Que Dispone Erigir Un Monumento Al Soldado Desconocido, En La Plaza De Los Héroes De La Ciudad De Asunción

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1919<br /> QUE DISPONE ERIGIR UN MONUMENTO AL SOLDADO DESCONOCIDO, EN LA PLAZA DE<br /> LOS HÉROES DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN<br /> Artículo 1°.- Eríjase un monumento al soldado desconocido en la Plaza<br /> de los Héroes que se halla ubicada en la calle Palma, entre Nuestra Señora<br /> de la Asunción, Chile y Estrella, de la ciudad de Asunción.<br /> Artículo 2°.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo, a través de los<br /> Ministerios de Hacienda, Obras Públicas y Comunicaciones y de Defensa<br /> Nacional la tarea de coordinación con la Municipalidad de Asunción para el<br /> cumplimiento de la presente Ley.<br /> Artículo 3°.- La obra se hará mediante concurso público de<br /> anteproyectos.<br /> Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el<br /> dieciocho de diciembre del año dos mil uno y por la Honorable Cámara<br /> de Diputados, el veintitrés de mayo del año dos mil dos, quedando<br /> sancionado el mismo de conformidad al Artículo 204 de la Constitución<br /> Nacional.<br /> Juan Darío Monges Espínola Juan Roque Galeano<br /> Villalba<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Juan José Vázquez Vázquez Darío Antonio Franco<br /> Flores<br /> Secretario Parlamentario Secretario<br /> Parlamentario<br /> Asunción, de de 2002<br /> Téngase por ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Ángel Gonzalez Macchi<br /> Alcides Jiménez Miguel Angel Candia<br /> Ministro de Obras Públicas Ministro de Defensa<br /> Nacional<br /> y Comunicaciones