comisión Europea del saldo de los fondos<br /> comunitarios no utilizados así como los intereses generados por un<br /> eventual pre-financiamiento y no devueltos a la fecha de<br /> finalización de las actividades;<br /> . el establecimiento de inventarios;<br /> . la preparación del informe final estipulado en el apartado III.2. 5<br /> de estas DTA;<br /> . el cierre contable del proyecto;<br /> . la auditoria final;<br /> . realizar cualquier otra tarea necesaria para la clausura definitiva<br /> del proyecto, acorde con las disposiciones del Convenio de<br /> Financiación.<br /> El Beneficiario podrá recurrir por su cuenta y riesgo, a servicios de<br /> liquidadores, si lo considerara necesario.<br /> Los bienes y realizaciones adquiridos o generados con la contribución<br /> europea (activos), pasarán a ser propiedad del Beneficiario en el<br /> momento de su adquisición ó realización, sin menoscabo de la<br /> posibilidad de transferir tales activos a otras entidades o<br /> instituciones nacionales del país beneficiario que puedan asegurar su<br /> utilización para los fines previstos en el Convenio de Financiación,<br /> en favor de la población beneficiaria y garantizando, al mismo tiempo,<br /> su mantenimiento, conservación, valor y disponibilidad. Esto no exime<br /> al Beneficiario de su responsabilidad de asegurar que dichos bienes y<br /> realizaciones se mantengan adecuadamente y continúen utilizándose en<br /> conformidad con los objetivos del proyecto.<br /> Sobre la base del informe final y de la auditoria final (sin<br /> salvedades) aceptados por la Comisión y de la liquidación financiera<br /> de los derechos y obligaciones de la Comunidad Europea, incluyendo<br /> eventuales recuperaciones o desembolsos de saldos, la Comisión<br /> procederá a extender un "documento de cierre" del proyecto, que será<br /> transmitido al Beneficiario. Este documento extinguirá la<br /> responsabilidad de la Comunidad Europea y sus obligaciones que se<br /> deriven de este Convenio.<br /> FINANCIACION Y PRESUPUESTO<br /> IV.1 El presupuesto<br /> El proyecto, de un total de 7.500.000. E, descansa sobre una<br /> aportación financiera de:<br /> 6.000.00. E, por parte de la Comunidad Europea con cargo a fondos no<br /> reembolsables<br /> 1.500.000. E, por parte del país beneficiario.<br /> IV.2 Cuadro presupuestario global<br /> |RUBROS |CE |País |Otros |Total |<br /> | | |Beneficiari| | |<br /> | | |o | | |<br /> | |Monto |% |Monto |% |Monto|% |Monto | % |<br /> |1. SERVICIOS |2.887.6|39%|66.000 |1% | | |2.953.6|39% |<br /> | |00 | | | | | |00 | |<br /> |1.1 A.T. internacional |1.236.0| |0 | | | |1.236.0| |<br /> | |00 | | | | | |00 | |<br /> |1.2 A.T. local |415.800| |0 | | | |415.800| |<br /> |1.3 Monitoreo, evaluación y |285.000| |0 | | | |285.000| |<br /> |auditoria (externos) | | | | | | | | |<br /> |1.4 Estudios |0 | |0 | | | |0 | |<br /> |1.5 Formación y capacitación |586.000| |66.000 | | | |652.000| |<br /> |1.6 Intercambio experiencias |364.800| |0 | | | |364.800| |<br /> |2. SUMINISTROS |1.740.0|23%|0 |0% | | |1.740.0|23% |<br /> | |00 | | | | | |00 | |<br /> |2.1 Equipamiento |625.000| |0 | | | |625.000| |<br /> |2.2 Otros suministros |1.115.0| |0 | | | |1.115.0| |<br /> | |00 | | | | | |00 | |<br /> |3. OBRAS |80.000 |1% |94.000 |1% | | |174.000|2% |<br /> |4. INFORMACION Y VISIBILIDAD |749.000|10.|229.000|3% | | |978.000|13% |<br /> | | |% | | | | | | |<br /> |5. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO |0 |0% |1.111.0|15%| | |1.111.0|15% |<br /> | | | |00 | | | |00 | |<br /> |5.1 Personal local |0 | |718.200| | | |718.200| |<br /> |5.2 Otros gastos de |0 | |392.800| | | |392.800| |<br /> |funcionamiento | | | | | | | | |<br /> |6. FONDOS DE CREDITO |0 |0% |0 |0% | | |0 | |<br /> |7. OTRAS PARTIDAS |340.000|5% |0 |0% | | |340.000|5% |<br /> |8. IMPREVISTOS |203.400|3. |0 |0% | | |203.400|3% |<br /> | | |% | | | | | | |<br /> |9. T O T A L |6.000.0|80%|1.500.0|20%| | |7.500.0|100% |<br /> | |00 | |00 | | | |00 | |<br /> . Los fondos correspondientes a los conceptos 1.1 (Asistencia técnica<br /> internacional) y 1.3 (Monitoreo, evaluación y auditoria) serán<br /> gestionados directamente por la Comisión Europea.