Que Modifica El Artículo 2° De La Ley N° 806 Del 19 De Mayo De 1926 "que Autoriza Al Poder Ejecutivo A Costear La Erección De Un Monumento A La Memoria Del General Uruguayo Artigas".

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1.855<br /> QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2° DE LA LEY N° 806 DEL 19 DE MAYO DE 1926<br /> "QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A COSTEAR LA ERECCIÓN DE UN MONUMENTO<br /> A LA MEMORIA DEL GENERAL URUGUAYO ARTIGAS".<br /> Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 2° de la Ley N° 806 del 19 de<br /> mayo de 1926 "QUE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A COSTEAR LA ERECCIÓN DE UN<br /> MONUMENTO A LA MEMORIA DEL GENERAL URUGUAYO ARTIGAS", cuyo texto queda<br /> redactado como sigue:<br /> "Art. 2°.- Autorízase a la Municipalidad de Asunción a<br /> trasladar el Monumento del Héroe Nacional de la República Oriental del<br /> Uruguay, General don Gervasio Artigas, de su ubicación actual (Jardín<br /> Botánico), al centro de la Plaza Uruguaya, ubicada entre las calles<br /> México, Antequera, Eligio Ayala y 25 de mayo del citado municipio".<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a seis<br /> días del mes de diciembre del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de<br /> Senadores, a trece días del mes de diciembre del año dos mil uno, quedando<br /> sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de<br /> la Constitución Nacional.<br /> Juan Darío Monges Espínola Juan Roque Galeano<br /> Villalba<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Fabio Pedro Gutiérrez Acosta Darío Antonio Franco<br /> Flores<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, de de 2001<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Julio César Fanego Arellano<br /> Ministro del Interior<br /> rdl