Ley 821

Descarga el documento

[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY Nº 821<br /> QUE CREA LA UNIVERSIDAD TECNICA DE COMERCIALIZACION Y DESARROLLO<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY:<br /> Artículo 1°.- Créase la Universidad Técnica de Comercialización<br /> y Desarrollo, entidad privada que adecuará su funcionamiento a las<br /> normas establecidas en la Ley N° 136/93 "DE UNIVERSIDADES".<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veintiún de noviembre<br /> del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara<br /> de Diputados, sancionándose la Ley, el catorce de diciembre del año un<br /> mil novecientos noventa y cinco.<br /> Juan Carlos Ramírez Montalbetti Rodrigos Campos Cervera<br /> Presidente Vice-Presidente 1°<br /> H. Cámara de Diputados En Ejercicio de la Presidencia<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Juan Carlos Rojas Coronel Tadeo Zarratea<br /> Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 12 de enero de 1996<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el<br /> Registro Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy Monti<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Ministro de Educación y Culto