<br /> . La contribución de la Comunidad Europea al rubro "imprevistos" puede<br /> ser utilizado solamente con el acuerdo previo de la Comisión.<br /> . La contribución del país beneficiario en efectivo es de 500.000E y<br /> de 1.000.000E en especies, que serán aportados por la entidad<br /> beneficiaria y se aplicarán 718.200E para el pago del personal<br /> local, 229.000E para gastos de información y visibilidad, 94.000E<br /> para obras, 66.000E para formación y capacitación y 392.800E para<br /> otros gastos de funcionamiento del proyecto.<br /> IV.3 Cuadro presupuestario de la contribución nacional<br /> |RUBROS |Beneficiar|Otros |Otros |Total |<br /> | |io (UTMAP)|Organismo|(Cofinan| |<br /> | | |s |-ciamien| |<br /> | | |Públicos |to del | |<br /> | | |del País |Sector | |<br /> | | |Beneficia|privado)| |<br /> | | |rio | | |<br /> |1. SERVICIOS |66.000 | | |66.000 |<br /> |1.1 A.T. internacional |0 | | |0 |<br /> |1.2 A. T. local |0 | | |0 |<br /> |1.3 Monitoreo, evaluación y |0 | | |0 |<br /> |auditoria (externos) | | | | |<br /> |1.4 Estudios |0 | | |0 |<br /> |1.5 Formación y capacitación |66.000 | | |66.000 |<br /> |1.6 Intercambio de experiencias|0 | | |0 |<br /> |2. SUMINISTROS |0 | | |0 |<br /> |2.1 Equipamiento |0 | | |0 |<br /> |2.2 Otros |0 | | |0 |<br /> |3. OBRAS |94.000 | | |94.000 |<br /> |4. INFORMACION Y VISIBILIDAD |229.000 | | |229.000 |<br /> |5. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO |1.111.000 | | |1.111.00|<br /> | | | | |0 |<br /> |5.1 Personal local |718.200 | | |718.200 |<br /> |5.2 Otros gastos de |392.800 | | |392.800 |<br /> |funcionamiento | | | | |<br /> |6. FONDOS DE CRÉDITO |0 | | |0 |<br /> |7. OTROS |0 | | |0 |<br /> |8. IMPREVISTOS |0 | | |0 |<br /> |9. T O T A L |1.500.000 |0 |0 |1.500.00|<br /> | | | | |0 |<br /> V. MEDIOS PREVISTOS Y MODO DE REALIZACION<br /> V.1 Medios previstos<br /> V.1.1 Servicios<br /> V.1.1.1. Asistencia técnica internacional<br /> La Asistencia Técnica internacional, por un total de 1.236.000E<br /> que prestará sus servicios al Beneficiario incluye:<br /> A) La contratación de un equipo permanente conformado por: Un(a)<br /> experto (a) en estrategias y gestión de proyectos de modernización<br /> administrativa y desburocratización, simplificación de trámites y<br /> relaciones con ciudadanos y empresas durante 36 meses; un(a)<br /> experto (a) en temas contractuales y financieros (con conocimiento<br /> de los procedimientos de ayuda externa de la UE) por 42 meses;<br /> un(a) especialista en Derecho administrativo durante 6 meses; un(a)<br /> experto(a) internacional en diseño de Sistemas de Información y<br /> Tecnologías de comunicación durante 12 meses;. un(a) experto(a)<br /> internacional en reingeniería de procesos durante 12 meses.<br /> B) Igualmente, está prevista la contratación de un(a) experto(a)<br /> internacional en resolución de conflictos durante 12 meses y de<br /> un(a) experto(a) internacional en Administración de Recursos<br /> Humanos durante 6 meses.<br /> Son elegibles los nacionales de los países de la UE y de América<br /> Latina.<br /> La Asistencia técnica no asumirá tareas o responsabilidades de<br /> dirección del proyecto, en particular pagos y firma de contratos, las<br /> cuales son responsabilidad exclusiva del Beneficiario.<br /> V.1.1.2 Asistencia técnica local<br /> En este concepto se incluye la contratación por el beneficiario de<br /> empresas y especialistas del exterior y nacionales que resulten<br /> necesarios para la ejecución del Proyecto, por un monto total estimado<br /> de 415.800E, los cuales están previstos para la contratación, entre<br /> otros, de especialistas en Derecho Administrativo, Organización y<br /> Métodos; especialistas en MYPMES; especialistas como contrapartes<br /> locales de los consultores internacionales; consultoría especializada<br /> en elaboración de bases de datos; consultaría especializada en la<br /> elaboración de estrategias de simplificación de trámites.