Ley 3234

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3234<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE PRESIDENTE FRANCO A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A<br /> FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN<br /> INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 6083, UBICADO EN<br /> EL BARRIO SANTA ROSA DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA<br /> BÁSICA Nº 3595 "SANTA ROSA DE LIMA".<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase<br /> a la Municipalidad de Presidente Franco a transferir a título gratuito a<br /> favor del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble<br /> individualizado como Lote N° 6, parte de la Manzana "F" de la Finca Nº<br /> 6083, Distrito Presidente Franco, que fuera destinado para plaza y<br /> edificios públicos, en el loteamiento realizado por el señor Antonio<br /> Villalba Maidana, inscripto en la Dirección General de los Registros<br /> Públicos bajo el Nº 1 al folio 1 y siguientes, del 15 de junio de 1995,<br /> ubicado en el barrio Santa Rosa del citado municipio, asiento de la Escuela<br /> Básica Nº 3595 "Santa Rosa de Lima", cuyas dimensiones y linderos son los<br /> siguientes:<br /> LINEA 1-2: con rumbo S 85° 52' E (Sur, ochenta y cinco grados,<br /> cincuenta y dos minutos, Este), mide 20,10 m. (veinte metros con diez<br /> centímetros), linda con propiedad de la ANNP;<br /> LINEA 2-3: con rumbo S 84° 17' E (Sur, ochenta y cuatro grados,<br /> diecisiete minutos, Este), mide 62,90 m. (sesenta y dos metros con<br /> noventa centímetros), linda con propiedad de la ANNP;<br /> LINEA 3-4: con rumbo N 14° 50' 44" W (Norte, catorce grados,<br /> cincuenta minutos, cuarenta y cuatro segundos, Oeste), mide 64,54 m.<br /> (sesenta y cuatro metros con cincuenta y cuatro centímetros), linda<br /> con los lotes Ns° 1, 2, 3, 4 y 5;<br /> LINEA 4-5: con rumbo S 75° 00' W (Sur, setenta y cinco grados, cero<br /> minuto, Oeste), mide 78,00 m. (setenta y ocho metros), linda con Calle<br /> II; y,<br /> LINEA 5-1: con rumbo S 15° 00' 06" E (Sur, quince grados, cero<br /> minuto, seis segundos, Este), mide 35,70 m. (treinta y cinco metros<br /> con setenta centímetros), linda con la Calle III.<br /> SUPERFICIE: 3.884,3221 m2 (Tres mil ochocientos ochenta y cuatro<br /> metros cuadrados con tres mil doscientos veintiÚn centÍmetros<br /> cuadrados).<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> veinte días del mes de diciembre del año dos mil seis, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los treinta y un dias del mes de mayo del año dos<br /> mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en<br /> el Artículo 211 de la Constitución Nacional.<br /> Víctor Alcides Bogado González Enrique González<br /> Quintana<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara<br /> de Senadores<br /> Zacarías Vera Cárdenas Arsenio Ocampos<br /> Velázquez<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 5 de julio de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Guillermo Delmás Frescura<br /> Ministro del Interior