Por El Cual Se Crea El Batallón Conjunto De Fuerzas Especiales, Dependiente Del Comando De Las Fuerzas Militares

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Asunción, 24 de agosto de 2009<br /> VISTO: La Nota remitida por el Comandante en Jefe de las Fuerzas<br /> Armadas de la Nación al Ministerio de Defensa Nacional<br /> (Expediente Nº 2066/2009); y<br /> CONSIDERANDO: Que en la misma se solicita la creación del Batallón<br /> Conjunto de Fuerzas Especiales, dependiente del<br /> Comando de las Fuerzas Militares.<br /> Que la Constitución Nacional, en su Artículo 238,<br /> Numeral 9), establece que el Presidente de la<br /> República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas<br /> Armadas de la Nación, cargo que no se delega. De<br /> acuerdo con la ley, dicta los reglamentos militares,<br /> dispone de las Fuerzas Armadas, organiza y<br /> distribuye.<br /> Que la Ley de Organización General de las Fuerzas<br /> Armadas de la Nación, establece que la organización y<br /> funcionamiento de los organismos serán reglamentados<br /> por el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de<br /> la Nación.<br /> Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, Derechos<br /> Humanos y Derecho Internacional Humanitario del<br /> Ministerio de Defensa Nacional, se expidió<br /> favorablemente conforme con los términos del Dictamen<br /> Nº 1116/2009.<br /> .<br /> POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.<br /> EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY<br /> DECRETA:<br /> Art. 1°.- Créase el Batallón Conjunto de Fuerzas Especiales, dependiente<br /> del Comando de las Fuerzas Militares.<br /> Art. 2°.- Inclúyase al Batallón Conjunto de Fuerzas Especiales en la<br /> estructura organizativa del Comando de las Fuerzas Militares.<br /> Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Defensa<br /> Nacional.<br /> Art. 4°.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.<br /> FDO: FERNANDO LUGO<br /> Luis Bareiro Spaini