<br /> La Asistencia Técnica Local es la que realiza tareas concretas<br /> específicas, de duración limitada, esencialmente de consultoría. Para<br /> realizar esas tareas, el Beneficiario podrá aportar personal propio o<br /> contratar a especialistas a retribuir con cargo a los recursos<br /> aportados por la Comisión y/o de la contribución local.<br /> Las previsiones de contratación de estos servicios a cargo del<br /> Proyecto, así como los términos de referencia de los mismos, deberán<br /> ser presentadas en los Planes Operativos (POG y/o POAs). Una vez<br /> aprobados dichos planes operativos, el Beneficiario podrá celebrar<br /> los contratos correspondientes. Los informes recogerán el estado de<br /> avance físico y financiero de dichos contratos.<br /> Son elegibles a título de la AT local los expertos originarios de los<br /> países de la UE, nacionales y de AL.<br /> Dicha AT se retribuirá con cargo a los recursos aportados por la<br /> Comisión y/o de la contribución del Beneficiario, según lo previsto en<br /> el Cuadro presupuestario I.2.<br /> V.1.1.3 Monitoreo, evaluación y auditoria (externos)<br /> El monto estimado para estas actividades es de 285.000E, a cargo de la<br /> Comisión según lo previsto en el cuadro Presupuestario IV.2.<br /> Monitoreo: comprende principalmente las actividades A.1.5, A.2.7<br /> y A.3.7 y serán contratadas por la Comisión para garantizar mejor la<br /> independencia de la participación de la sociedad civil.<br /> Evaluación: las misiones de evaluación serán realizadas por equipos de<br /> expertos independientes.<br /> Auditoria: para las auditorias externas la Comisión podrá enviar sus<br /> propios funcionarios, o bien expertos externos.<br /> V.1.1.4 Estudios <br /> V.1.1.5 Formación y capacitación<br /> En este capítulo se incluyen fundamentalmente las necesidades de<br /> capacitación para los funcionarios públicos involucrados en los<br /> procesos de modernización; para el cuerpo de funcionarios de los CIACs<br /> y personal de atención al público; para representantes y miembros de<br /> asociaciones y federaciones de MPYMES; para el grupo de funcionarios<br /> que supervisará el proceso de reingeniería realizado en las<br /> instituciones públicas; e incluirá la realización de otras actividades<br /> de adiestramiento que resulten de los planes de formación<br /> planificados.<br /> Se tienen previsto igualmente, talleres de intercambio de<br /> experiencias, elaboración de propuestas y socialización de las mismas.<br /> Estos recursos serán destinados además, para la suscripción a<br /> publicaciones especializadas y la adquisición de material<br /> bibliográfico o de cualquier otro tipo, referente a modernización de<br /> las administraciones públicas, simplificación de trámites, gobierno<br /> electrónico, etc.<br /> Están previstos 652.000E para la realización principal de los<br /> siguientes cursos, seminarios y talleres:<br /> . Talleres para identificación de los trámites administrativos y<br /> la elaboración de planes de racionalización, simplificación y<br /> reducción de costos administrativos<br /> . Talleres de análisis y socialización de propuestas destinadas a<br /> la simplificación de trámites especiales para servicios<br /> destinados a las MPYMES con gremios de microempresarios e<br /> instituciones públicas involucradas en el proceso, en puntos<br /> estratégicos de todo el país.<br /> . Cursos de capacitación en control, seguimiento y evaluación de<br /> los procesos de racionalización y simplificación de trámites<br /> destinados a las MPYMES, como así también de pasantías en<br /> instituciones públicas para miembros de organizaciones de<br /> microempresarios.<br /> . Talleres de sensibilización, planificación estratégica y<br /> estandarización de criterios y modalidades de aplicación de los<br /> procedimientos de atención a las MPYMES.