Que Aumenta Pension Graciable A La Señora Teresa Maldonado Vda. De Lovera.

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2550<br /> QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA TERESA MALDONADO VDA. DE<br /> LOVERA<br /> Artículo 1°.- Auméntase a G. 1.000.000 (Guaraníes un millón)<br /> mensuales, la pensión graciable concedida a favor de la señora Teresa<br /> Maldonado Vda. de Lovera, esposa del desaparecido artista y cultor de<br /> nuestra música paraguaya, Don Aníbal Lovera.<br /> Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la<br /> pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del<br /> Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la<br /> Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de<br /> Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.<br /> Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá<br /> acogerse a otros beneficios jubilatorios.<br /> Artículo 4°.- Derógase el Artículo 2º de la Ley Nº 578 del 24 de mayo<br /> de 1995.<br /> Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a<br /> dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil cuatro, quedando<br /> sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a diecisiete días<br /> del mes de diciembre del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto<br /> en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Rubén Salomón Fernández<br /> Miguel Carrizosa Galiano<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Luciano Cabrera Palacios<br /> Adriana Franco de Fernández<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, de de 200<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Dionisio Borda<br /> Ministro de Hacienda