Que Autoriza La Transferencia De Créditos Y La Modificación Del Anexo De Personal Dentro Del Presupuesto 2002 De La Corte Suprema De Justicia, Aprobado Por Ley Nº 1857 De Fecha 8 De Enero De 2002.

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2.003<br /> QUE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS Y LA MODIFICACIÓN DEL ANEXO<br /> DE PERSONAL DENTRO DEL PRESUPUESTO 2002 DE LA CORTE SUPREMA DE<br /> JUSTICIA, APROBADO POR LEY Nº 1857 DE FECHA 8 DE ENERO DE 2002.<br /> Artículo1°.- Autorízase la modificación del Presupuesto General de la<br /> Nación a los efectos de la transferencia de créditos y la reprogramación de<br /> las remuneraciones del anexo del personal de la Corte Suprema de Justicia,<br /> por la suma de Gs. 715.000.000 (Guaraníes setecientos quince millones),<br /> conforme al detalle que se adjunta y forma parte de la presente ley.<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> veintiseis días del mes de setiembre del año dos mil dos, y por la<br /> Honorable Cámara de Senadores, a diecisiete días del mes de octubre del año<br /> dos mil dos, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto<br /> en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Oscar Alberto González Daher Juan Carlos<br /> Galaverna D.<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Carlos Aníbal Páez Rejalaga Alicia Jové<br /> Dávalos<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, de de 2002<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> James Spalding<br /> Ministro de Hacienda