<br /> . Cursos de capacitación especializada de atención al cliente<br /> destinado a funcionarios/as afectados a los Centros de<br /> Información y Atención a la Ciudadanía.<br /> . Talleres de coordinación y planificación con unidades ejecutoras<br /> de proyectos de la CE y otros donantes.<br /> . Cursos de capacitación para administradores y operadores del<br /> sistema informático y base de datos de la UTMAP y para<br /> operadores en los Ministerios y/o CIAC.<br /> . Capacitación a funcionarios que brindan servicios de atención al<br /> público.<br /> . Talleres a los funcionarios implicados en el proceso de<br /> tramitación administrativa para conocimiento y aplicación de los<br /> nuevos procedimientos y sus manuales.<br /> . Talleres de información y participación a grupos sociales<br /> implicados en todo el proceso de tramitología.<br /> . Cursos, seminarios, talleres a nivel nacional e internacional<br /> sobre modernización de las administraciones públicas,<br /> simplificación de trámites, estrategias de implementación de<br /> procesos de modernización, etc. tanto para los miembros del<br /> equipo técnico de la UTMAP como de los equipos propulsores de la<br /> modernización.<br /> . Congresos y seminarios sobre modernización de las<br /> administraciones públicas a nivel nacional e internacional.<br /> . Talleres de socialización de la propuesta de Ley general de<br /> Procedimiento Administrativo entre funcionarios involucrados y<br /> miembros de la sociedad civil<br /> . Cursos, seminarios y talleres y pasantías orientados a divulgar<br /> el proceso de reformas a organizaciones de la sociedad civil<br /> organizada.<br /> . Seminarios, foros, mesas de dialogo destinados al diseño de una<br /> estrategia que permita generar una red que impulse y apoye la<br /> estrategia de modernización, al interior del Poder Ejecutivo<br /> . Talleres de planificación estratégica y formalización de los<br /> "gestores administrativos" y grupos sociales organizados<br /> Las previsiones de contratación y de realización de las actividades de<br /> formación y de capacitación, con sus respectivos términos de<br /> referencia, deberán ser presentadas en los planes operativos. Una vez<br /> aprobados dichos planes, el Beneficiario procederá a la celebración<br /> de los correspondientes contratos.<br /> Los informes del Proyecto recogerán el estado de avance físico y<br /> financiero de dichos contratos.<br /> V.1.1.6 Intercambio de experiencias<br /> El Beneficiario promoverá la coordinación y el intercambio de<br /> experiencias con otros proyectos en el mismo sector o similares, en la<br /> región latinoamericana y Europa, destinados al fortalecimiento del<br /> equipo de la UTMAP y de los funcionarios que lideren el proceso de<br /> modernización.<br /> Se han previsto en esta partida 364.800E para actividades tales como:<br /> participación de técnicos nacionales en reuniones técnicas de<br /> organismos y asociaciones regionales y multilaterales de reforma y<br /> modernización del estado, simplificación de trámites, gobierno<br /> electrónico, así como pasantías en países que han desarrollado<br /> reformas consideradas buenas prácticas.<br /> El Beneficiario puede proponer actividades a financiar con cargo a<br /> esta partida en los Planes Operativos (POG y/o POA). Una vez aprobados<br /> dichos planes operativos, el Beneficiario podrá proceder a realizar<br /> estas actividades, cuyos avances físicos y financieros serán recogidos<br /> en los informes del proyecto.<br /> V.1.2 Suministros y equipos<br /> Se han previsto 1.740.000E, con recursos de la cooperación europea,<br /> para la adquisición principal de:<br /> a) equipamiento informático (hardware y software), de conectividad y<br /> de comunicación de datos con sus respectivos soportes técnicos para<br /> la UTMAP, en donde se concentrarán los servidores que soportarán la<br /> Red Nacional de CIAC's y el portal único de informaciones para la<br /> ciudadanía y la Administración; fotocopiadoras, fax, scanner para<br /> los CIAC's.