Ley 3774

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3.774<br /> QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO NACIONAL A LOS CAÑONEROS PARAGUAY Y<br /> HUMAITÁ<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Declárase como Patrimonio Histórico Nacional a los<br /> Cañoneros Paraguay y Humaitá.<br /> Artículo 2°.- La Armada Nacional, conjuntamente con el Ministerio<br /> de Educación y Cultura coordinará sus planes, programas y proyectos y<br /> preverán los rubros presupuestarios necesarios para proteger y restaurar<br /> los Cañoneros Paraguay y Humaitá.<br /> Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> veintiséis días del mes de marzo del año dos mil nueve, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil<br /> nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad a lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Enrique González Quintana<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Clemente Barrios<br /> Lino Cesar Oviedo<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, 1 de julio de 2009<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Fernando Lugo Méndez<br /> Luís Bareiro Spaini<br /> Ministro de Defensa Nacional