Ley 3981

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3.981<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNCIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE<br /> MINGA GUAZÚ A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO,<br /> MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA<br /> Nº 5.085, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA Nº 6.073 "SANTA MÓNICA", UBICADO EN<br /> EL BARRIO SANTA MÓNICA DEL CITADO MUNICIPIO.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a<br /> la Municipalidad de Minga Guazú a transferir a título gratuito a favor del<br /> Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble<br /> individualizado como Lote 1-A de la Manzana 3 de la Finca Nº 5085 del<br /> Distrito de Minga Guazú, inscripto en la Dirección General de los Registros<br /> Públicos, bajo el Nº 1 al folio 1 y siguientes del 17 de setiembre de 2008,<br /> ubicado en el Km. 14 Acaray, barrio Santa Mónica del citado municipio,<br /> asiento de la Escuela Básica Nº 6073 y Colegio Nacional "Santa Mónica",<br /> cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> Línea 1-2: con rumbo N 13º 00' E (Norte, trece grados, Este), mide 68<br /> m. (sesenta y ocho metros), linda con la Calle 14 Acaray;<br /> Línea 2-3: con rumbo S 76º 11' 28" (Sur, setenta y seis grados, once<br /> minutos, veintiocho segundos, Este), mide 85,01 m. (ochenta y cinco metros<br /> con un centímetro), linda con la fracción destinada a plaza y edificios<br /> públicos;<br /> Línea 3-4: con rumbo S 13º 00' W (Sur, trece grados, Oeste), mide<br /> 66,80 m. (sesenta y seis metros con ochenta centímetros), linda con la<br /> calle Los Lapachos; y,<br /> Línea 4-1: con rumbo N 77º 00' W (Norte, setenta y siete grados,<br /> Oeste), mide 85 m. (ochenta y cinco metros), y linda con la calle<br /> Mburucuyá.<br /> SUPERFICIE: 5.729 m2 (CINCO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE METROS<br /> CUADRADOS).<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los<br /> treinta días del mes de setiembre del año dos mil nueve, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos<br /> mil diez, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en<br /> el Artículo 211 de la Constitución Nacional.<br /> César Ariel Oviedo Verdún Miguel Carrizosa<br /> Galiano<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Eduardo Vera Bejarano Orlando Fiorotto<br /> Sánchez<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentaria<br /> Asunción, 13 de abril de 2010.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Fernando Lugo Méndez<br /> Rafael Filizzola<br /> Ministro del Interior