<br /> b) Software de seguimiento y administración de tramites en línea (CRM)<br /> y Software administración de documentos (DDM).<br /> c) muebles para la UTMAP y los CIAC's y sus equipos de refrigeración.<br /> d) Vehículos.<br /> La UTMAP deberá proponer en los Planes Operativos (POG y/o POA) el<br /> calendario de adquisición y disponibilidad de los equipos. Una vez<br /> aprobados dichos planes operativos, la UTMAP podrá proceder, en los<br /> términos previstos para los procedimientos mencionados en el apartado<br /> III.2.4, a contratar los suministros y equipos, cuyos avances de<br /> ejecución física y financiera serán recogidos en los informes del<br /> Proyecto.<br /> V.1.3 Obras e infraestructuras<br /> Las adecuaciones necesarias en los edificios públicos y espacios en<br /> las instituciones, que se dispongan para la prestación de los<br /> servicios a la ciudadanía en general y a las MPYMES en particular a<br /> través de este Proyecto, serán asumidas por un monto de 174.000E, de<br /> los cuales 80.000E serán con cargo a la contribución europea y el<br /> equivalente a 94.000E en especies, formarán parte de la contribución<br /> nacional<br /> Estos recursos se destinarán a la adecuación y/o mejoramiento de<br /> espacios físicos en los recintos de los Ministerios, Gobernaciones,<br /> Municipalidades u otras instituciones, donde se instalen las oficinas<br /> de los CIAC's.<br /> La UTMAP deberá proponer en los Planes Operativos (POG y/o POAs) el<br /> calendario de contratación y el de ejecución de las obras. Una vez<br /> aprobados dichos planes operativos, la UTMAP podrá proceder, en los<br /> términos previstos para los procedimientos mencionados en el apartado<br /> III.2.4, a contratar las obras, cuyos avances de ejecución física y<br /> financiera serán recogidos en los informes del Proyecto.<br /> Las obras de pequeño tamaño podrán ser realizadas por las<br /> instituciones públicas o civiles interesadas. Si fuera necesario, y en<br /> función de las exigencias técnicas, esas obras podrán realizarse ya<br /> sea por administración directa, ya sea por contrato con entidades o<br /> empresas locales, siguiendo una licitación local ó una consulta<br /> restringida conforme a los procedimientos comunitarios en materia de<br /> contratos y con la previa autorización de la Comisión.<br /> Los POG y POA indicarán qué tipos de obras se contratarán bajo una u<br /> otra modalidad.<br /> V.1.4 Información y visibilidad<br /> El Beneficiario seguirá las indicaciones del documento "Guía de<br /> visibilidad de la UE para acciones externas" que le facilitará la<br /> Comisión Europea.<br /> Con objeto de asegurar a la cooperación desarrollada por la Comunidad<br /> Europea la visibilidad necesaria, se realizarán acciones de relaciones<br /> públicas y de publicidad en diversos medios de comunicación para<br /> valorizar y dar a conocer el proyecto (folletos, artículos y<br /> reportajes, visitas, conferencias, seminarios y materiales de<br /> promoción, etc.)<br /> El plan de acción detallado de las actividades de divulgación será<br /> remitido, antes de su puesta en aplicación, a la aprobación de la<br /> Comisión, con preferencia dentro del POG.<br /> El Beneficiario invitará a la Delegación de la Comisión a cuantos<br /> eventos de visibilidad se puedan desarrollar.<br /> Considerando que parte importante de este proyecto irá dirigida a<br /> lograr un cambio considerable en la cultura y la mentalidad<br /> tradicional de la ciudadanía, las empresas y los funcionarios públicos<br /> a nivel nacional, la promoción, la información y la visibilidad de las<br /> ideas y acciones deben ser desarrolladas en forma significativa y<br /> permanente durante el periodo de gestión del proyecto, a través de<br /> diversos medios de comunicación.