Ley 3992

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 3.992<br /> QUE MODIFICA EL ARTICULO 24 DE LA LEY Nº 2847/2006 "DEL DEPORTE"<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 24 de la Ley Nº 2874/2006 "DEL<br /> DEPORTE", quedando redactado como sigue:<br /> "Art. 24.- Exonérase del pago de impuestos y autorízase el descuento<br /> en tasas municipales, a las entidades deportivas inscriptas en el Registro<br /> de Entidades Deportivas de la Secretaría Nacional de Deportes."<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los<br /> cinco días del mes de noviembre del año dos mil nueve, quedando sancionado<br /> el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veinte días del mes de<br /> abril del año dos mil diez, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo<br /> 207 numeral 2) de la Constitución Nacional.<br /> César Ariel Oviedo Verdún Miguel Carrizosa<br /> Galiano<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Juan Antonio Artemio Cristaldo Julio Cesar<br /> Velazquez Tillería<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 29 de abril de 2010.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Fernando Armindo Lugo Méndez<br /> Luís Alberto Riart<br /> Ministro de Educación y Cultura