Que Transfiere A Titulo Gratuito A Favor Del Ministerio De Educacion Y Cultura, Un Inmueble Identificado Como Parte De La Finca N° 722 Del Distrito De Sapucai, Del Ix Departamento Paraguari, Propiedad

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1.917<br /> QUE TRANSFIERE A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y<br /> CULTURA, UN INMUEBLE IDENTIFICADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 722 DEL<br /> DISTRITO DE SAPUCAI, DEL IX DEPARTAMENTO PARAGUARI, PROPIEDAD PRIVADA<br /> DEL ESTADO PARAGUAYO, MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES -<br /> FERROCARRIL "PRESIDENTE CARLOS ANTONIO LOPEZ", ASIENTO DE LA ESCUELA<br /> GRADUADA N° 151 "VILLA FERROVIARIA".<br /> Artículo 1°.- Transfiérase a título gratuito a favor del Ministerio<br /> de Educación y Cultura, un inmueble identificado como parte de la Finca N°<br /> 722, distrito de Sapucai, del IX Departamento Paraguarí, propiedad privada<br /> del Estado Paraguayo, Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones -<br /> Ferrocarril "Presidente Carlos Antonio López", asiento de la Escuela N° 151<br /> "Villa Ferroviaria", ubicado en la Colonia Adriano Irala del citado<br /> distrito, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:<br /> LINEA 1-2: Con rumbo magnético S- 52( 27' 54" -E (Sur,<br /> cincuenta y dos grados, veintisiete minutos, cincuenta y cuatro<br /> segundos, Este), mide 75 ms. (setenta y cinco metros), limita con<br /> calle (derecho del Ferrocarril);<br /> LINEA 2-3: Con rumbo magnético S- 37( 10' 35" -W (Sur, treinta<br /> y siete grados, diez minutos, treinta y cinco segundos, Oeste), mide<br /> 121,45 ms. (ciento veintiún metros con cuarenta y cinco centímetros),<br /> limita con derechos del Ferrocarril "Presidente Carlos Antonio López";<br /> LINEA 3-4: Con rumbo magnético N- 52( 33' 32" -W (Norte,<br /> cincuenta y dos grados, treinta y tres minutos, treinta y dos<br /> segundos, Oeste), mide 75 ms. (setenta y cinco metros), limita con<br /> derechos del Ferrocarril; y,<br /> LINEA 4-1: Con rumbo magnético N- 37( 10' 02" -E (Norte,<br /> treinta y siete grados, diez minutos, dos segundos, Este), mide 121,58<br /> ms. (ciento veintiún metros con cincuenta y ocho centímetros), limita<br /> con derechos del Ferrocarril y derechos de Nicolás Insaurralde.<br /> SUPERFICIE: 9.113,5.000 ms². (nueve mil ciento trece metros<br /> cuadrados con cinco mil centímetros cuadrados).<br /> Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.<br /> Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a trece<br /> días del mes de diciembre del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de<br /> Senadores, a veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dos, quedando<br /> sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de<br /> la Constitución Nacional.<br /> Juan Darío Monges Espínola Juan Roque Galeano<br /> Villalba<br /> Presidente<br /> Presidente<br /> H. Cámara de Diputados H. Cámara de<br /> Senadores<br /> Juan José Vázquez Vázquez Darío Antonio<br /> Franco Flores<br /> Secretario Parlamentario<br /> Secretario Parlamentario<br /> Asunción, de de 2002<br /> Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro<br /> Oficial.<br /> El Presidente de la República<br /> Luis Angel González Macchi<br /> Alcides Jiménez Quiñónez<br /> Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones<br /> rdl