Ley 53

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LEY N° 53/1989<br /> QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA HASTA 1.423 HECTÁREAS<br /> DE INMUEBLES UBICADOS EN EL LUGAR DENOMINADO "PIRAPO-I" DEL<br /> DISTRITO DE SAN PEDRO DEL PARANA<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Art. 1º.- Declárase de interés social y exprópiase hasta 1.435 (un mil<br /> cuatrocientos treinta y cinco) hectáreas de inmuebles ubicados en el<br /> lugar denominado "Pirapo-i" del Distrito de San Pedro del Paraná e<br /> individualizado como Fincas N°s 1957 (un mil novecientos cincuenta y<br /> siete); 2.013 (dos mil trece); 2.014 (dos mil catorce); 2.037 (dos mil<br /> treinta y siete), de la Finca N° 622 (seiscientos veintidós) y la<br /> Finca N° 2.974 (dos mil novecientos setenta y cuatro) Fincas que se<br /> desprendieron a su vez de la Finca N° 99 (noventa y nueve),<br /> pertenecientes a los señores Heinz Joachim Leske, Mauela de Leske,<br /> Gunnar Kustason y Jean Robert Bel.<br /> Art. 2º.- Procédase a indemnizar a los propietarios de las fracciones<br /> expropiadas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 96º de la<br /> Constitución Nacional.<br /> Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la Cámara de Senadores el nueve de noviembre del año un<br /> mil novecientos ochenta y nueve y por la Cámara de Diputados,<br /> sancionándose la Ley, el catorce de diciembre del año un mil<br /> novecientos ochenta y nueve.<br /> |El Presidente de la Cámara de |El Presidente de la Cámara de |<br /> |Senadores |Diputados |<br /> |Alberto Nogués |Miguel Angel Aquino |<br /> | | |<br /> |Gustavo Díaz de Vivar |Ricardo Lugo Rodríguez |<br /> |Secretario Parlamentario |Secretario Parlamentario |<br /> Asunción, 16 de enero de 1990.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Andrés Rodríguez<br /> Hernando Bertoni<br /> Ministro de Agricultura y Ganadería