<br /> Por esta razón, se tiene prevista la elaboración de estrategias de<br /> comunicación, sensibilización e información - con un importante<br /> componente educativo - y la implementación de las mismas por empresas<br /> especializadas en la materia. El monitoreo del impacto logrado con las<br /> campañas mencionadas sobre los usuarios y los ciudadanos, formarán<br /> parte de las tareas del monitoreo social.<br /> Dada la importancia del componente, los recursos destinados al mismo<br /> totalizan 978.000E, de los cuales 749.000E provendrán de la donación y<br /> 229.000E de la contrapartida nacional.<br /> V.1.5 Gastos de funcionamiento<br /> V.1.5.1 Personal local<br /> El Beneficiario, como parte de su contribución, suministrará al<br /> proyecto durante todo el periodo de ejecución del Convenio, el<br /> personal nacional de gestión y especialistas suficientes para llevar a<br /> buen fin el desarrollo de las actividades y el cierre del proyecto.<br /> Sin menoscabo de la obligación del Beneficiario de asegurar la<br /> disponibilidad de personal acorde con las exigencias de la ejecución<br /> del proyecto, el equipo de personal local estará compuesto al menos<br /> por:<br /> . Un Director/a del proyecto<br /> El Director/a o Coordinación nacional del proyecto será nombrado<br /> por el Consejo Presidencial de Modernización, mediante concurso<br /> público, con base a los términos de referencia que definan sus<br /> competencias y responsabilidades. El Beneficiario informara a la<br /> Comisión de esta nominación.<br /> Este cargo está destinado un Gestor de reconocida trayectoria y<br /> comprobable valía, con experiencia en programas de reforma<br /> institucional del sector público.<br /> . Un equipo de profesionales con calificaciones adecuadas, entre los<br /> cuales habrá un mínimo de 16 personas durante toda la duración del<br /> proyecto compuesto de :<br /> o Un gerente tecnológico<br /> o Un/a contador/a jefe y un/a asistente, quienes llevarán la<br /> contabilidad del proyecto, bajo los principios de "partida<br /> doble" y vigilante de que se mantenga la separación efectiva en<br /> distintas personas entre la petición de un bien o servicio, la<br /> contabilización del gasto o inversión y el pago del mismo<br /> o 6 profesionales especialistas en las distintas áreas de<br /> actuación del proyecto: dirección y gestión pública, derecho<br /> administrativo, sistemas informáticos, comunicación y gestión<br /> de proyectos.<br /> o 4 auxiliares administrativos.<br /> o 2 profesionales funcionarios técnicos supervisores y<br /> contralores de los CIACs.<br /> o 2 personales de apoyo logístico<br /> En los Ministerios y en las Gobernaciones, Municipalidades o<br /> instituciones donde se instalen los Centros de Información y Atención<br /> al Ciudadano (CIAC), estarán trabajando un minino de 3 funcionarios,<br /> quienes serán consideradas contrapartidas institucionales<br /> responsables.<br /> La movilización del resto del personal local será detallada en los POG<br /> y POA.<br /> La dedicación del personal local al proyecto será exclusiva y a tiempo<br /> completo. Los sueldos, indemnizaciones y adicionales de todo tipo del<br /> personal local serán a cargo de la contribución nacional.<br /> Los recursos destinados a este componente suman 718.200E.<br /> V.1.5.2 Otros gastos de funcionamiento<br /> Esta partida cubre los gastos temporales de funcionamiento, tales como<br /> los gastos de transporte, comunicaciones, conectividad, logística de<br /> las oficinas, seguros, mantenimiento, otros gastos generales,<br /> auditorias locales, etc. y han sido previstos para el efecto 392.800E<br /> a cargo de la contribución del beneficiario.<br /> V.1.6 Fondos de financiación, crédito y garantía<br /> No aplicable <br /> V.1.7 Otros<br /> Bajo este epígrafe se licitará con objeto de contratar una<br /> consultoría especializada en reingeniería de procesos que se llevará a<br /> cabo en cada uno de los 10 Ministerios y tendrá un costo aproximado de<br /> 340.000E.<br /> V.1.8 Imprevistos<br /> El Beneficiario no podrá utilizar esta partida de los fondos de la<br /> contribución europea ni prever la utilización sin autorización previa<br /> de la Comisión.