Ley 3411

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 3.411<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DE<br /> SU ACTUAL OCUPANTE, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA<br /> Nº 25914, UBICADO EN EL BARRIO SAN ISIDRO - LAURELTY DEL CITADO<br /> MUNICIPIO.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a<br /> la Municipalidad de San Lorenzo a transferir a título oneroso a favor de su<br /> actual ocupante, un inmueble individualizado como parte de la Finca Nº<br /> 25914 - Distrito San Lorenzo, inscripto en la Dirección General de los<br /> Registros Públicos, bajo el Nº 1, folio 1 y siguientes del año 1988,<br /> ubicado en el barrio San Isidro - Laurelty del citado municipio, cuyas<br /> dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> LADO 1-2: con rumbo S 59º 39' 10" W (Sur, cincuenta y nueve grados,<br /> treinta y nueve minutos, diez segundos, Oeste), mide 12,00 m. (Doce<br /> metros), linda con la calle Robustiano Vera;<br /> LADO 2-3: con rumbo S 38º 52' 37" E (Sur, treinta y ocho grados,<br /> cincuenta y dos minutos, treinta y siete segundos, Este), mide 30,00<br /> m. (Treinta metros), linda con derechos municipales;<br /> LADO 3-4: con rumbo N 51º 37' 51" E (Norte, cincuenta y un grados,<br /> treinta y siete minutos, cincuenta y un segundos, Este), mide 12,00 m.<br /> (Doce metros), linda con derechos de Manuel Santacruz; y,<br /> LADO 4-1: con rumbo N 38º 52' 37" W (Norte, treinta y ocho grados,<br /> cincuenta y dos minutos, treinta y siete segundos, Oeste), mide 30,00<br /> m. (treinta metros), linda con derechos municipales.<br /> SUPERFICIE: 360 m2 (TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS).<br /> Artículo 2º.- La suma obtenida por la venta del inmueble<br /> individualizado en el Artículo 1º de la presente Ley, será destinada<br /> exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o<br /> plaza.<br /> Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> seis días del mes de setiembre del año dos mil siete, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil<br /> siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Jorge Oviedo<br /> Matto<br /> Presidente<br /> Vicepresidente 2º en<br /> H. Cámara de Diputados Ejercicio de<br /> la Presidencia de la<br /> H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Lino Miguel Agüero Alfredo<br /> Ratti Jaeggli<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 18 de diciembre de 2007.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Libio Wilfrido Florentin Bogado<br /> Ministro del Interior