Ley Del 7 De Julio De 1880.autorízase Al P.e. Para Trasladar La Aduana De Humaitá Á La Villa De Pilar.

Descarga el documento

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Paraguaya, reunidos en<br /> Congreso, sancionan con fuerza de<br /> LEY:<br /> Art. 1°.- Autorízase al P.E. para trasladar la Aduana de Humaitá á la<br /> Villa de Pilar.<br /> Art. 2°.- Comuníquese al P.E.<br /> Dado en la sala de sesiones del Congreso Legislativo, á los 5 días del<br /> mes de julio de mil ochocientos ochenta.<br /> Adolfo Saguier<br /> Juan Gonzalez,<br /> Presidente del Senado<br /> Presidente de la C. de D.D.<br /> Pascual Gomez<br /> Clímaco Valdovinos<br /> Secretario<br /> Secretario<br /> Asunción, Julio 6 de 1880<br /> Téngase por Ley, publíquese y dése al Registro Oficial<br /> Juan A. Jara<br /> Cándido Bareiro