<br /> V.2 Modos de realización<br /> Los procedimientos de licitación y de contratación de los medios<br /> previstos se realizarán según las modalidades previstas en el apartado<br /> III.2.3 y III.2.4 y, excepto para los contratos de monitoreo,<br /> auditoria y evaluación, se realizarán antes de la fecha límite fijada<br /> en el Artículo 5 de las Condiciones Particulares.<br /> Las disposiciones sobre los modos de realización descritos a<br /> continuación completan dichas modalidades.<br /> V.2.1. Fondos gestionados por la CE<br /> Se aplica a la Asistencia técnica internacional, el monitoreo, la<br /> auditoria y la evaluación externas.<br /> Estos contratos serán gestionados directamente por la CE. Los<br /> consultores serán seleccionados por la Comisión Europea y el resultado<br /> será sometido al acuerdo del Beneficiario. La Comisión firmará los<br /> contratos en nombre y por cuenta del Beneficiario y efectuará<br /> directamente los pagos correspondientes.<br /> Las prestaciones de AT internacional y de evaluación intermedia<br /> deberán figurar en los POA's a título informativo incluyendo sus<br /> correspondientes términos de referencia. Los informes del proyecto<br /> presentarán el resumen de los resultados de dichas misiones.<br /> V.2.2. Fondos gestionados por el Beneficiario<br /> Se aplica a todos los fondos no gestionados por la Comisión.<br /> Las previsiones de utilización de los rubros gestionados por el<br /> Beneficiario deberán ser presentadas en los Planes Operativos Anuales.<br /> Solamente una vez aprobados dichos planes operativos, el Beneficiario<br /> podrá proceder a realizar estas actividades, cuyos avances, físico y<br /> financiero, serán recogidos en los informes del proyecto.<br /> V.2.2.1. Contratos con terceros<br /> Los contratos serán celebrados según las modalidades de contratación<br /> previstas en el apartado III.2.3.<br /> V.2.2.2. Gestión en administración directa<br /> Se gestionarán por administración directa los gastos de<br /> funcionamiento, ciertos gastos de los rubros formación y visibilidad<br /> que no necesiten contratos con terceros y las obras de pequeño tamaño,<br /> que, en función de las exigencias técnicas, puedan ser realizadas<br /> directamente por las unidades beneficiarias.<br /> La gestión de fondos en administración directa, se realizará de<br /> acuerdo con las disposiciones del apartado III.2.4 de estas DTA's y<br /> del Artículo 9.2.1 de las Condiciones Particulares.<br /> VI. OTRAS DISPOSICIONES<br /> VI.1. Otros compromisos del Beneficiario<br /> El Beneficiario se compromete a tomar todas las medidas necesarias<br /> para la buena realización de las actividades del proyecto, en<br /> particular:<br /> . Dar el apoyo necesario a los expertos de la asistencia técnica<br /> internacional, reconociéndoles un estatuto similar al de expertos<br /> internacionales de Naciones Unidas y otorgándoles los convenientes<br /> permisos de estancia, de residencia y laborales en el país, así<br /> como las exenciones fiscales correspondientes.<br /> . Informar a la Comisión sin demora, sobre cualquier condición que<br /> interfiera o que pueda interferir en la buena ejecución del<br /> proyecto.<br /> VI.2. Otras condiciones específicas<br /> El Beneficiario se compromete a cumplir las siguientes condiciones:<br /> Condiciones previas al inicio del proyecto:<br /> A) Promulgación de un Decreto Presidencial que: a) instruya a los<br /> ministros clarificar y a transparentar los trámites y procedimientos<br /> administrativos que se llevan a cabo en su entidad; b) faculte a la<br /> UTMAP a monitorear, supervisar y controlar su cumplimiento, bajo la<br /> tutela del Consejo Presidencial de Modernización de la Administración<br /> Pública.<br /> B) Aprobación por el Congreso Nacional de la donación.<br /> C) Aprobación de la dotación presupuestaria correspondiente a los<br /> fondos de contrapartida.