Ley 3305

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3305<br /> QUE CREA LA UNIVERSIDAD NORDESTE DEL PARAGUAY.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1º.- Créase la Universidad Nordeste del Paraguay, entidad<br /> privada que adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley<br /> Nº 136/93 "DE UNIVERSIDADES" y la Ley Nº 1264/98 "GENERAL DE EDUCACION".<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> diecisiete días del mes de mayo del año dos mil siete, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos<br /> mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en<br /> el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón Saguier<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara<br /> de Senadores<br /> Lino Miguel Agüero Cándido Vera Bejarano<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 29 de agosto de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> María Ester Jiménez<br /> Ministra de Educación y Cultura