Que Desafecta Del Dominio Publico Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Mariano Roque Alonso A Transferir A Titulo Gratuito A Favor Del Estado Paraguayo – Ministerio De Educacion Y Cultura, Un In

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2369<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE MARIANO ROQUE ALONSO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A<br /> FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN<br /> INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 15265, PARA ASIENTO<br /> DE UNA ESCUELA PUBLICA, UBICADO EN EL BARRIO MARIA AUXILIADORA DEL<br /> CITADO MUNICIPIO<br /> Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y<br /> autorízase a la Municipalidad de Mariano Roque Alonso, a transferir a<br /> título gratuito a favor del Estado Paraguayo - Ministerio de Educación y<br /> Cultura, un inmueble individualizado como lote N° 22, manzana 01, parte de<br /> la Finca N° 15265, del Distrito de Mariano Roque Alonso, incripto en la<br /> Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1 al folio 1 y<br /> siguientes del año 1999, para asiento de una Escuela Pública, ubicado en el<br /> Barrio María Auxiliadora del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos<br /> son los siguientes:<br /> AL NORTE: Mide 52,25 m. (cincuenta y dos metros con veinticinco<br /> centímetros), linda con una plaza pública;<br /> AL SUR: Mide 52,11 m. (cincuenta y dos metros con once<br /> centímetros), linda con calle pública;<br /> AL ESTE: Mide 20,83 m. (veinte metros con ochenta y tres<br /> centímetros), linda con el lote N° 21 de la misma manzana;<br /> y<br /> AL OESTE: Mide 23,75 m. (veintitrés metros con setenta y cinco<br /> centímetros), linda con calle pública.<br /> SUPERFICIE: 1.161,16 m2 (Un mil ciento sesenta y un metros<br /> cuadrados con dieciséis decímetros cuadrados).<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los<br /> dieciséis días del mes de octubre del año dos mil tres, quedando sancionado<br /> el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a un día del mes de abril<br /> del año dos mil cuatro, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204<br /> de la Constitución Nacional.<br /> Benjamín Maciel Pasotti Carlos<br /> Mateo Balmelli<br /> Presidente Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Armín D. Diez Pérez Duarte Ana María<br /> Mendoza de Acha<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretaria Parlamentaria<br /> Asunción, de de<br /> 2004<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Orlando Fiorotto Sánchez<br /> Ministro del Interior