<br /> Condición de "medio término":<br /> D) El Beneficiario se compromete tener totalmente ejecutadas las<br /> actividades A.1.1, A.1.2, A.1.3 y la A.1.4, consistentes en<br /> identificar según una ficha básica los trámites competencia del Poder<br /> Ejecutivo, de los diez Ministerios, describirlos de forma comprensible<br /> para la ciudadanía, obtener la validación o visto bueno de tales<br /> descripciones por parte de los respectivos ministros para publicar<br /> efectivamente dicha información en internet y/u otros medios. En caso<br /> de no cumplirse estos compromisos al efectuarse la evaluación en el<br /> mes 18 desde la llegada efectiva de la Asesoría Técnica Internacional<br /> de larga duración, la Comisión podrá suspender los desembolsos<br /> pendientes.<br /> VI.2. Otras disposiciones<br /> VI.2.1. Protección del medio ambiente<br /> No aplicable.<br /> VI.2.2. Aspectos de género y de respeto de derechos humanos.<br /> En los diferentes ámbitos de ejecución del proyecto, así como en la<br /> composición del equipo de personal local, el Beneficiario se<br /> compromete a tratar hombres y mujeres de manera igualitaria y sin<br /> ningún tipo de discriminación, y a fomentar el respeto de los derechos<br /> humanos. Si bien no existen medidas de discriminación positiva en<br /> relación a la población indígena del país, que representa el 1,7% de<br /> la población total y asciende a unas 87.000 personas (II Censo<br /> Nacional Indígena 2002), sus miembros podrán beneficiarse de las<br /> actividades desarrolladas en el marco del proyecto, en la medida en<br /> que se tendrán en cuenta de forma particular los trámites más<br /> solicitados por dicho colectivo.<br /> Durante la implementación del proyecto se efectuará un seguimiento<br /> específico sobre la participación de la mujer y de los indígenas en el<br /> programa. Asimismo, se prestará una atención particular a los trámites<br /> más frecuentemente solicitados por estos dos grupos.<br /> VII. A N E X O S<br /> Anexo A Cuadros recapitulativos de las modalidades de licitación<br /> Anexo B Matriz del marco lógico<br /> Anexo C Ficha de identificación financiera<br /> ANEXO A: CUADROS RECAPITULATIVOS DE PROCEDIMIENTOS DE<br /> LICITACIONES DESCENTRALIZADAS<br /> | | | | |<br /> | |> 200.000 E |< 200.000 E > 5.000 E |<5.000 E |<br /> | | | |Oferta |<br /> |SERVICIOS |Licitación |1. Contrato marco |única. |<br /> | |Internacional |2. Procedimiento negociado en | |<br /> | |restringida |régimen | |<br /> | | |competitivo | |<br /> | | | |< 30.000 E | |<br /> | |> 150.000 E |< 150.000 E |> 5.000 E |<5.000 E |<br /> |SUMINISTROS | |> 30.000E | | |<br /> | |Licitación | |Procedimiento |Oferta |<br /> | |Internacional abierta |Licitación |negociado en |única |<br /> | | |local |régimen | |<br /> | | |abierta |competitivo | |<br /> | | | | | |<br /> | |> 5.000.000 E | | | |<br /> | | | |< 300.000 E | |<br /> | |Licitación |< 5.000.000 E |> 5.000 E |> 5.000 E |<br /> | |Internacional |> 300.000 E | | |<br /> |OBRAS |abierta | |Procedimiento |Oferta |<br /> | |Licitación |Licitación |negociado en |única |<br /> | |Internacional |local |régimen | |<br /> | |Restringida (en casos |abierta |competitivo | |<br /> | |excepcionales) | | | |<br /> | | | | | |<br /> | | | | | |<br /> | | | | | |<br /> En todos los casos valen las reglas y normas de la Guía<br /> Práctica de los Procedimientos<br /> Contractuales financiados con cargo al presupuesto general de<br /> la CE en el marco de las<br /> Acciones exteriores, en su última actualización.<br /> (www.europa.eu.int/comm/europeaid/procedures)<br /> -----------------------<br /> [1] Si la Comisión adoptase la decisión política de aplicar una<br /> descentralización total a la gestión de un programa, las modalidades serían<br /> detalladas en las presentes Condiciones Particulares.<br /> [2] Utilización del territorio paraguayo como puerto franco re-exportador<br /> hacia sus países vecinos de bienes importados<br /> . Coeficiente Gini 1990-2001<br /> [3] FAO, 1996<br /> [4] Censo Nacional de Población y Vivienda, 2002 (DGEEC, 2002)