Que Aumenta Pensión Graciable A La Señora Gabriela Maldonado

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[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1.258<br /> QUE AUMENTA PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA GABRIELA MALDONADO<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1º.- Auméntase la pensión graciable concedida a la Señora<br /> Gabriela Maldonado, enfermera durante la contienda del año 1947, a G.<br /> 300.000 (Trescientos mil guaraníes) mensuales.<br /> Artículo 2º.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a<br /> otro beneficio jubilatorio.<br /> Artículo 3º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la<br /> pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del<br /> Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la<br /> Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de<br /> Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.<br /> Artículo 4º.- Derógase el Artículo 33 de la Ley No. 109 de fecha 24<br /> de diciembre de 1990.<br /> Artículo 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el<br /> veinticinco de noviembre del año un mil novecientos noventa y siete y por<br /> la Honorable Cámara de Diputados, el treinta de abril del año un mil<br /> novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad<br /> con lo dispuesto en el Artículo 206 de la Constitución Nacional.<br /> |Atilio Martínez Casado | |Rodrigo Campos Cervera |<br /> |Presidente | |Presidente |<br /> |H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |<br /> | | | |<br /> | | | |<br /> | | | |<br /> |Patricio Miguel Franco | |Elba Recalde |<br /> |Secretario Parlamentario | |Secretaria Parlamentaria |<br /> Asunción, 22 de mayo de 1998<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Miguel Ángel Maidana Zayas<br /> Ministro de Hacienda