Ley 3159

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 3159<br /> QUE DECLARA SITUACIÓN DE EMERGENCIA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL Y<br /> ESTABLECE UNA CAMPAÑA DE SESENTA DIAS PARA COMBATIR LA EPIDEMIA DEL<br /> DENGUE.<br /> EL CONGRESO DE LA NACI0N PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Declárase situación de emergencia en todo el territorio<br /> nacional por un período de sesenta días a partir de la promulgación de la<br /> presente Ley, para combatir la epidemia del Dengue.<br /> Artículo 2°.- Comuniquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> veintidos días del mes de febrero del año dos mil siete, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los veintiseis días del mes de febrero del año dos<br /> mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en<br /> el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Víctor Alcides Bogado González Armando Vicente<br /> Espínola<br /> Presidente<br /> Vicepresidente 1º<br /> H. Cámara de Diputados En<br /> ejercicio de la Presidencia<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Atilio Penayo Ortega Arsenio<br /> Ocampos Velázquez<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 27 de febrero de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Oscar Martínez Doldán Rogelio Benítez<br /> Miinistro de Salud Pública y Bienestar Social<br /> Ministro del Interior