Ley 3471

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 3.471<br /> QUE CREA EL MUNICIPIO DE CARMELO PERALTA EN EL XVII DEPARTAMENTO ALTO<br /> PARAGUAY Y UNA MUNICIPALIDAD CON ASIENTO EN EL PUEBLO DE CARMELO PERALTA.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Créase el Municipio de Carmelo Peralta en el XVII<br /> Departamento Alto Paraguay y a éste efecto desaféctase su territorio del<br /> Distrito de Puerto Casado, con los siguientes límites:<br /> PUNTO Nº 1 : Coordenadas Geográficas: Latitud Sur :<br /> 21º 30' 04,21"<br /> Longitud<br /> Oeste : 58º 46' 36,99"<br /> El Punto Nº 1 se encuentra ubicado en la parte noroeste del proyecto,<br /> que es la intersección del Riacho Coeyú y el camino que conduce a la<br /> Estancia Cuerito.<br /> AL NORTE:<br /> LINEA 1 - 2: con rumbo N 62º 35' 05" E (Norte, sesenta y dos<br /> grados, treinta y cinco minutos, cinco segundos, Este), mide 35.540,19<br /> m. (treinta y cinco mil quinientos cuarenta metros con diecinueve<br /> centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección del camino que conduce a la<br /> Estancia Cuerito y al Riacho Coeyú, siguiendo por este último, hasta<br /> llegar a la intersección del camino que conduce a Fuerte Olimpo.<br /> LINEA 2 - 3: con rumbo S 83º 29' 40" E (Sur, ochenta y tres grados,<br /> veintinueve minutos, cuarenta segundos, Este), mide 40.069,36 m.<br /> (cuarenta mil sesenta y nueve metros con treinta y seis centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección del camino que conduce a Fuerte<br /> Olimpo y al Riacho Coeyú, siguiendo por este último, hasta llegar a la<br /> intersección del camino que conduce a Puerto Guaraní.<br /> LINEA 3 - 4: con rumbo N 52º 00' 31" E (Norte, cincuenta y dos<br /> grados, cero minuto, treinta y un segundos, Este), mide 21.528,61 m.<br /> (veintiún mil quinientos veintiocho metros con sesenta y un<br /> centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección del Riacho Coeyú y el camino que<br /> conduce a Puerto Guaraní, siguiendo por este último, hasta llegar al<br /> Río Paraguay.<br /> AL ESTE:<br /> LINEA 4 - 5: con rumbo S 02º 21' 15" W (Sur, dos grados, veintiún<br /> minutos, quince segundos, Oeste), mide 50.850,67 m. (cincuenta mil<br /> ochocientos cincuenta metros con sesenta y siete centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección del camino que conduce a Puerto<br /> Guaraní y al Río Paraguay, siguiendo por este último, hasta llegar a<br /> la intersección del camino que conduce al Puerto María Auxiliadora.<br /> LINEA 5 - 6: con rumbo S 10º 56' 54" W (Sur, diez grados, cincuenta<br /> y seis minutos, cincuenta y cuatro segundos, Oeste), mide 33.720,06 m.<br /> (treinta y tres mil setecientos veinte metros con seis centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección del camino que conduce al Puerto<br /> María Auxiliadora y al Río Paraguay, siguiendo por este último, hasta<br /> llegar a la intersección del camino que conduce al Puerto Esperanza.<br /> AL SUR:<br /> LINEA 6 - 7: con rumbo N 77º 19' 55" W (Norte, setenta y siete<br /> grados diecinueve minutos, cincuenta y cinco segundos, Oeste), mide<br /> 27.591,98 m. (veintisiete mil quinientos noventa y un metros con<br /> noventa y ocho centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección del Río Paraguay y el camino que<br /> conduce al Puerto Esperanza, siguiendo por este último, hasta llegar a<br /> la intersección del Riacho Coeyú.<br /> LINEA 7 - 8: con rumbo N 48º 47' 30" W (Norte, cuarenta y ocho<br /> grados, cuarenta y siete minutos, treinta segundos, Oeste), mide<br /> 13.898,04 m. (trece mil ochocientos noventa y ocho metros con cuatro<br /> centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección del Riacho Coeyú y el camino que<br /> conduce al Puerto Esperanza, siguiendo por este último, hasta llegar a<br /> la intersección del camino que conduce a la Estancia Punta Riel.<br /> LINEA 8 - 9: con rumbo N 00º 23' 01" W (Norte, cero grado,<br /> veintitrés minutos, un segundo, Oeste), mide 11.099,51 m. (once mil<br /> noventa y nueve metros con cincuenta y un centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen a<br /> Puerto Esperanza y a la Estancia Punta Riel, siguiendo por este<br /> último, hasta llegar a la intersección del camino que conduce a la<br /> Estancia Paragro.