Ley 3931

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3.931<br /> QUE DISPONE CELEBRAR "DÍA INTERNACIONAL DE LA DEMOCRACÍA" EL 15 DE<br /> SETIEMBRE DE CADA AÑO.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Celébrase el 15 de setiembre de cada año como el "Día<br /> Internacional de la Democracia".<br /> Artículo 2°.- En la fecha establecida, o en la sesión plenaria más<br /> próxima, cada una de las Cámaras del Congreso conmemorará el acontecimiento<br /> mencionado.<br /> Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> once días del mes de agosto del año dos mil nueve, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los diecinueve días del mes de noviembre del año dos<br /> mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en<br /> el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Enrique Salyn Buzarquis Cáceres Martín Antonio<br /> Chiola Villagra<br /> Presidente<br /> Vicepresidente 1º en<br /> H. Cámara de Diputados Ejercicio de la<br /> Presidencia<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Oscar Luis Tuma Bogado Julio César<br /> Velázquez Tillería<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 3 de diciembre de 2009.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Fernando Lugo Méndez<br /> Héctor Ricardo Lacognata Zaragoza<br /> Ministro de Relaciones Exteriores