Ley 3620

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3.620<br /> QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO<br /> FISCAL 2008, APROBADO POR LEY Nº 3409 DEL 4 DE ENERO DE 2008 -<br /> TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Apruébase la modificación del crédito presupuestario<br /> de la Administración Central - Tribunal Superior de Justicia Electoral,<br /> correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, por un monto total de G.<br /> 18.000.000.000 (Guaraníes dieciocho mil millones), conforme al Anexo que se<br /> adjunta y forma parte de esta Ley.<br /> Artículo 2º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de<br /> códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y<br /> detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario<br /> vigente, a las técnicas de programación de Ingresos, Gastos y<br /> Financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o<br /> ejecución presupuestaria.<br /> Artículo 3º.- Autorízase la presente modificación presupuestaria de<br /> conformidad a lo establecido en el Artículo 17, última parte, de la Ley Nº<br /> 3409/2008 "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL<br /> EJERCICIO FISCAL 2008".<br /> Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a los dos días del mes de octubre del año<br /> dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto<br /> en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González<br /> Quintana<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores<br /> Francisco José Rivas Almada Lino Cesar Oviedo<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 13 de octubre de 2008<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Fernando Lugo Méndez<br /> Dionisio Borda<br /> Ministro de Hacienda<br /> ANEXO<br /> [pic]