Que Autoriza A La Municipalidad De Asuncion A Transferir A Titulo Gratuito A Favor De Sus Actuales Ocupantes, Una Fraccion De Terreno Individualizada Como Finca No. 4.234, Ubicada En El Lugar Denomina

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841<br /> QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO<br /> A FAVOR DE SUS ACTUALES OCUPANTES, UNA FRACCION DE TERRENO INDIVIDUALIZADA<br /> COMO FINCA No. 4.234, UBICADA EN EL LUGAR DENOMINADO "ISLA VALLE", DISTRITO<br /> DE AREGUA<br /> Artículo 1o.- Autorízase a la Municipalidad de Asunción a<br /> transferir a título gratuito a favor de sus actuales ocupantes, una<br /> fracción de terreno individualizada como Finca No. 4.234, ubicada en el<br /> lugar denominado "Isla Valle", Distrito de Areguá, cuyas dimensiones y<br /> linderos son los siguientes:<br /> Al Norte: Con rumbo N-571 12' W (Norte, cincuenta y siete<br /> grados, doce minutos, Oeste), mide 101,04 ms. (ciento un metros con<br /> cuatro centímetros), linda con calle existente;<br /> Al Sur: Con rumbo S-561 47' 41" E (Sur, cincuenta y seis<br /> grados, cuarenta y siete minutos, cuarenta y un segundos, Este),<br /> mide 94,24 ms. (noventa y cuatro metros con veinticuatro<br /> centímetros), linda con derechos que se reserva el vendedor;<br /> Al Este: Con rumbo N-301 36' 09" E (Norte, treinta grados,<br /> treinta y seis minutos, nueve segundos, Este), mide 513,34 ms.<br /> (quinientos trece metros con treinta y cuatro centímetros), linda<br /> con derechos de Rosa María Alem de Villamayor; y,<br /> Al Oeste: Con rumbo S-291 48' W (Sur, veintinueve grados,<br /> cuarenta y ocho minutos, Oeste), mide 513 ms. (quinientos trece<br /> metros), linda con derechos privados.<br /> Superficie: 5 hás., 135 ms2., 857 cm2. (cinco hectáreas, ciento<br /> treinta y cinco metros cuadrados con ochocientos cincuenta y siete<br /> centímetros cuadrados).<br /> Artículo 2o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a once días del mes de<br /> diciembre del año un mil novecientos noventa y cinco, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a once días del mes de abril del<br /> año un mil novecientos noventa y seis.<br /> Juan Carlos Ramírez Montalbetti Milciades Rafael<br /> Casabianca<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados<br /> H. Cámara de Senadores<br /> Hermes Chamorro Garcete<br /> Juan Manuel Peralta<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, de<br /> de 1996.<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el<br /> Registro Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Juan Carlos Wasmosy<br /> Diógenes Martínez<br /> Ministro del Interior