Que Desafecta Del Dominio Público Municipal Y Autoriza A La Municipalidad De Ñemby A Transferir A Título Oneroso A Sus Actuales Ocupantes, Un Inmueble Individualizado Como Parte De La Finca N° 1003, U

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2.205<br /> QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA<br /> MUNICIPALIDAD DE ÑEMBY A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SUS<br /> ACTUALES OCUPANTES, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA<br /> Nº 1003, UBICADO EN EL BARRIO VISTA ALEGRE DEL CITADO MUNICIPIO.<br /> Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase<br /> a la Municipalidad de Ñemby a transferir a título oneroso a favor de sus<br /> actuales ocupantes, un inmueble individualizado como parte de la Finca Nº<br /> 1003, inscripto en el Registro de Ñemby bajo el Nº 1 y al folio 1 y<br /> siguientes de fecha 13 de diciembre de 1974, fraccionamiento Pereco,<br /> ubicado en el Barrio Vista Alegre - Asentamiento San Pedro y San Pablo del<br /> citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> MANZANA XL-C<br /> AL NORTE (Lado 4-5): con rumbo magnético N 85º 32' 19" E<br /> (Norte, ochenta y cinco grados, treinta y dos minutos, diecinueve<br /> segundos, Este), mide 44,01 m. (cuarenta y cuatro metros con un<br /> centímetro), linda con el predio ocupado por la Capilla Nuestra Señora<br /> de la Asunción;<br /> AL SUR (Lado 7-8): con rumbo magnético SW 86º 45' 26" NE<br /> (Sur Oeste, ochenta y seis grados, cuarenta y cinco minutos,<br /> veintiséis segundos, Noreste), mide 36,30 m. (treinta y seis metros<br /> con treinta centímetros), linda con calle interna S/N;<br /> AL ESTE (Lado 5-7): con rumbo magnético S 01º 11' 30" E (Sur,<br /> un grado, once minutos, treinta segundos, Este), mide 48,70 m.<br /> (cuarenta y ocho metros con setenta centímetros), linda con la calle<br /> 2, actual Tte. Rojas Silva;<br /> AL OESTE (Lado 8-4): con rumbo magnético N 10º 20' 45" W (Norte,<br /> diez grados, veinte minutos, cuarenta y cinco segundos, Oeste), mide<br /> 48,10 m. (cuarenta y ocho metros con diez centímetros), linda con<br /> derechos de Obdulia Gómez de Salinas, actual calle Capellanes del<br /> Chaco.<br /> SUPERFICIE: 1936,2897 m2 (un mil novecientos treinta y<br /> seis metros cuadrados con dos mil ochocientos noventa y siete<br /> centímetros cuadrados).<br /> MANZANA XL-B<br /> AL NORTE (Lado 1-11): con rumbo magnético N 88º 48' 30" E<br /> (Norte, ochenta y ocho grados, cuarenta y ocho minutos, treinta<br /> segundos, Este), mide 71,42 m. (setenta y un metros con cuarenta y dos<br /> centímetros), linda con calle interna S/N y calle Itá Yvaté;<br /> AL SUR (Lado 9-10): con rumbo magnético NE 86º 23' 15" SW<br /> (Noreste, ochenta y seis grados, veintitrés minutos, quince segundos,<br /> Sur Oeste), mide 64,89 m. (sesenta y cuatro metros con ochenta y nueve<br /> centímetros), linda con calle S/N;<br /> AL ESTE (Lado 9-1): con rumbo magnético S 0º 04' 53" W (Sur,<br /> cero grados, cuatro minutos, cincuenta y tres segundos, Oeste), mide<br /> 33,50 m. (treinta y tres metros con cincuenta centímetros), linda con<br /> la Calle 2, actual Tte. Rojas Silva;<br /> AL OESTE (Lado 10-11): con rumbo magnético N 10º 20' 45" W<br /> (Norte, diez grados, veinte minutos, cuarenta y cinco segundos,<br /> Oeste), mide 36,70 m. (treinta y seis metros con setenta centímetros),<br /> linda con derechos de Obdulia Gómez de Salinas, actual Calle<br /> Capellanes del Chaco.<br /> SUPERFICIE: 2378,1223 m2 (dos mil trescientos setenta y ocho<br /> metros cuadrados con un mil doscientos veintitrés centímetros<br /> cuadrados).<br /> SUPERFICIE TOTAL: 4314,4120 m2 (cuatro mil trescientos catorce<br /> metros cuadrados con cuatro mil ciento veinte centímetros cuadrados).<br /> Artículo 2º.- La suma obtenida por la venta del inmueble<br /> individualizado en el Artículo 1º de la presente ley será destinada<br /> exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o<br /> plaza.<br /> Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a trece<br /> días del mes de mayo del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de<br /> Senadores, a diecinueve días del mes de agosto del año dos mil tres,<br /> quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el<br /> Artículo 204 de la Constitución Nacional.<br /> Benjamín Maciel Pasotti Carlos Mateo<br /> Balmelli<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores<br /> Raúl Adolfo Sánchez Adriana<br /> Franco de Fernández<br /> Secretario Parlamentario Secretaria<br /> Parlamentaria<br /> Asunción, de de 2003.-<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Nicanor Duarte Frutos<br /> Roberto González<br /> Ministro del Interior