Que Declara De Interes Social Y Expropia Dos Inmuebles Ubicados En El Distrito De Alto Vera (Ex-Heriberta Stroessner De Iglesias), Inscriptos A Nombre De Las Señoras Maria Cristina Verrascina De Toled

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LEY Nº 97<br /> QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA DOS INMUEBLES UBICADOS<br /> EN EL DISTRITO DE ALTO VERA (EX-HERIBERTA STROESSNER DE<br /> IGLESIAS), INSCRIPTOS A NOMBRE DE LAS SEÑORAS MARIA CRISTINA<br /> VERRASCINA DE TOLEDO Y GRACIELA ELENA VERRASCINA DE OTERO, A<br /> FAVOR DEL TEKOHA GUAZU JUKERI DE LA ETNIA MBYA GUARANI.<br /> EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE<br /> LEY<br /> Artículo 1º.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del<br /> Tekohá Guazú Jukeri, perteneciente a la Etnia Mbya Guaraní, los inmuebles<br /> ubicados en el Distrito de Alto Vera (ex-Heriberta Stroessner de Iglesias)<br /> con una superficie total de 4.333 has., 3.264 ms2. Los inmuebles se hallan<br /> individualizados como Finca Nº 5, Padrón Nº 5, inscripto a nombre de la<br /> Señora María Cristina Verrascina de Toledo; y Finca Nº 4, Padrón Nº 6,<br /> inscripto a nombre de la Señora Graciela Elena Verrascina de Otero en la<br /> Dirección General de Registros Públicos.<br /> Artículo 2º.- El Ministerio de Hacienda procederá a indemnizar por<br /> los inmuebles expropiados de conformidad con lo dispuesto en el Artículo<br /> 109 de la Constitución Nacional, y el Artículo 154, Inciso b) de la Ley Nº<br /> 854/63, Estatuto Agrario. El Ministerio de Hacienda y lo propietarios<br /> acordarán en un plazo de 90 (noventa) días el precio de las Fincas<br /> expropiadas. En caso de no haber acuerdo, las partes tienen 30 (treinta)<br /> días para recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial<br /> a los efectos de la determinación judicial del precio.<br /> Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado por la Honorable Cámara de Senadores el cinco de noviembre del año<br /> un mil novecientos noventa y dos y por la Honorable Cámara de Diputados,<br /> sancionándose la Ley, el once de diciembre del año un mil novecientos<br /> noventa y dos.<br /> José A. Moreno Ruffinelli Gustavo Díaz de Vivar<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores<br /> Nelson Argaña Abrahán Esteche<br /> Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario<br /> Asunción, 22 de diciembre de 1992.-<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el<br /> Registro Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Andrés Rodríguez<br /> Hugo Estigarribia Elizeche<br /> Ministro del Interior