Ley 3757

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3.757<br /> QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LOS FUTBOLISTAS CAMPEONES DE LIMA DE 1953.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de a G. 1.500.000<br /> (Guaraníes un millón quinientos mil) mensuales, a cada uno de los<br /> "Futbolistas Campeones de Lima de 1953", señores Melanio Augusto Olmedo,<br /> con Cédula de Identidad Civil Nº 141.880, Ángel Antonio Berni Gómez, con<br /> Cédula de Identidad Nº 95.925, Higinio Atilio López Riveros, con Cédula de<br /> Identidad Civil Nº 114.305, Robustiano Maciel Martínez, con Cédula de<br /> Identidad Civil Nº 154.01 y Carlos Adolfo Riquelme Miranda, con Cédula de<br /> Identidad Civil Nº 61.464.<br /> Artículo 2º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la<br /> pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del<br /> Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la<br /> Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de<br /> Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.<br /> Artículo 3º.- Los beneficiarios de esta pensión graciable no podrán<br /> acogerse a otros beneficios jubilatorios.<br /> Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a<br /> dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil ocho, quedando<br /> sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a cuatro días del<br /> mes de junio del año dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el<br /> Artículo 211 de la Constitución Nacional.<br /> Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González Quintana<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Clemente Ramón Barrios Lino Cesar<br /> Oviedo<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 19 de junio de 2009<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Fernando Lugo Méndez<br /> Dionisio Borda<br /> Ministro de Hacienda