Ley 3643

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 3.643<br /> QUE AMPLÍA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO<br /> FISCAL 2008, APROBADO POR LEY Nº 3409, DE FECHA 4 DE ENERO DE 2008 -<br /> MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, MINISTERIO DE INDUSTRIA Y<br /> COMERCIO, DIRECCIÓN NACIONAL DE ADUANAS.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Apruébase la Donación otorgada por la República<br /> Federativa del Brasil a la República del Paraguay, por la suma de R$<br /> 20.000.000 (Reales veinte millones), destinada al financiamiento de<br /> diversos proyectos a cargo de los Ministerios de Agricultura y Ganadería e<br /> Industria y Comercio y la Dirección Nacional de Aduanas, aceptada por<br /> Decreto N° 11313 del 27 de noviembre de 2007.<br /> Artículo 2º.- Amplíase la estimación de los ingresos de la<br /> Administración Central (Tesorería General), correspondiente al Ejercicio<br /> Fiscal 2008, por un monto total de G. 25.158.000.000 (Guaraníes veinticinco<br /> mil ciento cincuenta y ocho millones), conforme al Anexo que se adjunta y<br /> forma parte de esta Ley.<br /> Artículo 3º.- Amplíase la estimación de los ingresos y gastos de la<br /> Administración Central (Ministerio de Agricultura y Ganadería),<br /> correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, por un monto total de G.<br /> 2.835.000.000 (Guaraníes dos mil ochocientos treinta y cinco millones),<br /> conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.<br /> Artículo 4º.- Amplíase la estimación de los ingresos y gastos de la<br /> Administración Central (Ministerio de Industria y Comercio),<br /> correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, por un monto total de G.<br /> 635.500.000 (Guaraníes seiscientos treinta y cinco millones quinientos<br /> mil), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.<br /> Artículo 5º.- Amplíase la estimación de los ingresos y gastos de la<br /> Administración Central y la Entidad Descentralizada (Ministerio de Hacienda<br /> y Dirección Nacional de Aduanas), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008,<br /> por un monto total de G. 21.687.500.000 (Guaraníes veintiún mil seiscientos<br /> ochenta y siete millones quinientos mil), conforme al Anexo que se adjunta<br /> y forma parte de esta Ley.<br /> Artículo 6º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de<br /> códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y<br /> detalles de esta Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a<br /> las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo<br /> efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución<br /> presupuestaria.<br /> Artículo 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a los veintiocho días del mes de octubre del<br /> año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo<br /> dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Mario Soto Estigarribia Enrique González<br /> Quintana<br /> Vicepresidente 1º en<br /> Presidente<br /> Ejercicio de la Presidencia H. Cámara<br /> de Senadores<br /> H. Cámara de Diputados<br /> Francisco José Rivas Almada<br /> Lino César Oviedo<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 4 de noviembre de 2008.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Vicepresidente de la República<br /> En Ejercicio de la Presidencia<br /> Federico Franco Gómez<br /> Miguel Gómez<br /> Ministro Sustituto de Hacienda<br /> [pic]<br /> [pic]<br /> [pic]<br /> [pic]<br /> [pic]<br /> [pic]<br /> [pic]