Que Concede Pensión Graciable A La Señora Adecia Gómez Vda. De González.

Descarga el documento

[pic]<br /> PODER LEGISLATIVO<br /> LEY N° 1.497<br /> QUE CONCEDE PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA ADECIA GÓMEZ VDA. DE<br /> GONZÁLEZ.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1°.- Concédese pensión graciable de G. 500.000 (Quinientos<br /> mil guaraníes) mensuales, a la señora Adecia Gómez de González, viuda del<br /> excombatiente de la Guerra del Chaco Gervacio González.<br /> Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva esta<br /> pensión serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección<br /> de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de<br /> Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al código<br /> presupuestario vigente.<br /> Artículo 3°.- La beneficiaria de esta ley no podrá acogerse a otros<br /> derechos jubilatorios.<br /> Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> veintidós días del mes de julio del año un mil novecientos noventa y nueve,<br /> y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiún días del mes de octubre<br /> del año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo,<br /> de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución<br /> Nacional.<br /> |Pedro Efraín Alegre Sasiain | |Juan Carlos Galaverna D. |<br /> |Presidente | |Presidente |<br /> |H. Cámara de Diputados | |H. Cámara de Senadores |<br /> | | | |<br /> | | | |<br /> | | | |<br /> |Eduardo Acuña | |Ilda Mayeregger |<br /> |Secretario Parlamentario | |Secretaria Parlamentaria |<br /> Asunción, 29 de octubre de 1999<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Federico A. Zayas Chirife<br /> Ministro de Hacienda