Que Declara De Utilidad Publica Y Expropia A Favor De La Municipalidad De Itacurubi De La Cordillera Dos Inmuebles, Identificados Como Parte De Las Fincas Nºs. 88 Y 321, Ubicados En El Barrio San Jose

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1.625<br /> QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y EXPROPIA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD<br /> DE ITACURUBI DE LA CORDILLERA DOS INMUEBLES, IDENTIFICADOS COMO PARTE<br /> DE LAS FINCAS Nºs. 88 Y 321, UBICADOS EN EL BARRIO SAN JOSE DEL CITADO<br /> MUNICIPIO<br /> Artículo 1º.- Decláranse de utilidad pública y exprópianse a favor de<br /> la Municipalidad de Itacurubí de la Cordillera dos inmuebles, identificados<br /> como parte de las Fincas Nºs. 88 y 321 respectivamente, ubicados en el<br /> Barrio San José del citado municipio a ser destinados para plaza pública,<br /> cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> FINCA Nº 88 Distrito de Itacurubí de la Cordillera, bajo el Nº 6<br /> y al folio 9 y siguientes del año 1981:<br /> PRIMERA FRACCION, LOTE Nº 12<br /> AL NORTE: mide 20 m. (veinte metros), linda con calle pública;<br /> AL SUR: mide 15 m. (quince metros), linda con propiedad<br /> privada;<br /> AL ESTE: mide 217,47 m. (doscientos diecisiete metros con<br /> cuarenta y siete centímetros), linda con la fracción de Primo A.<br /> Segovia N.; y,<br /> AL OESTE: mide 220 m. (doscientos veinte metros), linda con<br /> calle pública.<br /> SUPERFICIE: 3.788 m². (TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO<br /> METROS CUADRADOS).<br /> SEGUNDA FRACCION, LOTE Nº 13<br /> AL OESTE: mide 217,47 m. (doscientos diecisiete metros con<br /> cuarenta y siete centímetros), linda con la fracción de Irma L.<br /> Segovia de Cabrera;<br /> AL ESTE: mide 216 m. (doscientos dieciséis metros), linda con<br /> derechos particulares;<br /> AL NORTE: mide 34,71 m. (treinta y cuatro metros con setenta y<br /> un centímetros), linda con calle pública; y,<br /> AL SUR: mide 27,30 m. (veinte y siete metros con treinta<br /> centímetros), linda con propiedad privada.<br /> SUPERFICIE: 7.249 m². (SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE<br /> METROS CUADRADOS).<br /> SUPERFICIE TOTAL: 11.037 m². (ONCE MIL TREINTA Y SIETE METROS<br /> CUADRADOS).<br /> FINCA Nº 321 Distrito de Itacurubí de la Cordillera.<br /> AL NORTE: mide 46 m. (cuarenta y seis metros), linda con calle<br /> pública;<br /> AL SUR: mide 58 m. (cincuenta y ocho metros), linda con derechos<br /> particulares;<br /> AL ESTE: mide 200 m. (doscientos metros), linda con la primera<br /> fracción "D" de la Finca Nº 88; y,<br /> AL OESTE: mide 200 m. (doscientos metros), linda con el resto de<br /> la Finca Nº 321.<br /> SUPERFICIE: 10.400 m². (DIEZ MIL CUATROCIENTOS METROS<br /> CUADRADOS).<br /> Artículo 2º.- Procédase a indemnizar a las personas que legítimamente<br /> acrediten la calidad de propietarios de los inmuebles expropiados, de<br /> conformidad a lo dispuesto por el Artículo 109 de la Constitución Nacional.<br /> La Municipalidad de Itacurubí de la Cordillera y los propietarios acordarán<br /> en un plazo de noventa días el precio de la fincas expropiadas. En caso de<br /> no haber acuerdo en el citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de<br /> Primera Instancia que corresponda, a los efectos de la determinación<br /> judicial del precio.<br /> Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a<br /> veinticinco días del mes de julio del año dos mil, y por la Honorable<br /> Cámara de Senadores, a nueve días del mes de noviembre del año dos mil,<br /> quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Cándido Carmelo Vera Bejarano Juan Roque<br /> Galeano Villalba<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H.<br /> Cámara de Senadores<br /> Rosalino Andino Scavone Darío Antonio<br /> Franco Flores<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, de de 2000<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Julio César Fanego Arellano<br /> Ministro del Interior<br /> rdl