Ley 372

Descarga el documento

[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N( 372<br /> QUE APRUEBA EL ACUERDO POR CANJE DE NOTAS REVERSALES PARA ESTABLECER UN<br /> GRUPO DE COOPERACION CONSULAR PARAGUAYO-BOLIVIANO, SUSCRITO ENTRE LA<br /> REPUBLICA DEL PARAGUAY Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA, EN ASUNCION, EL 30 DE<br /> NOVIEMBRE DE 1993<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1º.- Apruébase el Acuerdo por Canje de Notas Reversales para<br /> establecer un Grupo de Cooperación Consular Paraguayo-Boliviano, suscrito<br /> entre la República del Paraguay y la República de Bolivia, en Asunción, el<br /> 30 de noviembre de 1993, cuyo texto es como sigue:<br /> Asunción, 30 de noviembre de 1993<br /> N.R. Nº 12<br /> Señor Ministro:<br /> Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en referencia a la<br /> Declaración suscrita en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra el 24 de<br /> setiembre de 1993, entre los Señores Presidentes de la República del<br /> Paraguay, Ing. Juan Carlos Wasmosy y de la República de Bolivia, Lic.<br /> Gonzalo Sánchez de Lozada, en la cual ambos Mandatarios convinieron<br /> establecer un Grupo de Cooperación Consular Paraguayo-Boliviano, a través<br /> de la suscripción de un Acuerdo específico, a la brevedad, para el<br /> tratamiento de los diversos aspectos vinculados con sus zonas fronterizas.<br /> Al respecto, me permito proponer a Vuestra Excelencia, en nombre de<br /> la República del Paraguay, la creación de un "Grupo de Cooperación Consular<br /> Paraguayo-Boliviano", que estará integrado por las autoridades a ser<br /> indicadas oportunamente por los Gobiernos y que deberá ser instalado en un<br /> plazo no mayor de 90 (noventa) días, contados a partir de la entrada en<br /> vigencia del presente Acuerdo. El Grupo se reunirá una vez al año,<br /> alternadamente, en cada país, o cuando sea convocado por una de las Partes.<br /> El Grupo tendrá como finalidad, entre otras cosas, la coordinación de<br /> acciones conjuntas destinadas a la promoción de la integración fronteriza y<br /> el desarrollo regional zonal, así como el estudio de normas destinadas a la<br /> regulación del tráfico de personas, vehículos y mercaderías en la zona<br /> fronteriza y para la intensificación del intercambio turístico, cultural,<br /> deportivo y de las comunicaciones. El análisis de mecanismos<br /> institucionales eficientes destinados a cooperar en la lucha contra el<br /> tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, así como el<br /> tráfico ilícito de autovehículos. Fortalecer la asistencia y atención a la<br /> salud, la educación sanitaria y la agricultura en la región.<br /> Si lo antes expuesto fuera aceptable para el Gobierno de la República<br /> de Bolivia, esta nota y la de Vuestra Excelencia, de esta fecha y del mismo<br /> tenor, constituirán un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos, que entrará en<br /> vigencia una vez que las Partes se hayan comunicado el cumplimiento de los<br /> requisitos legales vigentes a cada una de ellas.<br /> Hago propicia la oportunidad para renovar a Vuestra Excelencia las<br /> seguridades de mi más alta y distinguida consideración.<br /> Fdo.: Diógenes Martínez, Ministro de Relaciones Exteriores de la<br /> República del Paraguay.<br /> A Su Excelencia, Dr. Antonio Aranibar Quiroga, Ministro de Relaciones<br /> Exteriores y Culto de la República de Bolivia.<br /> Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el once de mayo del año un<br /> mil novecientos noventa y cuatro y por la Honorable Cámara de Diputados,<br /> sancionándose la Ley, el nueve de junio del año un mil novecientos noventa<br /> y cuatro.<br /> Francisco José de Vargas Evelio Fernández<br /> Arévalos<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> José Luis Cuevas<br /> Fermín Ramírez<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 24 de junio de 1994<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el<br /> Registro Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Luis María Ramírez Boettner<br /> Ministro de Relaciones Exteriores