<br /> LINEA 9 - 10: con rumbo S 89º 58' 13" W (Sur, ochenta y nueve<br /> grados, cincuenta y ocho minutos, trece segundos, Oeste), mide<br /> 19.257,01 m. (diecinueve mil doscientos cincuenta y siete metros con<br /> un centímetro).<br /> Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen a las<br /> Estancias Punta Riel y Paragro, siguiendo por este último, hasta<br /> llegar a la intersección de otro camino que conduce a la Estancia<br /> Paragro.<br /> LINEA 10 - 11: con rumbo S 32º 15' 50" W (Sur, treinta y dos<br /> grados, quince minutos, cincuenta segundos, Oeste), mide 19.489,38 m.<br /> (diecinueve mil cuatrocientos ochenta y nueve metros con treinta y<br /> ocho centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen a las<br /> Estancias Punta Riel y Paragro, siguiendo por este último, hasta<br /> llegar a la intersección del camino que conduce a la Estancia Paragro<br /> y al Retiro Salado - I.<br /> LINEA 11 - 12: con rumbo S 88º 41' 20" W (Sur, ochenta y ocho<br /> grados, cuarenta y un minutos, veinte segundos, Oeste), mide 753,07 m.<br /> (setecientos cincuenta y tres metros con siete centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen a la<br /> Estancia Paragro y al Retiro Salado - I, siguiendo por este último,<br /> hasta llegar a la intersección del camino que conduce a la Estancia<br /> Cuerito.<br /> AL OESTE:<br /> LINEA 12 - 1: con rumbo N 13º 43' 01" W (Norte, trece grados,<br /> cuarenta y tres minutos, un segundo, Oeste), mide 50.478,98 m.<br /> (cincuenta mil cuatrocientos setenta y ocho metros con noventa y ocho<br /> centímetros).<br /> Tiene origen en la intersección de los caminos que conducen al<br /> Retiro Salado - I y a la Estancia Cuerito, siguiendo por este último,<br /> hasta llegar a la intersección del Riacho Coeyú.<br /> COORDENADAS DEL PROYECTO DE CREACION DEL DISTRITO DE CARMELO PERALTA<br /> 1. X = 315.926,28 Y = 7.621.338,53<br /> 2. X = 347.475,08 Y = 7.637.702,47<br /> 3. X = 387.286,43 Y = 7.633.162,63<br /> 4. X = 404.253,22 Y = 7.646.414,39<br /> 5. X = 402.164,46 Y = 7.595.606,64<br /> 6. X = 395.760,19 Y = 7.562.500,33<br /> 7. X = 368.839,89 Y = 7.568.551,35<br /> 8. X = 358.384,15 Y = 7.577.707,38<br /> 9. X = 358.309,86 Y = 7.588.806,64<br /> 10. X = 339.052,85 Y = 7.588.796,66<br /> 11. X = 328.649,01 Y = 7.572.316,49<br /> 12. X = 327.896,14 Y = 7.572.299,26<br /> Artículo 2º.- El área delimitada del Municipio creado por el artículo<br /> anterior de la presente Ley, abarca la SUPERFICIE DE 4.798 Km2 5.397 ha<br /> (CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO KILÓMETROS CUADRADOS CON CINCO MIL<br /> TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE HECTÁREAS).<br /> Superficie Poligonal : 4.794 km2 4.084 ha<br /> Superficie Extra Poligonal : + 4 km2 4.146 ha<br /> Superficie Intra Poligonal : - 2.833 ha<br /> SUPERFICIE TOTAL : 4.798 Km2 5.397 ha<br /> Artículo 3º.- Créase una Municipalidad en el Municipio establecido<br /> por el Artículo 1º de la presente Ley, con asiento en el pueblo de Carmelo<br /> Peralta.<br /> Artículo 4º.- Una vez promulgada la presente Ley, la Justicia<br /> Electoral deberá convocar a Elecciones Municipales de acuerdo a la forma y<br /> plazos establecidos en las leyes correspondientes. Hasta tanto se elijan<br /> las nuevas autoridades, la administración del nuevo Municipio quedará a<br /> cargo de la Municipalidad de Puerto Casado.<br /> Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a los diez días del mes de abril del año dos<br /> mil ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en<br /> el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández Miguel Abdón<br /> Saguier<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Carlos Martínez Ruiz Díaz Cándido Vera<br /> Bejarano<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 2 de mayo de 2008.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Libio Wilfrido Florentín Bogado<br /> Ministro del Interior